Gramática española el sujeto y el predicado

Gramática española el sujeto y el predicado

 

 

 

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Gramática española el sujeto y el predicado

En este capítulo nos ocuparemos del tipo más básico de cláusulas: las cláusulas simples (a), aquellas con un solo predicado verbal y que no contie­nen subordinadas. Todos sus constituyentes son sintagmas. No considerare­mos, pues, ni las cláusulas complejas (b), uno de cuyos constituyentes es una cláusula subordinada, ni las cláusulas compuestas (c), que constan de dos o más cláusulas coordinadas.

(1)        a. [Mónica no comprendió mi observación].
b. [Mónica dijo [que no comprendió mi observación]].
c. [[Mónica no comprendió mi observación] pero [seguí adelante con mi relato]].

Como vimos en el capítulo anterior, al entender la cláusula como unidad de construcción, se requiere que los dos constituyentes inmediatos, el sujeto y el predicado, compartan las propiedades flexionales de número y persona.1 Ambos constituyentes están relacionados mediante la concordancia.

 

Predicados y argumentos

Semánticamente, toda cláusula contiene una expresión predicativa y uno o más argumentos. Los argumentos son, por lo general, expresiones referenciales [83] que permiten identificar entidades del mundo extralingüístico. El pre­dicado atribuye una propiedad a un argumento o describe la relación existen­te entre los argumentos.
El predicado determina cuántos y cuáles argumentos son necesarios. El grado de un predicado es el número de argumentos seleccionados:
- predicados cero-ádicos: algunos predicados no requieren ningún argu­mento: Llueve. Amanece. Está frío. Es invierno.2
- predicados monádicos: admiten un solo argumento: toser, trabajar, co­rrer, morir, llegar.
- predicados diádicos: se construyen con dos argumentos: borrar, diluci­dar, temer.
- predicados triádicos: requieren tres argumentos: dar, decir, prometer, ordenar.
No sólo los verbos son predicados: también lo son los adjetivos, los sus­tantivos y las preposiciones, que igualmente pueden ser clasificados por sus grados. Como estas clases de palabras carecen de los rasgos flexivos de con­cordancia con el sujeto y de tiempo y modo, requieren un elemento gramati­cal que los contenga: los verbos cópula ser o estar.3

(2)       a. Está frío.
b. Es invierno.
(3)       a. Enrique es inteligente.
b. María es enfermera.
c. Elena está abajo.
(4)       a. Marcela es propensa a la depresión.
b. Ernesto es estudiante de Letras.
c. El lápiz está sobre la mesa.
(5)       a. Norma es igual a su hijo en altura.
b. El escándalo fue una venta de armas a Ecuador.
c. La ventana está entre la biblioteca y la cama.

Como vemos, adjetivos y sustantivos pueden ser predicados que no selec­cionan ningún tipo de argumento como los de (2). Son predicados monádicos los adjetivos, sustantivos y preposiciones (cf. capítulo tercero) de (3), mien­tras que los de (4) son diádicos. Más escasos son los predicados triádicos co­mo los de (5).
Los predicados semánticos tienen, pues, una estructura argumental, for­mada por los argumentos que seleccionan. A su vez, en ésta cada argumento está caracterizado por un determinado papel temático. Comparemos las siguientes oraciones: [84]

(6)       a. Pablito rompió el vidrio con la piedra.
b. La piedra rompió el vidrio.
c. El vidrio se rompió.
d. Pablito teme mi reprimenda.

El papel temático es una unidad semántica que indica cuál es la participa­ción del argumento en el estado de cosas descripto. En (a) Pablito es el agen­te pero en (d), en cambio, es el experimentador de un cierto estado emotivo. En (a), por otra parte, aparecen también un paciente afectado por la acción, el vidrio, y un instrumental, la piedra. Adiferencia de (a), en las oraciones si­guientes el sujeto es el instrumental (b) o el paciente (c). Como vemos, no existe una correspondencia entre los papeles temáticos y las funciones sintác­ticas. En la función de sujeto, hemos reconocido un agente en (a), un instru­mental en (b), un paciente en (c) y un experimentador en (d). En cambio, la función de objeto directo está más restringida: hallamos un paciente afectado en (a) y (b) y un tema en (d). Nunca un agente puede ser objeto directo.
El predicado es como el guión de una obra: determina cuántos participan­tes se requieren y asigna a cada uno un determinado papel. De la estructura argumental depende qué elementos son obligatorios para formar una oración. Como se advierte, la relación entre el léxico y la gramática es muy íntima: en última instancia, la cláusula es una proyección del predicado semántico; por lo general, entonces, del verbo.

 

El sujeto

La gramática tradicional definía el sujeto en términos semánticos o prag­máticos. Las gramáticas escolares identificaban el sujeto con el agente: "es el que realiza la acción". Ya hemos visto cómo el agente es sólo uno de los pa­peles temáticos posibles, aunque el más característico, que puede aparecer en la posición de sujeto. Otra definición muy repetida en nuestra tradición gra­matical es la siguiente:

El sujeto es la persona o cosa de la cual decimos algo.
(Esbozo de una nueva gramática de la lengua española, p. 350)

Adviértase que en esta definición se confunde el plano extralingüístico con el gramatical: el sujeto de una oración no es una entidad (una persona o una cosa) sino un constituyente que desempeña una función sintáctica dentro [85] de la cláusula. Por otra parte, aquí se identifica al sujeto con el tema de la ora­ción, aquello de lo que se habla. Si bien frecuentemente sujeto y tema coinci­den –como en todos los ejemplos de (6)–,tal coincidencia no es forzosa, co­mo vemos en las siguientes oraciones:

(7)       a. A Juan lo vi anoche en el cine.
b. A Juan le encantan las papas fritas.

El primer constituyente de (7a) y (7b) es el tema (a Juan): En ambas se di­ce algo acerca de esa expresión. Sin embargo, en ninguna de ellas es el sujeto (como veremos más adelante, es objeto directo en (a) y objeto de interés en (b)).
Vistas estas dificultades, propondremos una definición gramatical del su­jeto. Para ello apelaremos exclusivamente a sus rasgos formales:
A. En cuanto a la categoría, el sujeto es un SN (N"): proyecciones nomi­nales completas, que abarcan no sólo los SSNN cuyo núcleo es un sustantivo común sino también los nombres propios (8b) y pronombres (8c). Quedan ex­cluidos, pues, los otros tipos de sintagmas (SA; SV. SP; SAdv). También una cláusula subordinada puede ser sujeto (8d):

(8)       a. El polémico gobernador de esa provincia es un embustero.
b. Ramón Suárez es un embustero.
c. El / Ése /Alguien / ¿Quién es un embustero?
d. Quien dijo eso es un embustero.

B. Desde el punto de vista configuracional, el sujeto es el nudo inme­diatamente dominado por O (= SFI) y hermano del predicado ([SN, FL]). Es, por lo tanto, la función adscrita al constituyente externo al SV ya que no for­ma parte de éste. Esto significa que todo el predicado –y no sólo el verbo– se predica del sujeto:

(9)       a. Juan es fanático de la música rock.
b. Juan adora la música rock.
c. Juan estornudó tres veces.
d. Juan entregó el informe al profesor.

En cada una de estas oraciones, el SN Juan –como expresión lingüística y no como entidad designada– es el sujeto del cual se predica una determinada propiedad (a) o un estado (b) o una acción (c y d).
C. La marca estructural que permite identificar más claramente al sujeto gramatical es la concordancia con el verbo en los rasgos flexionales de número [86] y persona. Cualquier variación en estas propiedades flexionales reper­cutirá necesariamente en el verbo:

(10)      a. A Juan se le ocurrió una idea.
b. A nosotros se nos ocurrió una idea.
c. A Juan se le ocurrieron varias ideas.

El primer constituyente es el tema de las oraciones en (10), pero no su su­jeto, como lo demuestra el hecho de que al variar sus propiedades flexionales el verbo no se altera. En cambio, si se cambia el número de una idea el ver­bo automáticamente covaría: es, por lo tanto, el sujeto gramatical.
La rica flexión del verbo español hace posible que el sujeto pueda no es­tar expreso. Así, en Saliste temprano identificamos al sujeto, a pesar de no es­tar expreso, a partir de las propiedades flexionales del verbo. La categoría nu­la o tácita, a la que se denomina pro, comparte la información flexional con­tenida en el verbo. Por eso, al admitir la omisión del sujeto expreso, el espa­ñol es una lengua de sujeto nulo, a diferencia del inglés o del francés, que re­quieren obligatoriamente un sujeto expreso:

(11)       a. pro salió temprano.
b. *pro went out early.

D. Por otra parte, en lenguas como el inglés o el francés el sujeto ocupa la posición inicial de la cláusula. En el español y en otras lenguas de sujeto nu­lo como el italiano o el portugués, la posición del sujeto no es fija: puede va­riar por razones sintácticas, semánticas, pragmáticas e incluso rítmicas:

(12)      a. Usted afirmó eso ayer.
b. Eso lo afirmó usted ayer.
c. Afirmó usted eso ayer.
d. Afirmó eso usted ayer.

En el caso de las cláusulas que contienen un único argumento, la posición del sujeto resulta más significativa:

(13)      a. Los perros ladran.
b. Los niños juegan.
c. Murió el perro.
d. Se produjo un atentado. [87]

Cuando el sujeto ocupa la posición inicial, se trata de una oración predi­cativa: (a) y (b) pueden ser respuestas adecuadas a preguntas como ¿Qué ha­cen los perros / los niños? En cambio, con el sujeto pospuesto tenemos una cláusula presentativa (que responde a una pregunta como ¿Qué ocurrió?). Presentan un evento o introducen el sujeto en el discurso.
E. Por último, los pronombres personales están marcados en caso, que es la categoría morfológica que diferencia, por ejemplo, a yo (nominativo), me (objeto), (término o caso oblicuo). El sujeto se realiza en caso no­minativo, que es una marca de la función que el SN desempeña en la oración. En el español sólo los pronombres personales están marcados en ca­so (en cambio, en el latín o en el alemán todos los SSNN están flexionados en caso):

(14)      a. Yo lo acabo de ver.
b. Él me acaba de ver.
c. * Me acabo de ver él.

La agramaticalidad de (c) radica en que, si bien la flexión verbal indica que el sujeto tendrá los rasgos de primera persona del singular, el pronombre que presenta estos rasgos no está marcado en el caso correspondiente –el no­minativo.
Hasta aquí hemos señalado los rasgos formales que caracterizan al su­jeto sintáctico –en oposición al predicado en su conjunto–. Pero el término sujeto es ambiguo. En un segundo sentido, el sujeto puede ser entendido como un argumento del predicado. En esta acepción se opone a los otros argumentos que desempeñan las funciones de objeto directo, objeto indirec­to, etcétera.
En algunos modelos gramaticales –como la gramática de dependencias– todos los argumentos se hallan al mismo nivel: así, un predicado diádico, por ejemplo, establece una relación entre los dos argumentos simétricos, el suje­to y el objeto. Al plantear que el sujeto es el argumento externo del que se pre­dica no sólo el verbo sino el predicado en su conjunto, establecemos una asi­metría entre el sujeto y los otros complementos que se hallan incluidos den­tro del SV. Esta asimetría puede fundamentarse con varios argumentos:
a. Sólo el sujeto concuerda con el verbo. Las propiedades flexionales del verbo transmiten una información relativa al sujeto y no a las otras dependen­cias del predicado.
b. El papel temático del sujeto se asigna composicionalmente: será un agente, por ejemplo, en echar al marido de la casa, pero no en echarse a per­der, echar raíces. [88]
c. Los modismos verbales están compuestos por el predicado y sus argu­mentos internos, pero no incluyen al sujeto: tomar el toro por las astas, no te­ner pelos en la lengua, hacer la vista gorda. Asimismo, buena parte de las pa­labras compuestas constan de un verbo y su objeto pero no incluyen el suje­to: guardacostas, rompehielos, guardabarreras.
Ahora bien, si hemos distinguido dos nociones de sujeto, debemos ver qué relación existe entre ambas: eso supone establecer si el sujeto sintáctico siem­pre corresponde a un argumento del predicado; en última instancia, nos pre­guntamos si puede haber sujetos sintácticos no argumentales.
Nuestra definición de cláusula, como unidad de construcción, en términos de sujeto y predicado, sólo se refiere a los constituyentes sintácticos, no así a sus correlatos semánticos. En caso contrario, quedaría refutada por la existen­cia misma de algunos tipos de oraciones impersonales, las que tienen predi­cados cero-ádicos, que, como ya hemos visto, carecen de todo tipo de argu­mentos. Comparemos la oración española, con las correspondientes del inglés y del francés:

(15)      a. ... llueve.
b. It rains.
c. Il pleut.

La flexión del verbo español –3ra persona del singular– se corresponde en (b) y (c) con un pronombre expletivo, una mera marca de función sin conte­nido semántico. Podemos suponer que también hay un elemento de este tipo en español: una categoría nula o tácita que comparte la información flexional del verbo (pro). Si adoptamos esta propuesta, no se hace necesario reformular nuestra definición de cláusula. Es aplicable así no sólo al inglés o al fran­cés sino también a las lenguas de sujeto nulo como el español ya que todas las lenguas comparten la exigencia de un sujeto –explícito o no. Si, en cambio, no se reconoce la existencia de esta categoría nula, habría que plantear que las cláusulas en español –pero no en otras lenguas– son de dos tipos: las de suje­to y predicado y las que sólo contienen un SV. Tanto el pronombre expletivo como la categoría nula que postulamos en (a), cuyas propiedades están deter­minadas por la flexión, responden, pues, a la caracterización del sujeto sintáctico pero no a la del sujeto semántico, dado que no se correlacionan con un ar­gumento.
Obviamente, tal solución se extiende no sólo a otros "verbos atmosféri­cos" (refresca, nieva, graniza) o a expresiones como hace frío, hace mucho tiempo, es de noche, está oscuro, sino también a la forma terciopersonal del verbo haber: Hay demasiada gente en este lugar. Hubo fiestas: [89]

(16)      a. pro Es invierno.
b. pro Hay gente talentosa en esta universidad.
c. pro Son las doce.

En (16c) vemos que el verbo no mantiene la flexión de número propia de estas oraciones impersonales sino que concuerda con el elemento predicativo. Lo mismo ocurre en oraciones como pro son mis padres, que es ambigua. El sujeto pro puede ser argumental (por ejemplo, si quiero identificarlos al pre­sentarlos) o no argumental (si, por ejemplo, menciono a quien acaba de lle­gar): la primera interpretación admite la reposición del sujeto, pero no, en cambio, la segunda.
Estas cláusulas impersonales deben diferenciarse de otras también deno­minadas impersonales (de tercera persona del plural) como:

(17)      a. pro Te buscan.
b. pro Acaban de llamarte.

También estas oraciones son ambiguas: el sujeto tácito puede correspon­der a una entidad definida –ellos– o bien a una entidad no determinada (mien­tras que en la primera interpretación el número plural se corresponde con un referente plural, en la segunda el plural es una mera marca de indefinición, ya que puede referirse a un único individuo). Como vemos, en esta segunda in­terpretación se trata de un sujeto argumental, sólo que indefinido. A este tipo de pro se lo denomina pro arbitrario.
Por último, consideremos el papel temático que le corresponde al sujeto sintáctico en cláusulas que contienen verbos monádicos. Recordemos la dife­rencia ya observada en (13):

(18)      a. El perro ladró toda la noche.
b. Ayer murió el perro.

Tanto en (a) como en (b) el SN el perro reúne todos los rasgos definitorios del sujeto sintáctico. Sin embargo, existen diferencias entre ambas cláusulas: (a) denota una acción realizada por un agente (el perro), mientras que (b), más que predicar una acción del sujeto, indica que sucedió algo. Es una cláusula presentativa, como lo son también las siguientes:

(19)      a. Cayó el telón.
b. Bajaron las tasas de interés.
c. Llegó una encomienda.
d. Se rompió el vaso. [90]

En ellas se presenta un evento (a y b), se introduce una entidad en el dis­curso (c) o se señala que una entidad ha sufrido un cambio (d). En ningún ca­so el sujeto sintáctico de estas oraciones corresponde a un agente, como el que aparece con otros verbos intransitivos como el de (18a) y los de las siguien­tes oraciones:

(20)     a. Juan trabaja.
b. Pedro sonríe.

Varios comportamientos gramaticales se corresponden con esta diferencia de papel temático del sujeto sintáctico que opone las cláusulas de (18b) y (19) alas de (18a) y (20):
a. Mientras que en las oraciones de (20) la posición normal (no marcada) del sujeto es preverbal, en las de (19) suele ir pospuesto, posición típica del objeto directo.
b. El sujeto típico es un SN, es decir una proyección máxima. Sin embar­go, a diferencia de los de (20), con los verbos de (19) son frecuentes los suje­tos sin determinante:

(21)      a. Cayó piedra. / Llegaron buenas noticias. / Murieron perros. / Falta café.
b. *Perro ladra. / *Obrero trabaja. / *Niños sonríen.

También ésta es una coincidencia con los objetos: Difundieron noticias. Bebí café, Veo perros.
c. Los verbos transitivos cuentan con participios pasivos, que pueden fun­cionar como modificadores del sustantivo: difundir las noticias / las noticias difundidas. Esto no ocurre con los verbos intransitivos de (20) pero, signifi­cativamente, sí con muchos de los de (19):

(22)      a. las noticias difundidas / el café bebido
b. el perro muerto / la piedra caída / las noticias recién llegadas
c. *el hombre trabajado / *el perro ladrado

Nuevamente este comportamiento es compartido por el objeto directo de los verbos transitivos y por los sujetos de los verbos de (19). Los de (20), una vez más, difieren.4
Todos estos datos5 nos permiten reconocer dos tipos de verbos intransiti­vos: los intransitivos propiamente dichos o inergativos, en los que el sujeto sintáctico coincide con el semántico (trabajar, sonreír, bostezar) y este segundo [91] grupo, los inacusativos o semideponentes6en que el sujeto sintáctico comparte algunas características con el O.D.
Con los verbos inacusativos surge, pues, un desacuerdo entre las dos no­ciones de sujeto: la sintáctica y la semántica. El sujeto sintáctico corresponde semánticamente al papel temático de paciente, típico del objeto directo. Estos verbos carecen de verdadero sujeto semántico, por lo que corresponde tam­bién aquí postular un sujeto expletivo:

(23)      a. pro Cayó el telón.
b. pro Bajaron las tasas de interés.
c. pro Llegó una encomienda.
d. pro Se rompió el vaso.

Como vemos, no hay una correspondencia total entre los criterios forma­les que definen al sujeto sintáctico y el criterio semántico, que concierne al ca­rácter argumental y al papel temático. Es necesario, pues, distinguir las dos nociones de sujeto. Nos atendremos a la caracterización sintáctica del sujeto, entendiendo que, si bien, normalmente, es también un argumento del predica­do, no necesariamente ocurre esto y, además, que puede corresponder a dis­tintos papeles temáticos.

 

El predicado

Si bien los predicados semánticos pueden pertenecer a distintas categorías, el núcleo del predicado sintáctico es el verbo. Y lo es por contener los rasgos flexivos: los de concordancia con el sujeto y los de tiempo y modo que carac­terizan a toda la cláusula. Como los predicados semánticos no verbales care­cen de tales propiedades flexionales, requieren la presencia de un verbo cópu­la (ser / estar). La cópula puede faltar sólo excepcionalmente –cuando el tiempo y el modo sean los no marcados (presente del indicativo):

(24)     a. Un prepotente, ese militar.
b. Lástima que no haya venido.

Las de (24) son cláusulas predicativas no copulativas: contienen un suje­to y un predicado nominal. La bipartición está marcada por el orden respecti­vo y/o por una pausa. En ambas el sujeto está pospuesto: un SN en (a) y una cláusula en (b). [92]

En los predicados verbales, el verbo cumple la función de predicador, fun­ción que, por otra parte, sólo puede ser desempeñada por el verbo. El verbo es el núcleo del predicado y, en última instancia, el núcleo último de la cláu­sula porque, además de contener los rasgos flexivos, determina el número y el tipo de los complementos de la cláusula, incluyendo al sujeto. En el próxi­mo capítulo estudiaremos la estructura del sintagma verbal.


1 Adviértase que, si se acepta que toda cláusula contiene un sujeto, el de la cláusu­la subordinada de (1b) será un elemento nulo o tácito que, en una de las interpre­taciones, denota la misma entidad que el sujeto de la cláusula principal: ambos su­jetos son correferenciales.

2 Todos son ejemplos de predicados cero-ádicos. Los dos primeros son verbos. El tercero es un adjetivo y el cuarto un sustantivo. Las cópulas que aparecen en los dos últimos son meros expedientes gramaticales que sirven de soporte a los rasgos flexionales.

3 En algunos casos, como vimos en el capítulo anterior -en el ejemplo (9a)- la có­pula puede faltar cuando el tiempo es el Presente y el modo es el Indicativo: Muy interesante tu observación. En estos casos el predicado se ubica por lo general de­lante del sujeto.

4 Asimismo, los participios transitivos y los de (19) -pero no los de (20)- pue­den formar cláusulas denominadas absolutas (que carecen de verbos flexionados):

  1. Difundidas las noticias, renació la calma.
  2. Muerto el perro, se acabó la rabia.

iii.           *Trabajado el hombre.

5 Pueden mencionarse también otros comportamientos como los siguientes: los ver­bos transitivos y estos verbos se asemejan también por el hecho de que ambos ad­miten, como O.D. y como sujeto respectivamente, un sintagma partitivo como de todo: Comió de todo, Nos pasó de todo. No encontramos construcciones similares con los verbos intransitivos como trabajar, sonreír. Por otra parte, en lenguas como el italiano y el francés, el perfecto compuesto de estos verbos selecciona el au­xiliar ser yno haber (é morto, il est mort). Si bien el español actual ya no presen­ta esta diferencia (que sí existía también en el español medieval), persisten en al­gunos casos restos de esta diferenciación (Soy nacido en Santa Fe).

6 Ésta es la denominación que daba Andrés Bello a los participios de estos verbos. Los verbos deponentes del latín tenían forma pasiva y significación activa. Distin­guimos dos tipos de verbos inacusativos: los intransitivos (caer, morir, nacer, lic­uar, faltar, sobrar) yaquellos que son neutros en cuanto a la transitividad, los ergativos. Estos pueden ser tanto transitivos como intransitivos (no pronominales bajar, aumentar, mejorar, empeorar y pronominales romperse, fundirse, congelar­se, enfriarse, ensuciarse).

Fuente del documento: MANUAL DE GRAMÁTICA DEL ESPAÑOL http://coleccion.narod.ru/manuales/Tuliomanualdegramatica.doc

Sitio para visitar: http://coleccion.narod.ru/ y http://www.ssdnet.com.ar/edicial

Autor del texto: ÁNGELA DI TULLIO

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