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RELACIÓN DE TEXTOS DE HISTORIA DE ESPAÑA COMENTADOS
0- Análisis y comentarios de textos históricos (Textos básicos)
1.- ALGUNOS ARTÍCULOS DE LA CONSTITUCIÓN DE 1812.
2.-MANIFIESTO DE LOS PERSAS. 1814.
3.- EL CONVENIO DE VERGARA. 31 DE AGOSTO DE 1839. CUARTEL GENERAL DE VERGARA.
4.- REAL DECRETO DECLARANDO LA VENTA DE BIENES DEL CLERO (19 DE FEBRERO DE 1836).
5.- LA DESAMORTIZACIÓN DE MADOZ. 1 DE MAYO DE 1855.
6.-PROCLAMA DE LOS SUBLEVADOS EN CÁDIZ: 19 DE SEPTIEMBRE DE 1868.
7.- ALGUNOS ARTÍCULOS DE LA CONSTITUCIÓN DE 1869.
8.- AMADEO I RENUNCIA A LA CORONA DE ESPAÑA
9.- ALGUNOS ARTÍCULOS DEL PROYECTO DE CONSTITUCIÓN DE 1873.
10.- MANIFIESTO DE SANDHURST. 1 DE DICIEMBRE DE 1874.
11.- ALGUNOS ARTÍCULOS DE LA CONSTITUCIÓN DE 1876.
12.- OLIGARQUÍA Y CACIQUISMO: “EL PUCHERAZO”. V. ALMIRALL: ESPAÑA TAL COMO ES, 1889.
13.- EL NACIONALISMO CATALÁN Y LAS BASES DE MANRESA. 1892.
14.- MANIFIESTO FUNDACIONAL DEL PSOE. 1879.
15. EL PROBLEMA NACIONAL, SEGÚN ORTEGA Y GASSET. 1921. XXX
16.-FRACASO DEL RÉGIMEN LIBERAL. ESCUELA Y DESPENSA. 1912.
17. CARTA DEL ENSAYISTA JOSÉ PIJOÁN A JUAN MARAGALL SOBRE LA SEMANA TRÁGICA. 31 DE JULIO DE 1909.
18.- MANIFIESTO DE PRIMO DE RIVERA. 1923.
19.- MANIFIESTO DE LA AGRUPACIÓN DE INTELECTUALES AL SERVICIO DE LA REPÚBLICA. 1931.
20.- MANIFIESTO DE ALFONSO XIII A LA NACIÓN. 1931.
21.- ALGUNOS ARTÍCULOS DE LA CONSTITUCIÓN DE 1931.
22.- AZAÑA Y EL PROBLEMA RELIGIOSO DURANTE LA II REPÚBLICA. 1931.
23.- LEY DE BASES DE LA REFORMA AGRARIA. 1932.
24.- PROGRAMA DEL FRENTE POPULAR. 1936.
25.- FRAGMENTO DEL DECRETO LEY DE UNIFICACIÓN. BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO. 1937.
26.- ALGUNOS ARTÍCULOS DEL FUERO DE LOS ESPAÑOLES. 1945.
27.- EL CONVENIO DEFENSIVO ENTRE ESTADOS UNIDOS Y ESPAÑA. 1953.
28.- CONCORDATO ENTRE ESPAÑA Y LA SANTA SEDE. 1953.
29.- ADOLFO SUÁREZ EXPLICA LA TRANSICIÓN. 1985.
30.- ALGUNOS ARTÍCULOS DE LA CONSTITUCIÓN DE 1978
0 .MODELO PARA REALIZAR UN COMENTARIO DE TEXTO HISTÓRICO
Un texto histórico es cualquier documento escrito que nos permite obtener un conocimiento más completo, diversificado y significativo de la Historia. El comentario de textos históricos es la TÉCNICA que nos permite extraer información sobre un determinado período, acontecimiento o hecho concreto.
Se debe realizar siguiendo un esquema muy conciso.
1. LECTURA COMPRENSIVA DEL TEXTO.
Es fundamental, es la primera aproximación al texto. Se ha de hacer varias veces, primero rápida y luego más lenta. Con la lectura se han de hacer los siguientes puntos: 1º numerar las líneas, 2º comprender y subrayar las expresiones o palabras básicas.
2. CLASIFICACIÓN DEL TEXTO
2.1. Naturaleza temática (tipo de texto)
Aquí se trata de señalar qué tipo de texto estamos analizando. Los documentos escritos pueden clasificarse por su forma, contenido y origen.
- Por su forma pueden ser textos informativos y textos narrativos. Los primeros suelen ser más impersonales y de lenguaje más preciso, mientras los segundos utilizan un lenguaje más literario y son más subjetivos.
- Por su origen: Una primera distinción sería entre fuentes primarias (textos que fueron producidos de forma contemporánea al acontecimiento o periodo que se está estudiando) y fuentes secundarias (todo tipo de texto que ha sido escrito con posterioridad y que trata de analizar o describir lo que ocurrió en el pasado). En este segundo tipo de fuentes nos encontramos con los textos historiográficos: extraídos de un libro de texto, de un libro de historia...
- Por su contenido pueden ser de teoría política, de economía, de aspectos culturales, de tema social, etc:
- Políticos: discursos, tratados, declaraciones, acuerdos, manifiestos, informes, crónicas, panfletos, etc.
-Jurídicos: cuando tienen un carácter legal, emana de fuentes legales y establece normas de derecho, bien a nivel nacional o internacional. Son textos jurídicos, por tanto, Constituciones, Estatutos de Autonomía, leyes, tratados, disposiciones, normas, decretos, tratados internacionales..
- Económicos: se refieren, normalmente, a actividades productivas que pueden estar expresadas en normas, gráficos y estadísticas comentadas. Actas de comercio, compra-ventas, donaciones, contratos, relaciones económicas diversas…
- Sociales: aluden a la familia, individuos, grupos, vida cotidiana, clases, estructuras y conductas sociales, censos y contratos (en su caso), donaciones, informes…
- Culturales: textos que recogen y hacen referencia a las distintas formas del pensamiento, arte, etc.
- Histórico-literarios: Cuando posee un notorio carácter subjetivo, emanado más directamente de la tarea personal de un individuo, en la que se proyecta o refleja el proceso histórico. Son de este tipo las memorias, artículos de prensa, expresión de experiencias personales (relatos de viajes, crónicas, narraciones, diarios, descripciones…), ensayos, cartas, etc.
-Histórico-circunstanciales: hacen referencia a hechos, acontecimientos, situaciones aisladas o concretas (generalmente engloba a los demás y se usa cuando no está clara su adscripción a ningún otro).
2.2. Encuadre espacio-temporal (contexto histórico)
Aquí se trata de responder al cuándo y el dónde del texto. Se trata de poner el texto en su contexto histórico. Se trata de hacer un breve panorama de la época en que el texto está escrito. Para ello, hablaremos de las circunstancias en las que surge el documento, los caracteres de la época y los personajes que la protagonizan. Si el texto habla de una época anterior, se han de situar los dos momentos históricos: el narrado en el texto y el de la época en que se escribió el texto.
En algún caso, el lugar donde fue escrito el texto puede ser significativo. Si es así, debemos comentar brevemente las circunstancias históricas que singularizaron al lugar donde se produjo el texto. Un ejemplo típico es la Constitución de 1812 aprobada en Cádiz. En este caso es relevante por qué se aprobó el texto constitucional en la ciudad andaluza.
2.3. Autor
En primer lugar, hay que indicar si nos hallamos ante un autor individual o colectivo. Si el autor es individual, hay que redactar una breve reseña biográfica en la que se recoja la fecha del nacimiento y la muerte, o al menos el periodo histórico en el que vivió, el origen social, las principales actividades que realizó a lo largo de su vida, su ideología...
Si el autor es colectivo (Asamblea legislativa, partido político...), debemos comentar todo lo que sepamos sobre él que pueda ayudarnos a esclarecer la significación histórica del texto.
2.4. Finalidad
Hay que indicar con qué objetivos se redactó el texto en su momento histórico.
2.5. Destinatario
Hay que señalar a quién iba destinado el texto. El destinatario puede ser privado o público, un particular (ej. una carta), un colectivo (manifiesto, panfleto) o todo el pueblo (constitución, una ley).
3.- ANÁLISIS DEL TEXTO
Se trata de realizar una descripción del contenido del texto.
Hay que comprender el significado de todas las palabras del texto (nombres propios, personas, lugares, instituciones, términos técnicos...)
Se trata básicamente de hacer un resumen del texto, tratando de jerarquizar las ideas expuestas distinguiendo las principales de las secundarias y sus relaciones.
Esa descripción puede estructurarse en dos apartados:
BREVE RESUMEN del contenido, concretado en la exposición de la ideal fundamental y de las principales ideas secundarias que se recogen en el documento. No se trata, desde luego, de repetir el texto con otras palabras. Si se cita alguna parte del mismo, deberás entrecomillar dicha parte.
EXPLICACIÓN de referencias, personajes citados, acontecimientos específicos y términos del documento.
El análisis tampoco tiene por qué ser un apartado especialmente extenso. Es un ejercicio de comprensión y selección de la información básica.
Hay tres métodos para hacer el resumen:
Método literal: se trata de seguir el orden en el que está escrito el texto e ir explicando las palabras, términos, alusiones... y redactando las ideas principales. Es normalmente más sencillo.
Método lógico: se trata de agrupar los diversos pasajes e ideas en torno a temas que se aborden en el texto. Es algo más complejo pero es muy conveniente en textos relativamente confusos o mal estructurados.
Método mixto que participa de los dos anteriores, reagrupando las ideas principales y realizando un comentario lineal de cada una de ellas.
Al analizar el texto, se debe explicar los términos históricos que aparezcan en él (conceptos, acontecimientos, personajes, instituciones...)
En esta fase del comentario es importante tener en cuenta algunas indicaciones:
---No hay que repetir ni parafrasear el texto. Si en algún momento se quiere reproducir literalmente el texto, se debe hacer con muy pocas palabras y ponerlo entre comillas.
---No debemos introducir ningún conocimiento que sepamos y que no aparezca en el texto. Simplemente hay que resumir las principales ideas del texto.
---Hay que huir de dos extremos: hacer un resumen tan amplio que prácticamente se convierta en una repetición del texto o hacer una síntesis tan breve que haga imposible entender de qué trata el documento sobre el que se está trabajando.
4. Comentario del documento.
Esta es la parte más importante del comentario, donde demostrarás que has entendido el texto, y eres capaz de relacionarlo con un momento histórico, con las estructuras políticas, sociales, económicas y culturales. Pueden diferenciarse en él tres fases sucesivas:
CONTEXTO HISTÓRICO: Se trata de situar en el tiempo y en el espacio el contenido del documento, señalando los datos fundamentales para la comprensión del texto.
COMENTARIO DEL CONTENIDO: Ésta es la parte fundamental del comentario de texto. Se trata de un análisis minucioso de las afirmaciones que se contienen en el documento, poniéndolas en relación con lo que el comentarista sabe sobre esas aseveraciones o sobre los acontecimientos que se narran. Aquí es donde hay que confrontar el contenido del documento con el propio conocimiento. Lógicamente, éste debe ser el apartado más extenso del comentario.
CONCLUSIONES: Se trata de un apartado breve, en el cual se deben resumir las líneas básicas del documento, y hacer alusión a las consecuencias de los hechos narrados en él. Si éste hace referencia a tales consecuencias históricas, hay que valorar si el autor da una visión acertada, si relaciona adecuadamente hechos y resultados.
5. Valoración crítica:
Hay que concluir el comentario con un análisis crítico del texto. Aquí hay que procurar huir de un exceso de personalismo y procurar sustentar las opiniones que se viertan en criterios lo más objetivos posibles.
En general, con respecto a la crítica del texto se puede comentar:
Su interés histórico. Su significación y relevancia en el proceso histórico.
Su sinceridad y objetividad. Hasta qué punto el autor es sincero en el documento. Hasta qué punto es objetivo o está marcado por prejuicios e inclinaciones políticas.
Sus posibles errores o incongruencias.
1.- ALGUNOS ARTÍCULOS DE LA CONSTITUCIÓN DE 1812.
“Art. 1. La Nación española es la reunión de todos los españoles de ambos hemisferios.
Art. 2. La Nación española es libre e independiente, y no puede ser patrimonio de ninguna familia ni persona.
Art. 3. La soberanía reside esencialmente en la Nación...
Art. 4. La Nación está obligada a conservar y proteger por leyes sabias y justas la libertad civil, la propiedad y los demás derechos legítimos de todos los individuos...
Art. 6. El amor a la Patria es una de las principales obligaciones de todos los españoles, y asimismo el ser justos y benéficos.
Art. 12. La religión de la Nación española es y será perpetuamente la Católica, Apostólica, romana, única verdadera... y prohíbe el ejercicio de cualquier otra.
Art. 15. La potestad de hacer las leyes reside en la Cortes con el Rey.
Art. 16. La potestad de ejecutar las leyes reside en el Rey.
Art. 17. La potestad de aplicar las leyes... reside en los tribunales...
Art. 27. Las Cortes son la reunión de todos los diputados que representan la Nación, nombrados por los ciudadanos en la forma que se dirá.
Art. 172. Las restricciones a la autoridad del Rey son las siguientes: Primera: No puede el Rey impedir bajo ningún pretexto la celebración de las Cortes...
Tercera: No puede el Rey engañar, ceder, renunciar o en cualquier manera traspasar a otra la autoridad real ni alguna de sus prerrogativas.”
COMENTARIO DE TEXTO DE LA CONSTITUCIÓN DE 1812
1.- CLASIFICACIÓN:
Se trata de una selección de artículos de la Constitución de 1812, promulgada por las Cortes de Cádiz el 19 de marzo de 1812.Estamos ante un texto de carácter jurídico. Es un documento colectivo y público destinado a la nación española.
Es una fuente histórica directa y primaria, de naturaleza jurídico-política y documento público.
2.- CONTEXTO HISTÓRICO:
El texto se inscribe dentro del marco de la guerra de la Independencia, que no sólo fue un levantamiento contra los franceses, sino también una revolución política que acabaría con el Antiguo Régimen.
Los problemas por los que atravesaba la monarquía de Carlos IV, así como la inestabilidad interna llevaron en 1808 a Napoleón a invadir España. La creciente hostilidad contra las tropas francesas desembocó en los hechos del 2 de mayo de 1808 en Madrid. Mientras se desarrollaban las abdicaciones de Bayona, el pueblo de Madrid se alzó de forma espontánea contra los franceses. El levantamiento se generalizó por todo el país, originando la creación de juntas locales, después provinciales, en casi todas las regiones. Estas juntas se hacen con el poder en la zona e inician la reacción frente a la ocupación francesa. Para coordinar la labor de las juntas se creó la Junta Suprema Central (septiembres 1808), inicialmente en Aranjuez, que se hizo cargo del gobierno y de la dirección de la lucha armada. Además, asumió la tarea de reformar las instituciones del Antiguo Régimen y decidió convocar unas Cortes Generales y Extraordinarias (mayo de 1809). En enero de 1810 la Junta se disolvió y traspasó sus poderes a un consejo de Regencia, integrado por 5 miembros, que fijó la reunión de las Cortes para agosto. Las Cortes se reunieron en septiembre de 1810 en Cádiz (Isla de León), y se declararon soberanas. La soberanía residía en la nación, representada por los diputados reunidos en Cortes; Fernando VII era reconocido como legítimo rey, pero la soberanía ya no residía en él. Entre las tareas que asumieron estaba la de elaborar y aprobar una constitución. La Constitución se promulga el 19 de marzo de 1812 (fecha del aniversario de la abdicación de Carlos IV en Fernando VII), conocida popularmente como “La Pepa” por coincidir la fecha con la festividad de San José.
3.- ANÁLISIS DEL DOCUMENTO
Las ideas recogidas en el texto se articulan en torno a 5 epígrafes: La nación española, la religión, forma de Estado y división de poderes, constitución de las cortes y elección de diputados, e igualdad jurídica:
1º.La idea principal gira en torno al concepto de soberanía nacional (art.3) que marca el fin del Antiguo Régimen en España. Este artículo es de suma importancia, ya que concede al pueblo la legitimidad del poder. Los artículos 1 y 4 abordan el concepto de nación y las obligaciones que tiene la nación como tal, en concreto el art. 1 aclara que son españoles tanto los ciudadanos de España como los que viven en las colonias de ultramar.
2º. El artículo 12 establece un estado confesionalmente católico, negándose la libertad religiosa. Para explicar esta idea, debemos saber que un número importante de diputados eran eclesiásticos.
3º. Otra idea clave viene marcada por la forma de gobierno y la división de poderes propia del liberalismo. Estamos ante una monarquía constitucional (art.14) basada en la separación de poderes. Al rey le corresponde el poder ejecutivo (art. 16), el legislativo reside en las Cortes con el rey (art.15) y el judicial en los tribunales de justicia (art. 17).
4º. Según el art. 27 las Cortes representan a la nación y son los ciudadanos los que eligen a los diputados, lo que nos indica que las Cortes se convierten en voluntad y voz de la nación. El art. 34 alude a la forma de elección de los diputados.
5.- otra idea que aparece en el texto, en concreto en el art. Art. 172. Las restricciones a la autoridad del Rey.
4.-VALORACIÓN
En cuanto su valoración, la Constitución de 1812 es, sin duda, la más importante del constitucionalismo español, por muchos y diversos factores: es la primera constitución española, fue el punto de partida para todas las demás constituciones del siglo XIX, llegando su influencia hasta la actual de 1978, además, aunque inspirada en la francesa de 1791, sirvió de fuente para el constitucionalismo americano y europeo. La constitución refleja un marcado carácter liberal, incluso un poco utópico Una constitución que obligaría a cambiar las estructuras de una nación de un golpe, quizás demasiado rápido.
2.-MANIFIESTO DE LOS PERSAS.
“La monarquía absoluta (...) es una obra de la razón y de la inteligencia: está subordinada a la ley divina, a la justicia y a las reglas fundamentales del estado: fue establecida por derecho de conquista, o por la sumisión voluntaria de los primeros hombres que eligieron sus Reyes. Así que el Soberano absoluto no tiene facultad de usar sin razón de su autoridad (derecho que no quiso tener el mismo Dios): por esto ha sido necesario que el poder soberano fuese absoluto, para prescribir a los súbditos todo lo que mira al interés común, y obliga a la obediencia a los que se niegan a ella. (...)
El (remedio) que debemos pedir, trasladando al papel nuestros votos, y el de nuestras provincias, es con arreglo a las leyes, fueros, usos y costumbres de España. Ojalá no hubiera materia harto cumplida para que V.M. repita al reino el decreto que dictó en Bayona, y manifieste (...) la necesidad de remediar lo actuado en Cádiz, que a este fin se proceda a celebrar Cortes con la solemnidad, y en la forma en que se celebraron las antiguas: que entre tanto se mantenga ilesa la Constitución española observada por tantos siglos, y las leyes y fueros que a su virtud se acordaron: que se suspendan los efectos de la Constitución, y decretos dictados en Cádiz, y que las nuevas Cortes tomen en consideración su nulidad, su injusticia y sus inconvenientes (...)”
Madrid, 12 de abril de 1814.
1. CLASIFICACIÓN
El documento es una fuente escrita primaria y directa de naturaleza circunstancial, posee un carácter objetivo, porque emana de un hecho determinado – la restauración del absolutismo fernandino en 1814- en función de la cual se encuentra.
Como manifiesto, tiene carácter de instrumento político y registra un conjunto de ideas y principios compartidos por quienes lo suscriben, sin que pueda considerarse un documento ideológico y político coherente.
La autoría del texto es colectiva y puede atribuirse a un grupo de 69 diputados realistas, que constituían algo más de un tercio del conjunto de representantes. Su redacción se fragua durante las sesiones de Cortes, en febrero de 1814, que se ocupaban de fijar las normas que debían regular la entrada de Fernando VII, el viaje del rey a Madrid y la jura de la Constitución. Los núcleos que deseaban el fin del régimen constitucional y el retorno del absolutismo comenzaron a preparar el golpe de estado que culminaría en mayo de 1814. El texto fue elaborado por un núcleo más reducido que los 69 diputados que lo firmaron (de ellos 34 eclesiásticos).
Se redactó en Madrid, en la casa de D. Joaquín Palacín, diputado por Aragón y auditor de Rota, que vivía en la calle de las Fuentes, segundo piso, en una sala reservada del interior de la vivienda, donde se reunían a partir de las ocho de la noche entre veinte y veintidós personas. El alma de la conspiración era Rosales, suplido por Jerónimo Castillón, que llegó a ser obispo de Tarazona e Inquisidor General.
El destino del texto es privado y fue preparado inicialmente para justificar un acto de fuerza, antes de adaptarlo para su presentación al propio monarca, a quien va dirigida su versión definitiva con vistas a servir de pretexto y programa de un golpe de estado efectuado con el apoyo del rey. Los conspiradores madrileños enviaron representantes a Valencia donde el rey había entrado el 16 de abril, Mozo de Rosales llevaba consigo el Manifiesto de los Persas.
2. ANÁLISIS Y COMENTARIO
El Manifiesto de los Persas, de 12 de abril de 1814, es un largo documento que comenzaba así “Era costumbre de los antiguos persas”, esta cita erudita dio nombre al documento que tiene una amplia parte dedicada a criticar a las Cortes, el movimiento liberal y todos los cambios ocurridos en España desde 1808.
Su teoría política se fundamenta en la subordinación moral del poder al bien común, pero sin instituciones que limiten el ejercicio de dicho poder, como idea fundamental puede considerarse la justificación de la monarquía absoluta como “obra de la razón y la inteligencia”, terminando con la exposición de tres peticiones significativas: la primera, “que se suspendan los efectos de la Constitución, y decretos dictados en Cádiz”, en segundo lugar “que se proceda a celebrar Cortes con la solemnidad, y en la forma que se celebraron las antiguas”, esto es la petición de celebración de Cortes tradicionales del Antiguo Régimen y por último el “mantenimiento de leyes y fueros seculares de España.”
Desde el final de la Guerra de la Independencia se hizo patente el enfrentamiento entre liberales y defensores del Antiguo Régimen. Ambos grupos se hallan representados en las Cortes ordinarias que se reunieron en Madrid el 1 de octubre de 1813. Poco después de diciembre de 1813, se firmaba el tratado de Valençay por el que Fernando VII recobraba la Corona. El rey Fernando, autorizado a regresar, cruzaba la frontera por Gerona el 22 de Marzo de 1814. Las Cortes reunidas en Madrid, habían declarado que Fernando VII no podría ejercer el poder real hasta haber jurado la Constitución.
Así se fragua la conspiración absolutista, cuyo objetivo era regresar al Antiguo Régimen. Fernando VII contó con el apoyo de los realistas, del clero y de un sector del ejército, a lo que se añadió el malestar social en la España rural a causa del aumento de la presión fiscal que suponían las contribuciones directas decretadas por las Cortes en 1813. En esta marcha hacia el retorno del absolutismo se inscribe este texto. Finalmente el proceso concluye con el golpe de Estado del día 4 de mayo de 1808, haciéndose público un Real Decreto en el que el rey afirmaba que las Cortes le habían despojado de su soberanía, que por tanto sus actos eran “nulos y de ningún valor ni efecto”, con un lenguaje idéntico al del “Manifiesto de los Persas”, se prometía reunión de Cortes, se declaraban inviolables los derechos del pueblo y se prometía libertad de prensa.
VALORACIÓN
Se trata de un manifiesto que entregan al rey, Fernando VII, un grupo de diputados de las cortes ordinarias en el que le dicen que durante los seis años de “su cautividad” se ha cambiado el sistema político y que el Congreso del que forman parte decreta lo contrario de lo que ellos y sus provincias desean.
Pasa después a defender la monarquía absoluta como “obra de la razón y de la inteligencia” para concluir pidiendo a Fernando VII que “estime siempre sin valor esa Constitución de Cádiz” y la dé por no aprobada. Finaliza pidiéndole que se celebren unas Cortes, pero “con arreglo en todo a las antiguas leyes”, es decir, estamentales, de Antiguo Régimen. El documento ha sido valorado desde diversos enfoques, la historiografía tradicional, representada por F. Suárez, lo califica como “una renovación, dentro de la tradición”, mientras para J. Tusell “este manifiesto no encerraba un programa propio ni una tercera vía” aunque “podía haberse deducido un programa intermedio o modestamente renovador”. M. Artola lo califica como “una imagen en negativo del pensamiento y programa de los absolutistas”. La valoración de la historiografía renovadora en palabras de J. Fontana es rotunda: “Es perfectamente sabido que el manifiesto no sirvió más que para cohonestar(justificar) el golpe de estado de mayo de 1814 (...) no merece, por tanto, el trabajo de analizarlo ni de tomárselo en serio”.
3.-El convenio de Vergara
“Convenio celebrado entre el Capitán General de los Ejércitos Nacionales D. Baldomero Espartero y el Teniente General D. Rafael Maroto.
Art. 1º. El Capitán General don Baldomero Espartero recomendará con interés al Gobierno el cumplimiento de su oferta de comprometerse formalmente a proponer a las Cortes la concesión o modificación de los fueros.
Art. 2º. Serán reconocidos los empleos, grados y condecoraciones de los generales, jefes y oficiales, y demás individuos dependientes del ejército del mando del teniente general D. Rafael Maroto, quien presentará las relaciones con expresión de las armas a que pertenecen, quedando en libertad de continuar sirviendo defendiendo la Constitución de 1837, el trono de Isabel 2ª y la Regencia de su augusta Madre, o bien de retirarse a sus casas los que no quieran seguir con las armas de fuego.
[…] Art. 4º. Los que prefieran retirarse a sus casas siendo generales y brigadieres obtendrán su cuartel para donde lo pidan con el sueldo que por reglamento les corresponda: los jefes y oficiales obtendrán licencia limitada o su retiro según reglamento.
[…] Ratificado este convenio en el cuartel general de Vergara, a 31 de agosto de 1839. – El Duque de La Victoria. – Rafael Maroto.-Vitoria”.
1.- Clasificación del texto: naturaleza, autor y circunstancias en las que fue escrito
El documento es una fuente escrita primaria y directa de naturaleza circunstancial, posee un carácter objetivo, porque emana de un hecho determinado –el convenio de Vergara de 1839--.
Es un documento público. Los destinatarios son las tropas carlistas
El texto nos presenta una serie de fragmentos del Convenio de Vergara, compromiso sucrito en 1839 por el general Espartero y por el general carlista Rafael Maroto, que posibilitaba la rendición de las armas por las tropas de don Carlos bajo ciertas condiciones. En este acuerdo predominó la búsqueda de la reconciliación entre ambos bandos y el deseo de reintegrar a los derrotados carlistas en el nuevo sistema político creado por los liberales vencedores. El entendimiento sólo fue posible tras el triunfo de las tesis de los carlistas más moderados, los generales Gómez, Zaratiegui y Maroto, favorables al pacto con los isabelinos a cambio del respeto a los fueros. Por su parte los carlistas más extremistas, creían absolutamente en el establecimiento de un gobierno absolutista y se negaron a aceptar cualquier salida pacífica al conflicto. Fue el propio Maroto quien inició las negociaciones sin el consentimiento del pretendiente al trono, don Carlos, e incluso ordenó la detención y posterior fusilamiento de varios generales del sector más conservador del carlismo, como los generales Guergué, Uriz y Carmona, acusándoles de traición.
2.-Análisis y comentario de las ideas principales y secundarias
La idea fundamental es el acuerdo de paz firmado por ambos contendientes, liberales y carlistas. Las condiciones para el cese de las actividades bélicas se concretan en diez artículos, tres de ellos incluidos en el texto, de cuya lectura podemos deducir un afán abiertamente conciliatorio.
En el artículo 1º se incluía una ambigua promesa de mantenimiento de los privilegios forales específicos de vascos y navarros. Espartero, al comprometerse a recomendar […] a proponer a las Cortes la concesión o modificación de los fueros, actuaba con notable independencia, ya que sabía que prometía algo que era de la exclusiva competencia de las Cortes soberanas.
El artículo 2º suponía el reconocimiento por parte de los isabelinos de los empleos, grados y condecoraciones de los oficiales y mandos que habían servido en el bando carlista, para de este modo facilitar su reinserción en el Ejército regular español. Así lo hicieron generales como Antonio Urbiztondo, ministro durante el reinado de Isabel II; o Zaratiegui, nombrado director general de la Guardia Civil.
Por último, el artículo 4º facilitaba el retiro o la licencia a generales, brigadieres, jefes y oficiales que hubieran servido en los ejércitos de don Carlos.
Encuadre histórico:
a) El Pleito Dinástico: Ley Sálica y Pragmática Sanción
Cuando en octubre de 1830 nació la princesa Isabel, primera hija de Fernando VII, la sucesión al trono español estaba regulada por la Ley Sálica, promulgada por Felipe V en 1713. Dicha norma, de origen francés, explicitaba que la corona sólo podía transmitirse entre varones, de tal forma que las mujeres quedaban excluidas y únicamente podían hacer valer sus derechos al trono en caso de faltar heredero varón en línea directa o colateral. Sin embargo, esta ley fue derogada por Fernando VII al conocer la noticia del embarazo de su esposa mediante la aprobación de la Pragmática Sanción, que imposibilitaba el acceso al trono al infante Carlos María Isidro, que estaba respaldado por los absolutistas más intransigentes.
Las protestas de don Carlos llevaron a Fernando VII a imponer a finales de 1832 la marcha del infante a Portugal, por negarse a reconocer a su sobrina Isabel como legítima heredera del trono, asimismo el monarca destituyó de sus cargos al frente del Ejército a destacados partidarios del infante y ordenó una amnistía política para todos los liberales presos o exiliados fuera del país.
La creciente tensión entre absolutistas y liberales estalló tras la muerte del rey en septiembre de 1833. Su hermano Carlos reclamó los derechos a la corona frente a su sobrina la princesa Isabel, que tenía 3 años de edad, provocando la sublevación contra la regencia de la reina madre de las facciones favorables al absolutismo. Dio comienzo así una guerra civil que enfrentó a los partidarios carlistas contra los isabelinos. En palabras de Blanco White: “El terco orgullo del pueblo español, agrupado en dos partidos, resueltos ambos a sacrificar cualquier ventaja en aras de su dignidad ideal, excluye toda probabilidad de compromiso”.
b.- La primera Guerra Carlista
El conflicto sucesorio ocultaba en realidad un enfrentamiento entre dos sectores de la sociedad española con intereses ideológicos, políticos y económicos completamente opuestos. El bando isabelino contaba con el apoyo mayoritario de las clases medias urbanas y de los empleados públicos, así como con el de la alta burocracia estatal, mandos del Ejército, jerarquías eclesiásticas, alta nobleza y grandes burgueses. También los liberales, herederos de la Ilustración y las reformas de Cádiz, eligieron la defensa de los derechos dinásticos de la princesa Isabel confiando en la posibilidad de que una victoria en la guerra pudiera favorecer su acceso al poder y facilitar el triunfo de sus ideas. El infante don Carlos, fue respaldado por las partidas realistas, la intransigencia religiosa del clero y las masas campesinas de Cataluña, el País Vasco, Navarra, Valencia y Aragón.
Por su parte en torno al carlismo se agrupaban los sectores más tradicionales de la sociedad, teniendo especial protagonismo en zonas rurales del norte de España, donde la el peso del clero tradicionalista y un sentido muy arraigado de la vigencia de los fueros estaba presente. Podemos afirmar que el programa político carlista era poco concreto y bastante simple, ya que se podría resumir con su conocido lema “Dios, Patria, Fueros y Rey”, así, sus valores y principios ideológicos más característicos eran:
-La defensa del absolutismo regio de origen divino y de la sociedad estamental.
-El integrismo religioso y la defensa de los intereses de la Iglesia: oposición a la libertad religiosa, rechazo de las desamortizaciones y mantenimiento del diezmo.
-El mantenimiento de los fueros vascos y navarros amenazados por propuestas liberales de contenido igualitario, uniformador y centralista.
-El inmovilismo y la completa oposición a cualquier reforma, por considerar a los liberales como enemigos de Dios y del rey.
-La fidelidad a la patria entendida como un conjunto de tradiciones, normas, costumbres y creencias seculares recibidas de los antepasados. Los carlistas rechazaban todas las novedades del mundo moderno y se resistían al avance de la industrialización y del capitalismo que, según ellos, ponían en peligro de desaparición los fundamentos de la sociedad tradicional y agraria del pasado.
Desde el punto de vista militar, la guerra civil entre carlistas e isabelinos tuvo tres etapas:
Primera etapa (1833-1835)
El general Tomás de Zumalacárregui, al mando de los 35.000 hombres del ejército carlista del norte, empleando con éxito tácticas guerrilleras, logró controlar grandes espacios rurales en las provincias vascas y en Navarra, aunque sólo consiguió dominar territorios discontinuos y no llegó a ocupar ninguna gran ciudad. Los ataques por sorpresa del general carlista demostraron la incapacidad del ejército liberal para sepultar la insurrección.
Los planes de Zumalacárregui, que proponía lanzarse sobre Vitoria, camino de La Rioja y mirando hacia la capital del reino, fueron rechazados por el pretendiente y sus consejeros, quienes decidieron tomar Bilbao. Zumalacárregui sabía que el ejército carlista luchaba contra el tiempo y rechazaba el sitio de la villa vizcaína, pero la obsesión de los consejeros de don Carlos por la toma de las capitales del País Vasco prevaleció sobre la experiencia del general.
El asedio de Bilbao, defendida por las milicias locales, dio un giro crucial al desarrollo de la guerra ya que terminó en fracaso y supuso la muerte de Zumalacarregui, el 24 de junio de 1835, tras ser herido en una pierna, mientras observa la batalla desde Begoña. Poco después, los ejércitos de don Carlos levantaron el sitio, pero la villa del Nervión tuvo que resistir una nueva acometida en 1836. En esta ocasión, las milicias volvieron a defender Bilbao, mientras esperaban impacientes la llegada del ejército liberal dirigido por Espartero, quien con la ayuda de la marina británica logró derrotar a los sitiadores en Luchana y puso fuera de peligro la ciudad.
Segunda etapa (1836-1837)
Tras su éxito en Bilbao, el general liberal Baldomero Espartero accedió al mando supremo del ejército isabelino y tuvo que afrontar una nueva ofensiva carlista. Los ejércitos tradicionalistas cambiaron su estrategia embarcándose en una serie de incursiones en territorio enemigo, penetrando en Castilla, Andalucía, Santander, Asturias y Galicia, con el propósito de extender los combates a otros territorios, donde suponían la existencia de partidarios de don Carlos y de atenuar los devastadores efectos de una guerra ininterrumpida sobre la población de las regiones vasco-navarras. El general Miguel Gómez llegó hasta Cádiz, el general Juan Antonio Zaratiegui consiguió hacerse, durante algunos días, con la ciudad de Segovia y las tropas carlistas llegaron incluso hasta Arganda y Aravaca, a pocos kilómetros de la capital madrileña.
Tercera etapa (1838-1840)
Don Carlos no se atrevió a forzar la entrada en la capital de España y ordenó la retirada. En octubre de 1837, la expedición de don Carlos cruza el Ebro. El regreso de un ejército no vencido, pero tampoco vencedor, a unas provincias ya cansadas y exhaustas acelera el fin.
La crisis interna del carlismo, con enfrentamientos entre castellanos y navarros, la desmoralización de la tropa, la fatiga de los civiles, todo allanó el camino para el final de la guerra. En efecto, los fracasos militares provocaron un aumento de las discrepancias, que terminaron por escindir a los dirigentes carlistas en dos facciones opuestas: por una parte los ultras más duros, absolutistas, extremistas e integristas católicos, que se negaban a aceptar cualquier intento de solución pacífica del conflicto; por otro lado se encontraban los carlistas más moderados, como los ya mencionados generales Gómez, Zaratiegui y Maroto, que eran conscientes de la imposibilidad de una victoria miliar y se mostraban favorables a un pacto con los isabelinos a cambio del respeto a los fueros. El general Maroto, jefe supremo del ejército carlista, que inició las negociaciones sin contar con la aprobación de don Carlos, llegó incluso a detener y fusilar bajo la acusación de traición a varios generales del sector ultra como Guergué, Uriz y Carmona. Las conversaciones secretas de Maroto con Espartero culminaron en el Convenio de Vergara, que preparó el fin de la contienda. El general liberal se comprometía a interceder en Madrid por los fueros, mientras que los pactistas de Maroto, con sus pagas y ascensos asegurados, reconocían a Isabel II como reina.
La pacificación del País Vasco permitió a los ejércitos liberales concluir la guerra en 1840 con el sometimiento de Cataluña y el Maestrazgo, donde el general Ramón Cabrera continuaba resistiendo y se negaba a cumplir el acuerdo de paz. No obstante la guerra civil concluyó con la victoria de las tropas liberales tras la caída de Morella, último fortín de Cabrera y con la huida de don Carlos a Francia.
VALORACIÓN:
El Convenio de Vergara fue un intento de poner fin a la guerra civil motivada por el acceso al trono de la hija de Fernando VII y no su hermano Don Carlos. La conciliación de una facción carlista con los isabelinos facilitó el acuerdo.
A largo plazo destaca la aparición del ejército como protagonista en la vida política. El general Espartero preside la regencia hasta 1843 fecha en que se proclama mayor de edad a Isabel II. La guerra supuso unos gastos cuantiosos que el gobierno tuvo que hacer frente emitiendo Deuda Pública e hizo la desamortización eclesiástica de Mendizábal.
SABER MÁS
La cuestión foral
El Convenio de Vergara incluía una ambigua promesa de mantenimiento de los privilegios forales específicos de vascos y navarros. Sin embargo, poco después, en 1841, se aprobaron varias leyes según las cuales Navarra perdía sus aduanas, sus privilegios fiscales, sus exenciones militares y sus instituciones propias de autogobierno, como las Cortes. Pero a cambio, los navarros consiguieron un sistema fiscal muy beneficioso, consistente en el pago de un cupo contributivo único anual, de reducida cuantía, a la Hacienda estatal.
En 1841, las tres provincias vascas también fueron privadas de privilegios forales, como las aduanas y las Juntas. Asimismo fue derogado el denominado “pase foral”, un antiguo derecho de las instituciones jurídicas y municipales de Álava, Vizcaya y Guipúzcoa a “obedecer pero no cumplir” y “retrasar pero no suspender” las disposiciones y órdenes del gobierno estatal. No obstante, la población vasca conservó su exclusión, privilegiada y excepcional, del servicio militar obligatorio.
Segunda guerra carlista 1846-1849
Algunos años después, en 1846, se produjo un nuevo recorte de los fueros vascos con la introducción de los denominados “conciertos económicos”, por medio de los cuales se calculaba la contribución anual de los ciudadanos vascos a los gastos generales del Estado. La cantidad total de esta aportación era fijada, de manera pactada, entre los representantes de las diputaciones forales de las tres provincias vascas y el gobierno estatal. Este modelo fiscal especial resultó bastante ventajoso para la población vasca.
Durante el Sexenio Democrático, tras la destitución de Isabel II, se abrió una nueva posibilidad para los partidarios del carlismo. En 1872, el nieto de Carlos María Isidro, Carlos VII para sus partidarios, encabezó una nueva sublevación que afectó, sobre todo, a Cataluña, al País Vasco y a Navarra. El programa carlista proponía el legitimismo dinástico en la persona de Carlos VII, el mantenimiento de los fueros, la ley vieja, y la defensa de la religión y la propiedad.
Tercera guerra carlista 1871-1876
La guerra duró cuatro años. Don Carlos estableció en Estella un gobierno estable, emitió moneda y dispuso de fuertes contingentes de artillería y caballería que le proporcionaron algunas victorias frente al ejército constitucional, como fueron Montejurra, Abárzuza y Lácar, aunque fracasó en los intentos de ocupación de grandes ciudades como Bilbao y Pamplona.
Tras la restauración alfonsina, el general Martínez Campos derrotó nuevamente a los carlistas, provocando la marcha de Carlos VII a Francia. Tras la derrota carlista se promulgó la ley de 21 de julio de 1876 que abolió aspectos esenciales de los fueros vasco-navarros: aumentó la intervención del Estado en la administración del País Vasco y Navarra; estableció el servicio militar obligatorio y la contribución a los gastos de la Hacienda estatal.
4.-Real Decreto declarando la venta de los bienes del clero. Mendizábal, 19 de febrero de 1836.
Atendiendo a la necesidad y conveniencia de disminuir la deuda pública consolidada, y de entregar al interés individual la masa de bienes raíces, que han venido a ser propiedad de la Nación, a fin de que la agricultura y el comercio saquen de ellos las ventajas que no podrían conseguirse por entero en su actual estado (...) conformándome con lo propuesto por el Consejo de Ministros, en nombre de mi excelsa hija la reina doña Isabel II, he venido en decretar lo siguiente:
Artículo 1. Quedan declarados en venta desde ahora todos los bienes raíces de cualquier clase que hubiesen pertenecido a las comunidades y corporaciones religiosas extinguidas y los demás que hayan sido adjudicados a la Nación por cualquier título o motivo (...)
Artículo 2. Se exceptúan de esta medida general los edificios que el gobierno destine para el servicio público o para conservar los monumentos de las artes, o para honrar la memoria de hazañas nacionales. El mismo gobierno publicará la lista de los edificios que con este objeto deben quedar excluidos de la venta pública.
CLASIFICACIÓN y su contexto histórico.
El fragmento propuesto es una fuente primaria de tipo legislativo.
En este texto se trata de justificar la necesidad de la desamortización ante Mª Cristina de Borbón, regente en nombre de Isabel II (1833-1840). Esta princesa, perteneciente a la familia Borbón italiana, fue la cuarta esposa de Fernando VII, y tuvo con él dos hijas. Desde el nacimiento de Isabel (1830), Mª Cristina había tratado de defender los derechos del trono para su hija, para lo cual empuja a Fernando a declarar la “Pragmática Sanción”, que anulaba la Ley Sálica impuesta por Felipe V.
Esto se hace con la oposición de los sectores más recalcitrantes del absolutismo, que habían formado partido en torno a los derechos de Carlos Mª Isidro de Borbón, hermano del rey, lo que llevó a Mª Cristina, más abierta de ideas que su esposo, a buscar el apoyo de los sectores ilustrados y reformistas de la Corte y el de los liberales más moderados. Al morir el rey estallará la guerra entre partidarios de uno y de otro, dando lugar a la primera Guerra Carlista (1833-39).La difícil situación política hace que la regente se apoye en los liberales, los cuales irán instalando el Nuevo Régimen en el país.
El autor del texto es Mendizábal, presidente del Consejo de Ministros, quien plantea como solución para parte de los problemas del país la desamortización de los bienes eclesiásticos del clero regular. Mendizábal es un liberal radical (progresista) que ha llegado al gobierno de la nación en 1835, procedente de Gran Bretaña, donde se dedicaba a los negocios, llamado por la regente ante la incapacidad de los liberales moderados (Cea Bermúdez, Martínez de la Rosa) para hacer frente a la difícil situación militar, política y sobre todo económica. El ministro era partidario de la libertad económica (ideas de Adam Smith) y por lo tanto veía en las “manos muertas” un grave problema que impedía a la agricultura española salir del atraso en la que se encontraba con respecto a otras naciones europeas.
ANALISIS Y COMENTARIO
En el Artículo 1. Quedan declarados en venta desde ahora todos los bienes raíces de cualquier clase que hubiesen pertenecido a las comunidades y corporaciones religiosas extinguidas y los demás que hayan sido adjudicados a la Nación por cualquier título o motivo (...)
En su justificación argumenta:
• La nacionalización y venta de las propiedades de la Iglesia son necesarias para poder hacer frente al pago de la deuda pública. La hacienda pública, ya por sí empobrecida desde la Guerra de la Independencia y los conflictos posteriores, se encuentra exhausta ante los gastos producidos por la primera Guerra Carlista (1833-1840). El Estado, para poder mantener el conflicto bélico, ha tenido que endeudarse a través de la emisión de letras, bonos y obligaciones. La falta de dinero para poder hacer frente a los pagos de los intereses amenazaba con la quiebra del Estado.
• La venta de las tierras de la Iglesia, consideradas como “manos muertas”, a personas que les fueran a sacar un rendimiento mayor iba a producir un aumento de la riqueza de la nación. Muchas tierras subexplotadas, de pastos o montes se roturarían y esto produciría un aumento de la producción, lo que animaría la economía del país en otros sectores (comercio e industria). Esto se produjo así. Se aumentaron las tierras cultivadas y por lo tanto creció la producción, permitiendo el aumento demográfico. Pero la peor calidad de las nuevas roturaciones hizo que disminuyera la productividad por hectárea.
En el art. 2 se señalan las exclusiones.
• La salida al mercado de tanta tierra aumentaría el número de campesinos propietarios. Estos serían una sólida base social para mantener un régimen que en estos momentos tenía un apoyo bastante precario. La burguesía española era débil, cuantitativa y cualitativamente, debido al reparto de la riqueza. El acceso a la propiedad de campesinos sin tierra fortalecería la nación y como dice el texto crearía “...nuevos y fuertes vínculos que liguen a ella”. Las cosas no ocurrieron así. Al ser el procedimiento de venta las subastas públicas, las propiedades iban a parar al mejor postor. De esta manera grandes cantidades de tierra fueron a parar a la alta burguesía y a la nobleza latifundista, al no disponer los campesinos sin tierra de recursos y conocimientos suficientes para participar en dichas subastas. Sólo en las zonas donde predominaban la pequeña y mediana propiedad se beneficiaron labriegos no latifundistas. La desamortización confirmó el sistema de reparto de la tierra, perdiéndose una ocasión de oro para realizar una reforma agraria.
VALORACIÓN
• El proceso desamortizador, según su autor, consolidaría el trono de Isabel II, una niña de seis años, lo cual impediría la victoria de su tío, don Carlos María Isidro de Borbón, defensor de los valores absolutistas. La defensa del trono isabelino es la defensa del estado liberal y las reformas.
El principal motivo de esta ley es establecer un proceso de reforma agraria contra las “manos muertas”, o sea, tierras y bienes que no se podían comprar ni vender por ser de la Iglesia, de los municipios o de los mayorazgos. Esto ya lo habían ideado los ilustrados y hasta se habían tratado de realizar algunos proyectos, como el de Godoy, para salir del tradicional atraso del campo español. En la presente acción se trata de nacionalizar los bienes del clero regular, por lo que se procedió a la disolución de conventos, lo cual a su vez motivó la excomunión por parte del Papa.
Repercusiones que tuvieron las desamortizaciones:
Las desamortizaciones forman parte de uno de los principales aspectos de la política agraria liberal. Otras medidas fueron la desvinculación de los mayorazgos y la disolución del régimen señorial. En ambos casos la forma de hacerlo benefició a los nobles frente a los campesinos.
Las desamortizaciones de bienes, que pusieron fin a las manos muertas, fueron tres:
- La de Mendizábal (1836) contra los bienes del clero regular.
- La de Espartero (1841) contra los bienes del clero secular.
- La de Madoz (1855) sobre bienes comunales y estatales.
Aunque se concibieron como reformas agrarias, al ponerse los bienes en subasta, estos fueron a parar a las clases medias y altas, impidiendo su acceso a los campesinos. El Estado consiguió así dinero para hacer frente a la deuda pública y a sus proyectos, pero no consiguió aumentar la clase media.
Estas medidas significaron:
• La introducción de la agricultura en el sistema capitalista liberal, basado en la libertad de propiedad, de explotación y comercio.
• Un fracaso a la hora de solucionar el gran problema social de España, confirmando el mal reparto de la tierra, especialmente en el sur y centro de la Península, donde imperaba el latifundismo. En el norte y este había más pequeños propietarios.
• Un aumento de la producción debido a que aumenta la superficie cultivada, lo cual fue imprescindible para poder sostener el crecimiento demográfico, pero no de la productividad, ya que el mal reparto de la tierra y la escasa mecanización lo impidieron. Por todo esto la agricultura española siguió siendo una agricultura atrasada que frenaba el desarrollo económico.
C) ¿Qué motivos tenía el Estado para vender las propiedades desamortizadas?
El principal motivo de esta ley es establecer un proceso de reforma agraria contra las “manos muertas”, o sea, tierras y bienes que no se podían comprar ni vender por ser de la Iglesia, de los municipios o de los mayorazgos En la presente acción se trata de nacionalizar los bienes del clero regular, por lo que se procedió a la disolución de conventos, lo cual a su vez motivó la excomunión por parte del Papa.
Sus objetivos serán:
-- Conseguir dinero para la hacienda, agotada por las necesidades de la guerra civil. El proceso no disminuyó la deuda pública, pero se pudo pagar al ejército.
-- Crear un grupo de nuevos propietarios entre el campesinado para aumentar la base social del régimen. Pero los campesinos no accedieron a la propiedad, que quedó en manos de latifundistas y burgueses, salvo en las zonas donde predominaba a pequeña propiedad como en el norte.
La desamortización fracasa en sus objetivos sociales pero consigue mantener la guerra y aumentará la capacidad productiva nacional.
Para saber más: Información complementaria
La reforma que recoge el texto es una de las principales acciones de la Regencia, siendo realizada con la esperanza de construir en España un estado liberal.
El estado liberal se fundamenta en la construcción de un entramado legal que proteja la libertad del ciudadano. La base del sistema radica en el principio de la Soberanía Nacional, frente al de Soberanía Real del absolutismo.
En el caso del reinado de Isabel, los liberales moderados impusieron la Soberanía Compartida, lo que otorgaba al rey la facultad de legislar, rompiendo así parcialmente la división de poderes (Ejecutivo-Rey, Legislativo-Cortes, Judicial-Jueces), además de conceder otras prerrogativas importantes para hacer más efectivo su papel político: convoca y disuelve las Cortes; designa a parte del Senado, derecho al veto... .La pieza clave del edifico legal es la Constitución, que es donde se recogen las competencias de cada institución y donde quedan reflejados los derechos y deberes de los ciudadanos.
Varios van a ser los textos legales del reinado: El Estatuto Real de 1834, prácticamente una carta otorgada, la Constitución de 1837 y la de 1845 (hubo una constitución elaborada, pero no promulgada, la de 1856). En todas ellas la representación del pueblo se sitúa en las Cortes, siempre bicamerales. Los representantes en dicha institución son elegidos por sufragio censitario, restringido o amplio según el partido gobernante. El problema es que entre el fraude electoral y la preferencia de la monarquía por el Partido Moderado, los progresistas se verán apartados del poder, y sólo accederán a él de forma violenta a través de insurrecciones y pronunciamientos. Los derechos de los ciudadanos variarán en cada periodo constitucional. La más generosa era la de 1837, en la que se respetaba la libertad de expresión, derecho este que era restringido por los moderados en cuanto alcanzaban el poder, teóricamente en aras del orden social.
5.-TEXTO. LA DESAMORTIZACION DE MADOZ
Se declaran en estado de venta, con arreglo a las prescripciones de la presente ley, y sin perjuicio de cargas y servidumbres a que legítimamente estén sujetos, todos los predios rústicos y urbanos, censos y foros pertenecientes: al Estado, al clero, a las órdenes militares..., a cofradías, obras pías y santuarios, al secuestro del ex infante Don Carlos, a los propios y comunes de los pueblos, a la beneficencia, a la instrucción pública. Y cualesquiera otros pertenecientes a manos muertas, ya estén o no mandados vender por leyes anteriores... Se procederá a la enajenación -expropiación- de todos y cada uno de los bienes mandados vender por esta ley, sacando a pública licitación las fincas a medida que lo reclamen sus compradores... Los compradores de las fincas quedan obligados al pago, en metálico de la suma que se les adjudique...
Ley de Desamortización. (1 de mayo de 1855)
CLASIFICACIÓN
Se trata de un texto primario, fuente histórica de naturaleza jurídica, y temática económico-social, concretamente es un fragmento de la ley de desamortización general de 1855. El texto corresponde al decreto de desamortización de Madoz, en el que se declara en venta los bienes pertenecientes al estado, al clero, a las órdenes militares… etc.
Contexto histórico:
En 1855, Madoz firma el decreto para llevar a cabo una nueva desamortización, la segunda más importante de cuantas se sucedieron en el siglo XIX. La llamada Ley Madoz de 1855 establecía la venta en subasta pública de todas las propiedades rústicas o urbanas pertenecientes al Estado, a la Iglesia, a los propios baldíos de los Municipios y, en general, todos los bienes que permanecieran amortizados, los bienes de aprovechamiento común o vecinal gratuito, en el momento de promulgarse la ley debían permanecer intocados. Se trataba de completar el proceso de desamortización iniciado por Mendizábal en 1836.
Autor:
Pascual Madoz nació en Pamplona el 17 de mayo de 1806. Activo y decidido liberal desde su juventud combatió por el triunfo de la libertad como soldado y como hombre de parlamento. Durante su forzosa emigración de 1830 a 1832, se dedicó en París y en Tours al estudio de la geografía y de la estadística. Pudo volver a España tras la amnistía decretada por María Cristina, fijando su residencia en Barcelona, .Tras la revolución de 1854, fue nombrado gobernador de Barcelona, ciudad en la que contaba con muchas simpatías. Volvió después a su escaño de diputado, presidió las Cortes, y el 21 de enero de 1855 se le confió la cartera de Hacienda. En esta ocasión presentó el famoso proyecto de ley de Desamortización, que consiguió ver aprobado, a pesar de la feroz oposición del clero católico, que veía lesionados los privilegios que seguía reconociendo a la Iglesia de Roma el Concordato de 1851. Tras la revolución de 1868 fue gobernador de Madrid, cargo al que también renunció al poco tiempo. Hizo la oposición al gobierno provisional, y después de votar la candidatura del duque de Aosta para el vacante trono de España, formó parte de la legación enviada a Florencia para ofrecer a ese duque la corona, pero en Génova le sorprendió la muerte, el 13 de diciembre de 1870.
ANALISIS Y COMENTARIO
La desamortización de Madoz de desarrolló a gran velocidad mediante el pago de un 10% de entrada y el resto en plazos, y los ingresos obtenidos por el Estado fueron mucho mayores que en la desamortización de Mendizábal puesto que sólo se admitió el pago en metálico. Las ganancias se emplearon en la amortización de la deuda, para cubrir las necesidades de Hacienda tras la abolición del impuesto de consumos y para financiar la construcción del ferrocarril. Asimismo, la transferencia de tierras a propietarios particulares dio lugar a un aumento de la recaudación de impuestos y significó la creación de una clase de grandes propietarios agrícolas vinculados a la causa liberal a la que debían su acceso a la propiedad.
VALORACIÓN
Desde el punto de vista social, no se pudieron cumplir los propósitos iniciales de permitir el acceso a la propiedad a campesinos modestos ya que la necesidad de conseguir dinero se impuso y llevó a plantear la desamortización de forma que beneficiara a quienes tenían más medios para comprar. Así, se produce una mayor concentración de la propiedad y se incrementan las prácticas latifundistas. En España la reforma agraria se realiza mediante una alianza ente la vieja aristocracia y la nueva burguesía, compradora de las tierras desamortizadas. Como consecuencia de esto los intereses de los campesinos son sacrificados y un gran parte de trabajadores del campo vieron empeorar sus condiciones de vida al desaparecer los terrenos comunales al tiempo que los nuevos propietarios no tuvieron reparos en aumentar las rentas y eliminar los arrendamientos a largo plazo.
La desamortización no produjo un aumento de la producción agrícola, pues los nuevos propietarios generalmente no emprendieron mejoras, sino que se limitaron a seguir cobrando las rentas, a contratar mano de obra abundante y barata y a poner en explotación tierras marginales, con lo que disminuyó la productividad.
Repercusiones que tuvieron las desamortizaciones:
Las desamortizaciones forman parte de uno de los principales aspectos de la política agraria liberal. Otras medidas fueron la desvinculación de los mayorazgos y la disolución del régimen señorial. En ambos casos la forma de hacerlo benefició a los nobles frente a los campesinos.
Las desamortizaciones de bienes, que pusieron fin a las manos muertas, fueron tres:
- La de Mendizábal (1836) contra los bienes del clero regular.
- La de Espartero (1841) contra los bienes del clero secular.
- La de Madoz (1855) sobre bienes comunales y estatales.
Aunque se concibieron como reformas agrarias, al ponerse los bienes en subasta, estos fueron a parar a las clases medias y altas, impidiendo su acceso a los campesinos. El Estado consiguió así dinero para hacer frente a la deuda pública y a sus proyectos, pero no consiguió aumentar la clase media.
Estas medidas significaron:
• La introducción de la agricultura en el sistema capitalista liberal, basado en la libertad de propiedad, de explotación y comercio.
• Un fracaso a la hora de solucionar el gran problema social de España, confirmando el mal reparto de la tierra, especialmente en el sur y centro de la Península, donde imperaba el latifundismo. En el norte y este había más pequeños propietarios.
• Un aumento de la producción debido a que aumenta la superficie cultivada, lo cual fue imprescindible para poder sostener el crecimiento demográfico, pero no de la productividad, ya que el mal reparto de la tierra y la escasa mecanización lo impidieron. Por todo esto la agricultura española siguió siendo una agricultura atrasada que frenaba el desarrollo económico.
C) ¿Qué motivos tenía el Estado para vender las propiedades desamortizadas?
El principal motivo de esta ley es establecer un proceso de reforma agraria contra las “manos muertas”, o sea, tierras y bienes que no se podían comprar ni vender por ser de la Iglesia, de los municipios o de los mayorazgos En la presente acción se trata de nacionalizar los bienes del clero regular, por lo que se procedió a la disolución de conventos, lo cual a su vez motivó la excomunión por parte del Papa.
Sus objetivos serán:
-- Conseguir dinero para la hacienda, agotada por las necesidades de la guerra civil. El proceso no disminuyó la deuda pública, pero se pudo pagar al ejército.
-- Crear un grupo de nuevos propietarios entre el campesinado para aumentar la base social del régimen. Pero los campesinos no accedieron a la propiedad, que quedó en manos de latifundistas y burgueses, salvo en las zonas donde predominaba a pequeña propiedad como en el norte.
La desamortización fracasa en sus objetivos sociales pero consigue mantener la guerra y aumentará la capacidad productiva nacional.
6.-PROCLAMA DE LOS SUBLEVADOS EN CÁDIZ: 19 DE SEPTIEMBRE DE 1868.
Españoles:
La ciudad de Cádiz, puesta en armas con toda su provincia, con la armada anclada en el puerto... declara solemnemente que niega su obediencia al gobierno que reside en Madrid, segura de que es leal interprete de todos los ciudadanos que no hayan perdido el sentimiento de la dignidad, y resuelta a no deponer las armas hasta que la Nación recobre su soberanía, manifieste su voluntad y se cumpla.
Hollada la ley fundamental, corrompido el sufragio por la amenaza y el soborno, muerto el municipio, pasto de la administración y la hacienda de la inmoralidad, tiranizada la enseñanza, muda la prensa...
Queremos una legalidad común, por todos creada; queremos vivir la vida de la honra y la libertad.
Queremos que un gobierno provisional, que represente todas las fuerzas vivas del país, asegure el orden, en tanto que el sufragio universal echa los cimientos de nuestra regeneración social y política.
Contamos con el concurso de todos los liberales, con el apoyo de las clases acomodadas, que no querrán que el fruto de sus sudores siga enriqueciendo la interminable serie de favoritos; con los amantes del orden, con los ardientes partidarios de las libertades individuales, con el apoyo de los ministros de altar, con el pueblo todo y con aprobación, en fin, de la Europa entera...
Españoles: acudid todos a las armas, único medio de economizar la efusión de sangre. Sed, como siempre, valientes y generosos. La única esperanza de nuestros enemigos consiste ya en los excesos a que desean vernos entregados...
¡Viva España con honra! Cádiz, 19 de septiembre de 1868.Duque de la Torre.- Juan Prim.- Domingo Dulce.- Francisco Serrano.- Ramón Nonvilas.- Rafael Primo de Rivera.- Antonio Caballero de Rodas.- Juan Topete.
CLASIFICACIÓN
Nos encontramos ante una fuente primaria de carácter político de naturaleza histórico-circunstancial de autor colectivo. Todos los firmantes son los principales mandos militares sublevados en Cádiz, los cuales con su pronunciamiento dieron pie al movimiento político conocido como “la Gloriosa”, revolución que trato de establecer un autentico estado liberal en España asentándolo sobre bases democráticas.
Los firmantes pertenecen a los partidos unionista y progresista, enfrentados con los moderados, que desde 1866 gobiernan en solitario en medio de un ambiente generalizado de corrupción y autoritarismo. Destacan especialmente dos por su protagonismo posterior. Uno de ellos es el unionista Serrano, que será el vencedor en Alcolea y presidirá el gobierno provisional (1868-1869) hasta que fue nombrado regente del país (1869-1871). Posteriormente sería presidente de una republica (1874) agónica y dictatorial que pondría fin al sexenio. El otro es el progresista Prim, autentica alma de la revolución (el grito de guerra de la tropa era ¡Prim libertad!), héroe de las guerras coloniales en tiempos de O´Donnell, y en los últimos años agitador y conspirador en contra del trono de Isabel II. Desde el éxito de la revolución se mantendrá en un segundo plano tras Serrano (Ministro de la Guerra entre 1868-69, y jefe de gobierno durante la regencia), pero era el autentico hombre fuerte del régimen. Su misterioso asesinato días antes de la llegada de Amadeo I de Saboya a España comprometió seriamente la estabilidad del proyecto liberal democrático.
ANALISIS Y COMENTARIO
El texto es un manifiesto dirigido al pueblo español en donde trata de explicar las razones del pronunciamiento y cuales son sus objetivos.
El texto trata de justificar el alzamiento contra la legalidad vigente en razón a una situación que se hacía insostenible para cualquier liberal honrado. La corrupción y el atropello de las libertades obligan a los firmantes a sublevarse para restablecer el orden y la legalidad que “de facto” se hallaban atropelladas.
El alzamiento se inicia en Cádiz, tal y como dice el texto, y más concretamente en el seno de la Armada que estaba allí fondeada al mando del almirante Topete, otro de los conspiradores. La rebelión se efectúa sobre el “gobierno de Madrid”, es decir contra el gobierno moderado dirigido en los últimos años por Narváez (muerto ese mismo año) y Bravo Murillo, pero también contra el trono Isabelino, aunque aquí no lo cite. Estos gobiernos para responder a la protesta generalizada habían recurrido a medidas y leyes anticonstitucionales, de ahí la referencia a que no se respetaba la constitución. La “regeneración social y política” que se pide viene provocada por el ambiente de corrupción que se instala en los ministerios y hasta en la misma corona. La manipulación en las elecciones era algo sabido por todos y apenas disimulado. Para luchar contra esto se propone el establecimiento del sufragio universal, una de las medidas consensuadas en el pacto de Ostende (1866) entre demócratas y progresistas y al que posteriormente se le unen los unionistas. Esta unión de partidos liberales se trata de expresar en el texto cuando habla de la participación de los liberales de forma “unánime y compacta”. Esta alianza se extiende, según los firmantes, a todos los grupos sociales, empezando con las clases altas y siguiendo con el clero, que pese a todo eran la base social de los moderados y en gran parte seguían apoyándolos.
VALORACIÓN
En el texto se resaltan algunos valores propios del liberalismo más clásico: libertades individuales, orden, legitimidad del enriquecimiento (defensa propiedad privada)... todos ellos se corresponden a la ideología unionista y progresista de sus creadores, un tanto diferenciada del otro grupo que participó en la revolución, los demócratas, los cuales contribuyeron al éxito de la revuelta alzándose en las principales ciudades y creando Juntas revolucionarias, que más tarde serian disueltas por estos militares para evitar que la revolución tomase derroteros no deseados por ellos. El manifiesto acaba con una invocación a la participación popular en la revolución y con el grito “¡Viva España con honra!” que hace referencia a los desmanes de la Corte originado por la camarilla y por la propia reina que son el escándalo de la sociedad imbuida en una fuerte mentalidad conservadora en lo que a moral se refiere.
Vocabulario relacionado con el tema
- Constitución:
Es la norma básica de una nación. Ninguna ley ni ninguna persona puede estar por encima de ella. Solo la soberanía nacional, ejercida a través del Parlamento, puede alterarla parcial o totalmente. El resto del sistema jurídico debe establecerse en los parámetros que esta ley establece. El sistema constitucional es uno de los aspectos básicos del liberalismo político. Su finalidad debe ser la de establecer los derechos y las obligaciones de los ciudadanos para preservar la libertad del individuo frente a la tiranía. El modelo constitucional nacido a finales del XVIII en EEUU. y Francia, y se inspira en el modelo de República de la Grecia clásica y en el sistema inglés. Este sistema es creado por la burguesía para acabar con el absolutismo. La constitución a la que hace referencia el texto es la de 1845. Después de la revolución se creará la de 1869.
Sufragio universal:
Sistema electoral en el que se concede a todos los ciudadanos de un estado el derecho al voto. La constitución de 1812 reconocía este derecho (sufragio universal indirecto masculino), pero en las constituciones posteriores se impone el sufragio censitario. No vuelve a reconocerse el sufragio universal hasta la constitución de 1869, tal y como se había establecido en el pacto de Ostende. En la Constitución de 1876 no se establece este tipo de sufragio. En 1890 los liberales de Sagasta restablecen el sufragio universal, pero su aplicación práctica quedó limitada por el fraude electoral. En 1932 el sufragio universal fue pleno al aprobarse el voto de la mujer. Desde entonces ninguna constitución ha restringido el derecho del sufragio.
Los liberales:
Son los seguidores del liberalismo, ideología encaminada a la salvaguarda de la libertad del individuo. Esta doctrina nace de las corrientes ilustradas radicales y del parlamentarismo inglés, y tiene como principal premisa que todos los seres humanos tenemos una serie de derechos por naturaleza. El estado debe respetar esos derechos y para eso es necesaria una Constitución, ley suprema que esta por encima de todas las leyes y los hombres de una nación. En esta ley magna debe quedar reflejados estos derechos y la división de poderes, necesaria para que ningún hombre pueda sojuzgar a otro.
Para el liberalismo todos los hombres son iguales ante la ley, por lo tanto no puede haber diferencias jurídicas por la sangre. Esto rompe la sociedad estamental y trae la sociedad de clases. Otro elemento fundamental es la consideración de que el poder político procede del conjunto de individuos (soberanía nacional) y no de una persona supuestamente escogida por la providencia (soberanía real). Para terminar destacar otro aspecto fundamental del liberalismo: La libertad económica. Idea extraída del liberalismo económico inglés de Adam Smith y que favorece la difusión del capitalismo en detrimento del feudalismo.
En estos momentos el liberalismo español estaba representado por cuatro grupos:
· Los moderados. En el gobierno, seguidores del liberalismo doctrinario.
· Los unionistas. Tratan de combinar las libertades de los progresistas con el orden social de los moderados.
· Los progresistas. Inspirados en el krausismo.
· Los demócratas. Escisión de los progresistas ante su aceptación del sufragio censitario y sus titubeos con la Soberanía compartida. De ellos nacerá el republicanismo español.
La Revolución de 1868, conocida como “La Gloriosa”, no es un pronunciamiento liberal más. Va a ser el intento de llegar a la revolución burguesa plena. Sus contradicciones y la dinámica de la sociedad española harán fracasar el intento en 1874.
Desde 1863 se van a producir una serie de gobiernos de corta duración que irán mostrando el agotamiento del modelo moderado hasta la eclosión de la “Gloriosa” en 1868.
En los primeros gobiernos de este periodo participaron los unionistas con O´Donnell al frente implicándose en la defensa del orden isabelino de forma sangrienta (Noche de San Daniel 1865).Pero desde 1866 los unionistas rompen con la Corte. Esto y la muerte de O´Donnell (1867, El general permaneció fiel a Isabel hasta el final) acabará empujando a la Unión Liberal hacía la conspiración contra la monarquía isabelina.
Desde 1866 el único apoyo de Isabel II era el partido moderado al cual conducían Narváez y Bravo Murillo. Pero la situación era muy inestable: · El desprestigio de la Corte iba en aumento por los desmanes de la Reina
La oposición se organizaba. Los progresistas en claro rechazo hacía el régimen (desde 1863 no participaban en las elecciones) pactan con los demócratas. Es la reunión de Ostende (Julio de 1866) en donde ante la incapacidad del régimen de evolucionar democráticamente los dos partidos pactan un programa común: Fin de Isabel II, nueva constitución y sufragio universal. El alma del pacto fue Prim, quien se convertirá en la cabeza de la conspiración. Hasta tres pronunciamientos frustrados encabezó hasta el que tuvo éxito. En 1867 los unionistas encabezados por Dulce y Serrano se incorporan al pacto.
La muerte de los viejos líderes partidarios de Isabel O´Donnell en 1867 y sobre todo Narváez en 1868 dejan huérfana a la Reina.
La crisis financiera de 1866. Provoca el cierre de pequeños bancos y será la causa de la crisis de subsistencias de 1868.
El clima político y social contra Isabel iba en aumento. Los moderados solo sabían combatirlo con mas represión (numerosos fusilamientos, supresión de las garantías constitucionales) y con medidas y leyes anticonstitucionales, lo cual solo empeoraba las cosas. Es entonces cuando en 1868 se produce una revolución que pondrá fin al reinado de Isabel II y establecerá un régimen democrático en España. El proceso tiene una doble vertiente:
· Pronunciamiento militar el 17 de Septiembre en la Bahía de Cádiz. El almirante Topete subleva la Armada. Prim se pone al frente de la rebelión a la que se unen Serrano y Dulce. Todos estos militares son liberales y monárquicos y representan los intereses de cambio de la burguesía “acomodada” con el actual orden social.
· Juntas revolucionarias se constituyen en las principales ciudades en contra del gobierno y asumiendo el control local. En estas Juntas tiene una gran importancia los elementos del partido democrático. Representan los intereses de la pequeña burguesía (cercana a los intereses populares) representados por Pi y Margall y sus proyectos sobre la República federal.
La actuación conjunta de estos dos grupos de objetivos diferentes responde a esa gran coalición liberal-burguesa democrática contra Isabel II de unionistas, progresistas y demócratas. Los moderados no saben que hacer. Un ejército es enviado sobre la columna del general Serrano que avanza sobre Madrid pero es vencido tras breve combate en Alcolea. La reina que estaba en San Sebastián cruza la frontera y se exilia en Francia. La Revolución ha triunfado.
Para evitar el auge de las ideas republicanas en la Juntas, Prim impulsa la formación de un GOBIERNO PROVISIONAL formado por progresistas, Prim (Guerra), Ruiz Zorrilla (Fomento), Sagasta (Gobernación. Reprimirá las primeras sublevaciones federalistas y unionistas como Topete (Marina). El gobierno será presidido por Serrano. No hay demócratas. Su acción tendrá un doble sentido:
· Moderarán la revolución para que no caiga en avances sociales y veleidades republicanas según su ideología monárquica. Para eso disolverán las Juntas revolucionarias, algunas de las cuales ya estaban pidiendo la Republica Federal y la supresión de quintas, sustituyéndolas por ayuntamientos democráticos.
· Legislaran para instalar un sistema democrático:
-- Libertad de culto
-- Libertad de enseñanza
-- Sufragio universal (mayores de 25)
-- Libre asociación. Esto permitirá la llegada de la AIT a España implantándose en Madrid y Barcelona grupos bakuninistas (anarquistas).-- Libertad de imprenta
-- Supresión de impuestos indirectos. (Lo que provocó problemas fiscales al estado y a los ayuntamientos)
ALGUNOS ARTÍCULOS DE LA CONSTITUCIÓN DE 1869.
La Nación española y en su nombre las Cortes Constituyentes, elegidas por sufragio universal... decretan y sancionan la siguiente Constitución.
Art. 16. Ningún español que se halle en el pleno goce de sus derechos civiles podrá ser privado del derecho de votar en las elecciones de senadores, diputados a Cortes, diputados provinciales y concejales.
Art. 17. Tampoco podrá ser privado ningún español:
Del derecho de emitir libremente sus ideas...
Del derecho a reunirse pacíficamente.
Del derecho de asociarse para todos los fines de la vida humana...
Art. 21. La Nación se obliga a mantener el culto y los ministros de la religión católica. El ejercicio público o privado de cualquier otro culto queda garantizado...
Art. 32. La soberanía reside esencialmente en la Nación, de la cual emanan todos los poderes.
Art. 33. La forma de Gobierno de la Nación española es la Monarquía.
Art. 34. La potestad de hacer las leyes reside en las Cortes. El Rey sanciona y promulga las leyes.
Art. 93. Se establecerá el juicio por jurados...
Art. 108. Las Cortes Constituyentes reformarán el sistema actual del gobierno de las provincias de Ultramar, cuando hayan tomado asiento los diputados de Cuba y Puerto Rico…
CLASIFICACIÓN
El Gobierno Provisional convoca elecciones para la Asamblea Constituyente en Enero de 1869. Hay dudas en la limpieza de las elecciones por manejos de Sagasta. De cualquier forma triunfaron los monárquicos progresistas de Prim. Esta Asamblea redactará en pocos meses la Constitución de 1869 (Junio), la cual establece los principios democráticos con un completo reconocimiento de los derechos de los ciudadanos y estableciendo el sufragio universal. El estado se organiza como una monarquía constitucional con unas Cortes bicamerales y una clara división de poderes (Ejecutivo rey y ministros, Legislativo Cortes y Judicial tribunales). Ante la ausencia de un rey y el rechazo a la vuelta de la familia Borbón se nombra como regente a Serrano.
El texto es jurídico. Se trata de la Constitución elaborada en junio de 1869 por el parlamento constituyente elegido por las elecciones de enero de ese mismo año. Las elecciones (por sufragio universal) habían sido convocadas por el gobierno provisional que se había hecho cargo del poder tras la victoriosa revolución de 1868 (“la Gloriosa”, que había provocado el exilio de Isabel II a Francia), y del que Prim y Serrano eran los personajes más relevantes. El Parlamento estuvo dominado por políticos de tendencia monárquica y progresista, lo que caracterizaría la redacción del texto legal.
El objetivo de la constitución fue el de construir el entramado legal para que en España se consolidase un autentico régimen democrático bajo la forma de la monarquía.
ANALISIS Y COMENTARIO
- La Constitución de 1869 recoge una amplísima declaración de derechos individuales, la más extensa hasta entonces. Ejemplo de esto son los artículos 2, 3, 4, 21 y 26. Dentro de lo que es el marco de la ideología liberal, se pretende establecer un marco apropiado para que se desenvuelva la libertad de los ciudadanos, evitándose situaciones de autoritarismo gubernamental, como las ocurridas en época de los gobiernos conservadores de Isabel II. Los tres primeros artículos citados se refieren básicamente a las garantías judiciales de la población-
- Mención aparte merece el artículo 21 que por primera vez en España declara la libertad de culto (aunque no el laicismo estatal, pues el gobierno se compromete a mantener el culto católico). Es la primera vez que ocurre esto con una constitución. Hasta ahora todos los textos legales declaraban la religión católica como la oficial, y la hacían obligatoria para los ciudadanos.
- El artículo 32 establece la Soberanía Nacional. Este era uno de los elementos claves de la ideología liberal, y había sido defendida por los progresistas (antes exaltados y radicales) y los demócratas (frente a los conservadores partidarios de la soberanía compartida), pero salvo en la constitución del 12 este principio no había sido recogido en los textos constitucionales promulgados (Estatuto real, constituciones de 1837 y 45) en parte por las cesiones de los progresistas ante los moderados, en parte por el triunfo de los segundos.
- La forma del estado era el de monarquía.(Art 33).- La “Gloriosa” había sido iniciada por militares unionistas y progresistas que habían logrado controlar los alzamientos populares y encauzarlos a favor de la monarquía. Pero ni estos grupos, ni por supuesto los demócratas, querían a la familia de Isabel II en el trono, por tanto una de las primeras preocupaciones del nuevo gobierno fue buscar un candidato al trono. El elegido será Amadeo de Saboya, pero la decisión no fue fácil y hasta provocó graves conflictos diplomáticos que fueron el origen de una guerra (franco-prusiana de 1870).
- Los artículos 34, 35 y 36 recogen una clara división de poderes, uno de los hitos de la ideología liberal.
En el art. 34 se habla de las Cortes: la tarea legislativa se reserva en exclusiva al parlamento, relegando al rey y a los ministros la tarea ejecutiva.
- En el art. 92 se instauran los Jurados.
- En el art. 108 se habla de una reforma de la administración de los territorios de ultramar.
MARCO HISTÓRICO.
Desde 1863 se producen una serie de gobiernos de corta duración que marcan la crisis del moderantismo. En 1866 los unionistas rompen con la Corte y en 1867 se unen a demócratas y progresistas en contra de la reina. Estos dos grupos políticos habían abandonado sus diferencias y habían firmado en 1866 el pacto de Ostende con un programa común: derrocamiento de Isabel II, nueva constitución y sufragio universal. El alma del acuerdo había sido Prim, el cual intentaría varios pronunciamientos en estos años. El relativo moderantismo del líder revolucionario acercó a los unionistas Dulce y Serrano al pacto. La crisis financiera y la muerte de O´Donnell (1867) y Narváez (1868), favorecieron las pretensiones de los conspirados, quienes se pronunciaron el 17 de septiembre en la Bahía de Cádiz con la ayuda del almirante Topete, que subleva a la armada. Ante el anuncio de la sublevación de estos militares liberales monárquicos, se suceden una serie de alzamientos populares en las principales ciudades que adoptaron la forma de Juntas Revolucionarias, en las que tendrán un protagonismo especial los elementos democráticos. La reina se exilia tras el combate de Alcolea y Prim impulsa la formación de un gobierno provisional formado por progresistas y unionistas que se planteara la democratización del país, pero también la moderación de la revolución para que no se altere el orden social o se caiga en aventuras republicanas.
· Juntas revolucionarias se constituyen en las principales ciudades en contra del gobierno y asumiendo el control local. En estas Juntas tiene una gran importancia los elementos del partido democrático. Representan los intereses de la pequeña burguesía (cercana a los intereses populares) representados por Pi y Margal y sus proyectos sobre la República federal.
La actuación conjunta de estos dos grupos de objetivos diferentes responde a esa gran coalición liberal-burguesa democrática contra Isabel II de unionistas, progresistas y demócratas. Los moderados no saben que hacer. Un ejército es enviado sobre la columna del general Serrano que avanza sobre Madrid pero es vencido tras breve combate en Alcolea. La reina que estaba en San Sebastián cruza la frontera y se exilia en Francia. La Revolución ha triunfado.
Para evitar el auge de las ideas republicanas en la Juntas, Prim impulsa la formación de un GOBIERNO PROVISIONAL formado por progresistas, Prim (Guerra), Ruiz Zorrilla (Fomento), Sagasta (Gobernación. Reprimirá las primeras sublevaciones federalistas y unionistas como Topete (Marina). El gobierno será presidido por Serrano. No hay demócratas. Su acción tendrá un doble sentido:
· Moderarán la revolución para que no caiga en avances sociales y veleidades republicanas según su ideología monárquica. Para eso disolverán las Juntas revolucionarias, algunas de las cuales ya estaban pidiendo la Republica Federal y la supresión de quintas, sustituyéndolas por ayuntamientos democráticos
· Legislaran para instalar un sistema democrático:
-- Libertad de culto
-- Libertad de enseñanza
-- Sufragio universal (mayores de 25)
-- Libre asociación. Esto permitirá la llegada de la AIT a España implantándose en Madrid y Barcelona grupos bakuninistas (anarquistas).
-- Libertad de imprenta
-- Supresión de impuestos indirectos.(Lo que provocó problemas fiscales al estado y a los ayuntamientos)
-Principios fundamentales de la Constitución de 1869.
La constitución de 1869 pretendía establecer una monarquía constitucional en España de signo claramente democrático (reconocimiento del sufragio universal). El esquema del estado estaba marcado por una clara división de poderes, en donde el legislativo estaría en manos de un parlamento bicameral (el senado también era electivo), el judicial en los tribunales independientes, y el ejecutivo en los ministros y el rey, al cual se habían limitado mucho en sus poderes con respecto a constituciones anteriores.
Uno de los elementos más destacados es la amplitud de los derechos ciudadanos amparados por el texto legal: libertad de imprenta, de enseñanza, de culto, de asociación (lo que permite la aparición de la AIT en España), a la libertad (abolición de la esclavitud)... etc. Otro aspecto a destacar es que frente al centralismo del periodo anterior, ahora se busca la descentralización. Por supuesto, los alcaldes serán democráticos.
-El cantonalismo y el origen del movimiento obrero.
Tras la abdicación de Amadeo I de Saboya se proclamó la República. A los pocos meses de la proclamación estallará el movimiento cantonal.
El cantonalismo fue un movimiento revolucionario que se dio en gran parte de las ciudades andaluzas y el litoral levantino (excepto Cataluña). En él participaron importantes sectores populares, pero especialmente destacaron los grupos de la baja burguesía. La ideología cantonalista no está demasiado clara, responde a una concepción confederal del estado y trata de construir el estado desde abajo. En ocasiones parece también responder a necesidades de la clase trabajadora, pero salvo en el caso de Alcoy, los grupos del movimiento obrero (socialistas y anarquistas), apenas tienen incidencia. Sorprende que las sublevaciones cantonales de julio de 1873 coincidan con el gobierno de Pi y Margal, el cual trataba de dar una estructura federal a la república, pero la impaciencia y la desconfianza pudieron más que la moderación. La actitud poco belicosa de Pi y Margall contra los sublevados le lleva a la dimisión y a su sustitución por Salmerón, quien no duda de usar al ejército contra las ciudades sublevadas. Durante su presidencia y la de Castelar se logra controlar la situación salvo en Cartagena (el lugar donde se inició el proceso). Al ser plaza militar y contar con una parte de la flota aguantó hasta enero de 1874.
El derecho a la libre asociación permitido por la Constitución de 1869 permitió el desarrollo de las ideologías obreras en España y la formación de las primeras organizaciones legales. En los primeros años hay una cierta identificación de los sectores obreros con el republicanismo federal que recoge algunas de sus aspiraciones. La AIT manda delegados italianos (bakuninistas) que impulsan la formación de núcleos iniciales en Madrid y Barcelona que van a crecer ante los sucesos posteriores del sexenio. En 1870 estos grupos originan la Federación Regional Española de la AIT que ya se expande además por Valencia y Andalucía. Al ser mayoritaria la tendencia anarquista, la federación se opuso a participar en política, lo que provocó la oposición y posterior expulsión de la federación madrileña (1872), seguidora de las tesis marxistas, que será el germen del PSOE y la UGT. Los grupos conservadores culparan a la AIT de la insurrección cantonalista de 1873 (especialmente a los grupos anarquistas, lo cual no esta nada claro) lo que provocará su ilegalización. Las organizaciones obreras permanecerán en la clandestinidad hasta 1888.
CONCLUSIÓN
Se trata de un texto constitucional, redactado por unas Cortes Constituyentes elegidas por sufragio universal, que establece un amplio catálogo de libertades (de opinión, de reunión, de asociación, de culto), establece la soberanía nacional, la monarquía como forma de gobierno, deja el poder legislativo exclusivamente en manos de las Cortes y finalmente establece los juicios por jurados para todos los delitos políticos. Finaliza con el artículo 108 que manifiesta la intención de cambiar el sistema de gobierno de nuestras colonias de ultramar.
La constitución de 1869 es consecuencia de la revolución de septiembre de 1868. Los revolucionarios triunfantes ponen en marcha los puntos del Pacto de Ostende firmado en 1866 por unionistas, progresistas y demócratas, y entre ellos, la elección por sufragio universal masculino de unas cortes constituyentes que deciden el futuro del país, en especial su forma de gobierno: monarquía o república.
Estas elecciones fueron ganadas por los candidatos monárquicos y sólo algunos diputados del Partido Demócrata apoyaron la república. Esto obligó, tras la marcha al exilio de Isabel II, a buscar un nuevo rey para España que finalmente será Amadeo I de Saboya.
Esta constitución, además de monárquica, va a ser la primera democrática de nuestra historia y una de las primeras de Europa.
En resumen, era la primera Constitución democrática en España, inspirada en la de 1812, pero modernizada, que representaba los intereses de las clases medias progresistas. Sustituía a la Constitución de 1845, típica del liberalismo doctrinario, que no defendía ni la soberanía nacional ni el sufragio universal y restringía muchísimo las libertades individuales. Pero ni los republicanos ni sus simpatizantes estarán a gusto con esta Constitución, por establecer la monarquía y mucho menos los sectores situados más a la izquierda: el movimiento obrero (socialistas y anarquistas). Tampoco gustó a la derecha, ni a los carlistas ni a los moderados que la considerarán muy avanzada. Será sustituida por el proyecto de Constitución federal de la Primera República -que no llegó a promulgarse- y luego, por la Constitución de 1876, moderada, con soberanía compartida y sufragio censatario, pero flexible y que desde 1890 incorpora amplias libertades y el sufragio universal masculino.
La Constitución de 1869 fue hasta la de 1931 (Segunda República), la más avanzada y democrática de las que se hicieron en España. Fue el primer intento, fallido de democratizar España
8.-AMADEO I RENUNCIA A LA CORONA DE ESPAÑA.
“Al Congreso:
«Grande fue la honra que merecía la Nación española eligiéndome para ocupar su trono, honra tanto más por mí apreciada cuanto se me ofrecía rodeada de las dificultades y peligros que lleva consigo la empresa de gobernar un país tan hondamente perturbado (…)
Conozco que me engañó mi buen deseo. Dos años ha que ciño la corona de España, y la España vive en constante lucha., viendo cada día más lejana la era de paz y ventura que tan ardientemente anhelo. Si fuesen extranjeros los enemigos de su dicha, entonces, al frente de estos soldados, tan valientes como sufridos, sería el primero en combatirlos, pero todos los que con la espada, con la pluma, con la palabra, agravan y perpetúan los males de la Nación son españoles; todos invocan el dulce nombre de la patria, todos pelean y se agitan por su bien, y entre el fragor del combate, entre el confuso, atronador y contradictorio clamor de los partidos, entre tantas y tan opuestas manifestaciones de la opinión pública, es imposible atinar sobre cuál es la verdadera, y más importante aún, hallar el remedio para tamaños males. Lo he buscado ávidamente dentro de la ley y no lo he hallado. Fuera de la ley no ha de buscarlo quien ha prometido observarla. Nadie achacará a flaqueza de ánimo mi resolución (…)
Estas son, señores diputados, las razones que me mueven a devolver a la Nación y en su nombre a vosotros la corona que me ofreció el voto nacional, haciendo de ella renuncia por mí, por mis hijos y sucesores» Amadeo, Palacio de Madrid 11 de febrero 1873.
CLASIFICACIÓN
1. Se trata de un texto político, ya que a través de este discurso el rey explica su decisión de abdicar de la Corona española. Es una fuente primaria porque es contemporáneo de los hechos de los que habla.
Las circunstancias son los momentos finales de la monarquía de Amadeo I, que desde 1871 había ocupado el trono español con numerosas dificultades, ya que no fue bien aceptado ni por republicanos, ni por canovistas ni por el ejército, y su único valedor, el general Prim, uno de los líderes de la Revolución de 1868 fue asesinado días antes de que el monarca llegara a España. Precisamente fue su voluntad de reconciliarse con el ejército lo que llevó a Amadeo a ponerse del lado del Cuerpo de Artillería tras ser éste suprimido por el gobierno después de que algunos de sus integrantes protagonizaran altercados con motivaciones políticas. Sin embargo, las Cortes dieron la razón al gobierno, haciendo ver al rey que no contaba con el respaldo parlamentario, lo que unido al atentado que sufrió le llevaron a abdicar.
El destino del texto son las Cortes, como se indica en el texto cuando el rey se dirige a los “señores diputados”.
El propósito es explicar las razones de la abdicación y justificar su actuación como rey.
ANALISIS Y COMENTARIO
La idea principal del texto es la división interna del liberalismo español a finales del siglo XIX; el propio Amadeo expone en su discurso que el enemigo del país son las facciones que están más preocupadas de luchar entre ellas y acceder al poder que de gobernar un Estado que llevaba a la deriva largo tiempo.
Otra idea del texto sería la debilidad de este sistema liberal, que busca casi a la desesperada una fórmula que le permita afianzarse, en un momento en el que cada cual pretende imponer la suya.
Otra idea es la coherencia liberal de Amadeo, que al comprender que no cuenta con el apoyo de las Cortes, órgano que representa la soberanía nacional, no está legitimado para seguir ocupando el trono.
También observamos la debilidad de la institución monárquica, muy tocada en su credibilidad después de los problemas surgidos por la actuación de Isabel II.
VALORACIÓN
-- La monarquía de Amadeo I llega tras la expulsión de Isabel II en la Revolución Gloriosa de 1868, que dejó a España como una monarquía sin rey. Tras muchos problemas para encontrar un monarca, el trono recayó en Amadeo de Saboya, hijo de Víctor Manuel II de Italia, un rey muy apreciado por haber encabezado la unidad de Italia y haberlo hecho desde las bases del liberalismo político. Sin embargo Amadeo se enfrenta a un país dividido, atrasado económicamente y en el que la clase política no le acepta, por lo que le será prácticamente imposible llevar a cabo ninguna de las reformas planeadas.
--- La consecuencia de esta abdicación será la proclamación de la PRIMERA REPÚBLICA en España, que tendrá una duración efímera y será un periodo de gran inestabilidad al estallar muchas de las tensiones ya existentes desde antes.
9.-ALGUNOS ARTICULOS DEL PROYECTO CONSTITUCIONAL DE 1873
“Art. 1. Componen la Nación española los Estados de Andalucía Alta, Andalucía Baja, Aragón, Asturias, Baleares, Canarias, Castilla la Nueva, Castilla la Vieja, Cataluña, Cuba, Extremadura, Galicia, Murcia, Navarra, Puerto Rico, Valencia, Regiones Vascongadas.
Los Estados podrán conservar las actuales provincias o modificarlas, según sus necesidades territoriales.
Art. 39. La forma de gobierno de la Nación española es la República federal.
Art. 92. Los Estados tienen completa autonomía económico- administrativa y toda la autonomía política compatible con la existencia de la Nación.
Art. 93. Los Estados tienen la facultad de darse una Constitución política que no podrá en ningún caso contradecir a la presente Constitución.
Art. 96. Los Estados regirán su política propia, su industria, su hacienda, sus obras públicas, sus caminos regionales, su beneficencia, sus instrucción y todos los asuntos civiles y sociales que no hayan sido por esta Constitución remitidos al Poder federal.”
(Palacio de las Cortes, 17 de julio de 1873)
CLASIFICACIÓN
Este fragmento corresponde al proyecto constitucional de 1873, es, por tanto, un texto jurídico –o legislativo–, circunstancialmente histórico, considerándose una fuente primaria ya que la información es directa y coetánea a los hechos. El autor es colectivo –las Cortes de la PRIMERA REPÚBLICA–, aunque su principal redactor fue el político Emilio Castelar. El destinatario es colectivo al ser un texto público dirigido a la nación española.
Entre las acciones políticas de la PRIMERA REPÚBLICA destaca la realización de una nueva Constitución, que se adaptara al nuevo sistema político y actualizara la estructura institucional del Estado, ya que en las Cortes de junio de 1873 obtienen mayoría los republicanos federales, siendo Pi i Margal, principal defensor del federalismo, el presidente del nuevo gobierno tras Estanislao Figueras.
Este proyecto constitucional no llegó a aprobarse por el estallido de los movimientos cantonalistas, la conflictividad social, la extensión de la guerra carlista y el problema cubano, que desestabilizaron el régimen y que dieron paso, a finales de julio de 1873, a un nuevo gobierno, el de Nicolás Salmerón, de tendencia conservadora.
ANALISIS Y COMENTARIO
Debido al carácter normativo del texto pueden establecerse como ideas principales los distintos artículos recogidos en el fragmento:
La primera idea destacada viene ya mencionada en el preámbulo al articulado de la Constitución, donde de establece la defensa de los derechos naturales de los ciudadanos, lo que supone claramente el carácter democrático de este texto constitucional.
En el primer artículo se establece la organización territorial de la Nación española, dividida es diversos Estados, los correspondientes a las regiones tradicionales peninsulares e insulares, excepto en la caso de Andalucía que queda dividida en dos por criterios geográficos, a los que se suman Cuba y Puerto Rico, quedando establecida así su integración en la Nación y perdiendo, por tanto, el carácter colonial.
En el artículo 39 recogido en este fragmento se hace alusión al modelo de gobierno y su organización. El proyecto constitucional de 1873 establece una república federal como modelo de gobierno y una jerarquía político–territorial en la que el Estado–Nación queda constituido y representado por la Federación y las Regiones, establecidas en el artículo primero, conforman los Estados federados.
- En los artículos 92, 93 y 96 se trata de la autonomía de los distintos Estados.
COMENTARIO:
En otros artículos no seleccionados se establece la soberanía popular (42),la división de poderes (45 y 49).Se añade un cuarto poder nuevo el de relación de relación entre los mismos que tiene el Presidente de la República.
El tipo de soberanía queda determinado en el artículo 42 que establece la soberanía popular. Asimismo, en este artículo se establece el sufragio universal como sistema para la elección de los representantes de los ciudadanos en las instituciones republicanas. Hay que señalar que dicho sufragio universal es, aun en 1873, exclusivamente masculino.
Por último, los artículos 45 y 49 recogidos en este fragmento hacen mención a la división de poderes. Como es preceptivo en sistema democrático, el proyecto constitucional de 1873 establece la división de poderes: legislativo, ejecutivo y judicial –los tres poderes clásicos–, y un cuarto poder, el Poder de relación entre los anteriores y que es ejercido exclusivamente por el Presidente de la República. Este cuarto poder es novedoso en el constitucionalismo español y está determinado por el carácter federal del sistema político que intentó establecer este proyecto constitucional.
Periodo histórico transcurrido desde febrero de 1873 hasta enero de 1874, en el que por primera vez el Estado español se organizó mediante la forma de gobierno republicana y que formó parte de un proceso y una época más amplia conocidos como el Sexenio Democrático (1868-1874). El fracaso de la monarquía de Amadeo I, quien renunció de forma irrevocable al trono el 11 de febrero de 1873, abrió el camino a un régimen republicano que habría de durar un año escaso (11 meses), hasta el 3 de enero de 1874.
CONCLUSIÓN
Para concluir, como resumen del texto objeto de comentario, diremos que es un fragmento del proyecto constitucional de 1873 que recoge varios de sus artículos en relación al modelo de gobierno y forma de administración territorial.
En los otros artículos citados se trata de la declaración de derechos, soberanía, división de poderes.
La Primera república (1873-1874) intentó consolidar el sistema democrático iniciado en 1868, pero desde el principio el nuevo régimen se vio obligado a enfrentarse a graves problemas que provocaron su inestabilidad y su fracaso, entre ellos destacaron la división entre republicanos unitarios y federalistas, la guerra carlista, la de Cuba o el cantonalismo.
A principios de 1874 el gobierno de Castelar fue derrotado y ni el ejército ni las clases conservadoras estaban dispuestos a permitir un nuevo cambio de gobierno: en enero el general Pavía dio un golpe de estado dando fin al régimen republicano.
AMPLIACIÓN
Análisis de la Primera República española 1873
Después de repetidas elecciones generales y crisis de gobiernos que nada solucionaron, don Amadeo entregó su acta de abdicación el 11 de febrero de 1873. Inmediatamente, el Congreso y el Senado, constituidos en una sola Asamblea Nacional, dispusieron, de forma ordenada y pacífica, la proclamación de la República. Ésta había llegado al fin porque la monarquía se había quedado sin posibilidades de actuación.
La Asamblea designó a Estanislao Figueras como presidente de una república unitaria, pero inmediatamente chocó con los republicanos federales.
Su principal cometido era convocar unas Cortes Constituyentes para promulgar una nueva Constitución, con graves problemas por medio: una hacienda exhausta, una incipiente guerra carlista en el norte, el problema de Cuba y un Ejército inclinado al moderantismo y reacio a colaborar frente a la tensión de una calle dispuesta a llegar hasta el final en el proceso revolucionario. Pese a ello, en sus meses de gobierno pudo poner en marcha ciertas medidas democráticas, como la promulgación de una amplia amnistía o la abolición de la esclavitud en Puerto Rico y la supresión de las quintas.
Pero la república unitaria carecía de masas y de defensores cualificados, de modo que el resultado de las elecciones a Cortes dio el triunfo a los republicanos federales. El 1 de junio, Figueras devolvió el poder a las nuevas Cortes, y éstas proclamaron la República Democrática Federal, siendo propuesto como presidente del Gobierno el catalán Pi i Margal. Con el triunfo de los republicanos federales surgieron entre ellos discrepancias sobre los pasos que debían seguirse en la organización de la España federal -el nuevo modelo aparecía dividido en 17 estados, entre los que figuraban como tales Cuba y Puerto Rico-. Unos -los transigentes, que constituían la mayoría, encabezada por Pi i Margal- consideraban primordial conseguir el orden social para luego proceder a construir una república federal desde arriba; otros -los intransigentes-defendían que se debía comenzar por la construcción de la federación desde abajo, lograda la cual, decían, llegarían sin remedio la paz y el orden.
Ambos grupos presentaron a las Cortes sus propios proyectos para una Constitución federal; pero el de los intransigentes fue rechazado, por lo que estos se retiraron de las mismas el 1 de julio. Los intentos de Pi i Margal se dirigieron entonces a que el proyecto transigente fuera discutido y aprobado cuanto antes, pero no lo logró. Por otra parte, la retirada de los intransigentes fue el punto de partida de una revolución cantonal, que comenzó en Cartagena y luego se extendió por las ciudades del sur y el levante peninsular. En esta revolución cantonal -en la que cada población se proclamaba cantón independiente del poder central- confluyeron tres revoluciones distintas: la regionalista, la política y la social, reveladoras las tres de las aspiraciones federales. De hecho, las clases populares, creyendo encontrar en el federalismo la panacea de sus males -igualdad plena y un mayor reparto de la riqueza-, siguieron a los federales intransigentes, que querían dar el poder de decisión a las regiones y acabar con el centralismo.
Pi i Margal, al no poder alcanzar la aprobación del proyecto de Constitución y viéndose desbordado por la revolución de los cantones, dimitió el 18 de julio y le sucedió Salmerón. Éste, durante el escaso mes y medio de mandato, se limitó a restablecer militarmente el orden y a reprimir de modo especial los movimientos obreros internacionalistas, como sucedió en Alcoy; era la reacción de los republicanos unitarios, defensores del "orden social" frente al "orden natural de la libertad".
Pero a esta nueva república unitaria no le quedaba más remedio que girar a la derecha si quería salvarse como régimen. Salmerón dimitió por problemas de conciencia -no quiso firmar unas penas de muerte contra los revolucionarios-, y el 6 de septiembre fue elegido nuevo presidente del Gobierno el catedrático de la Universidad Central, Emilio Castelar.
Su programa se redujo, básicamente, a restablecer el orden; porque, si bien había finalizado el movimiento cantonal, quedaban otros focos de desorden: la guerra con los carlistas en el norte y la de Cuba. El giro a la derecha de Castelar y su llamada al Ejército para que mantuviera el orden llevaron a los diputados de izquierdas -los federales intransigentes- a procurar su dimisión para que la República virara de nuevo hacia la izquierda. Sin embargo, este intento fue interrumpido por el golpe de Estado del general Pavía -noche del 2 al 3 de enero de 1874-, quien, con fuerzas de la Guardia Civil, disolvió las Cortes Constituyentes, finalizando así la Primera República.
-La crisis del Sexenio y el paso al nuevo régimen.
Al no poder consolidarse la opción de una monarquía constitucional defendida por los militares que impulsaron la revolución, esta se radicalizó. A la abdicación de Amadeo de Saboya le sigue la proclamación de la PRIMERA REPÚBLICA (11 de Febrero de 1873). El grupo ganador en las elecciones (mayo 1873) fue el federalista. Pero la división en los republicanos, la guerra cubana y carlista, el escaso apoyo popular al nuevo régimen (60% de abstenciones) y, por último, el cantonalismo dieron al traste con la experiencia. Tras cuatro presidencias en ocho meses los militares dan un golpe de estado.
El general Pavía asalta las Cortes y se impone un gobierno al frente del general Serrano. El objetivo principal era restablecer el orden público frente al carlismo, los insurgentes cubanos y los últimos restos del cantonalismo (Cartagena). Pese a algunos éxitos, la situación seguía inestable por el escaso apoyo social que le quedaba al gobierno de Serrano. Esta situación es aprovechada por los monárquicos, liderados por Cánovas del Castillo, para fomentar entre la población la vuelta a la monarquía constitucional de los Borbones, esta vez en la figura del joven Alfonso, al haber abdicado su madre en su favor. Algunos militares monárquicos impacientes aceleran los planes de Cánovas.
El 29 de diciembre de 1874 el general Arsenio Martínez Campos se subleva en Sagunto, proclamando al hijo de Isabel II como rey de España. El pronunciamiento tiene éxito, Serrano se exilia y se forma un gobierno provisional con Cánovas a la cabeza que prepara la vuelta del monarca a España. Alfonso XII entrará en el país en enero de 1875 tratando de conseguir un ambiente de moderación y conciliación.
10.- MANIFIESTO DE SANDHURST. 1 DE DICIEMBRE DE 1874.
He recibido de España un gran número de felicitaciones con motivo de mi cumpleaños. Cuantos me han escrito muestran igual convicción de que sólo el restablecimiento de la Monarquía Constitucional puede poner término a la incertidumbre que experimenta España. Dícenme que antes de mucho estarán conmigo todos los de buena fe sean cuales fueren sus antecedentes políticos, comprendiendo que no pueden tener exclusiones ni de un monarca nuevo y desapasionado, ni de un régimen que represente la unión y la paz...
Por virtud de la espontánea y solemne abdicación de mi augusta madre, tan generosa como infortunada, soy único representante yo del derecho monárquico en España...
Por todo esto, sin duda, lo único que inspira ya confianza en España es una Monarquía hereditaria y representativa. En el entretanto, no sólo está hoy por tierra todo lo que en 1868 existía... Si de hecho se halla abolida la Constitución de 1845, hallase de hecho abolida la que en 1869 se formó sobre la base inexistente de la Monarquía...
No hay que esperar que decida yo nada de plano y arbitrariamente... Llegado el caso, fácil será que se entiendan un príncipe leal y un pueblo libre...
Sea la que quiera mi propia suerte, ni dejaré de ser buen español, ni, como todos mis antepasados, buen católico, ni, como hombre del siglo, verdaderamente liberal.
Alfonso de Borbón, Sandhurst, 1 de diciembre de 1874.
CLASIFICACIÓN
El texto es un fragmento del Manifiesto de Sandhurst firmado por Alfonso XII, hijo de Isabel II, quien defiende la vuelta a la monarquía borbónica como medio de garantizar las leyes y el progreso de España. Se trata de una fuente histórica primaria y directa, de naturaleza político-circunstancial y documento público: importante para conocer el ideario político del futuro rey y de Cánovas del Castillo.
El autor es Alfonso XII, aunque son muchos los historiadores que piensan que fue redactado o al menos inspirado por Cánovas del Castillo, que lideraba un amplio sector de la burguesía española partidaria de la restauración de la dinastía Borbónica, después de la inestabilidad política del Sexenio Democrático (1868-1874). Tiene ese nombre por proceder del lugar de Inglaterra en cuya escuela militar se encontraba formándose el joven príncipe.
Está fechado el 1 de diciembre de 1874, y está dirigido a toda la nación española. Dando a conocer su postura política, si se llega a convertir en rey de España.
2. ANÁLISIS.
El cambio político que refleja el texto es el que se inicia con la Restauración que supone la vuelta al trono de la dinastía borbónica tras el sexenio revolucionario y la Primera República, el artífice e ideólogo de este sistema político fue Antonio Cánovas del Castillo quien realizó una campaña de adhesión en torno al príncipe Alfonso, hijo de Isabel II. El texto, el Manifiesto de Sandhurst, está dirigido a la nación española y, aunque firmado por Alfonso XII, está inspirado por el propio Cánovas que lideró un amplio sector de la burguesía española partidaria de la restauración de la dinastía borbónica. En el Manifiesto se afirma que la monarquía es la única salida para cerrar la crisis del período revolucionario (lo único que inspira ya confianza en España es una monarquía hereditaria y representativa) y se defiende la legitimidad dinástica de Alfonso aludiendo a la abdicación de su madre, en realidad la Restauración se prepara en el sexenio revolucionario cuando Cánovas, al frente del partido alfonsino, recibió plenos poderes de Isabel II para preparar la vuelta al trono de su hijo.
ANALISIS Y COMENTARIO
La Restauración es un intento de reformulación del estado liberal, encauzando la actividad política hacia la disciplina de los partidos políticos, estableciendo las libertades formales, más nominales que efectivas, cuya puesta en práctica se realizó mediante el sistema político canovista.
En general este período se fundamenta en el ejercicio alterno del poder (“turno político”) de los partidos conservador y liberal, rodeados de la oposición carlista y republicana. La finalidad de Cánovas con la implantación de este sistema de libre juego de partidos era normalizar la vida política bajo la tutela de un Estado eficiente, convirtiendo en imposible cualquier intento revolucionario y contentar al mismo tiempo a los políticos y los militares haciéndoles formar parte del régimen restaurado.
La práctica política del sistema se basaba en el “caciquismo” a través del cual una minoría dirigente estaba en estrecha relación con los grupos sociales y económicos dominantes para someter política y económicamente a amplios sectores sociales; este sistema que utilizaba los procedimientos del encasillado y el pucherazo, falsificaba las elecciones ignorando la voluntad popular, hasta el punto de que los resultados se conocían antes de las elecciones. Los partidos que participaban en este libre juego eran el liberal conservador (conservador desde 1884) y el liberal fusionista. El partido conservador se nutría de la alta burguesía, la aristocracia y funcionarios de alta jerarquía; el apoyo a nivel regional lo recibía de las clases dirigentes del sur y de las clases medias de la fachada atlántica y levante. El partido liberal estaba formado por los antiguos constitucionalistas, los unionistas de izquierda y los progresistas; estaba apoyado por los demócratas, los medios urbanos y antiguos revolucionarios de septiembre. Los republicanos estaban divididos entre los partidarios del pronunciamiento y los que defendían la lucha electoral. Entre los partidos obreros destacaba el Partido socialista Obrero, marginado del sistema político. Además de la marginación, el centralismo fomentaba las demandas de carlistas y federalistas (catalanistas de Prat de la Riba, Cambó, y vascos de Sabino Arana), que eran el origen de los partidos nacionalistas.
El sistema se basaba en la Constitución de 1876, fruto del constitucionalismo doctrinario, que establecía la soberanía compartida entre el poder legislativo –las Cortes- y el rey, atribuyendo a éste la iniciativa y la sanción con derecho a veto. El legislativo, bicameral, estaba formado por el Congreso de los Diputados y el Senado. Al rey corresponde la intervención en la vida de las Cortes, convocándolas, suspendiéndolas, cerrando sus sesiones, y disolviendo separadamente o de forma simultánea la parte electiva del Congreso o del Senado. A las Cortes se atribuye la intervención en la sucesión a la Corona, en la minoría de edad del rey y durante la Regencia.
VALORACIÓN
El texto está muy influido por el interés del príncipe para obtener el reinado, por lo que presenta un carácter subjetivo y manipulador de la realidad, modificando o recordando a su favor algunos de los hechos destacados de la historia más reciente del país.
Por último, cabe destacar que este manifiesto tuvo una gran aportación al desarrollo de los acontecimientos que se sucedieron en esa época, pues marcó el inicio de la defensa de la monarquía borbónica, que luego se vio precipitada con el pronunciamiento en Sagunto del general Martínez Campos.
11.- ALGUNOS ARTÍCULOS DE LA CONSTITUCIÓN DE 1876.
Art. 11. La religión Católica, Apostólica, Romana, es la del Estado. La Nación se obliga a mantener el culto y sus ministros... No se permitirán, sin embargo, otras ceremonias ni manifestaciones públicas que las de la religión del Estado.
Art. 13. Todo español tiene derecho:
De emitir libremente sus ideas y opiniones... sin sujeción a la censura previa.
De reunirse pacíficamente.
De asociarse para los fines de la vida humana...
Art. 20. El Senado se compone:
De senadores por derecho propio.
De senadores vitalicios nombrados por la Corona.
De senadores elegidos por las corporaciones del Estado y mayores contribuyentes...
Art. 28. Los Diputados se elegirán por el método que determine la ley.
Art. 75. Unos mismos Códigos regirán en toda la Monarquía…
CLASIFICACIÓN
Se trata de una selección del articulado de la Constitución de 1876, una fuente histórica directa y primaria, de naturaleza jurídico-política, y documento público, esencial para el conocimiento del período de la Restauración y de su ideólogo, Antonio Cánovas del Castillo. Como todas las constituciones, el autor es colectivo, son juristas y políticos que constituidos en comisión redactan el texto constitucional, que debe ser aprobado por el parlamento. Expresa la ideología política de las fuerzas políticas mayoritarias de las Cortes. Fue aprobada el 24 de mayo de 1876 y va dirigida a toda la nación.
Esta constitución fue redactada poco después de la restauración en el trono español de los Borbones. El nuevo monarca, Alfonso XII, hijo de Isabel II, fue proclamado rey de España tras el golpe de Estado del general Martínez Campos, el 29 de diciembre de 1874. Los intentos sucesivos de estabilizar el país durante el Sexenio Revolucionario (Monarquía, República y República autoritaria), tras la Revolución de 1868, no habían tenido éxito, por lo que es necesario iniciar una nueva etapa política, bautizada como Restauración.
ANALISIS Y COMENTARIO
En los artículos escogidos de la Constitución, como no podía ser de otra manera, aparece reflejado el ideario del principal impulsor de la Restauración, Antonio Cánovas del Castillo.
Temática de los distintos artículos:
En el artículo 11 se especifica que la religión católica es la oficial del Estado, aunque se tolera la práctica de otras manifestaciones religiosas en privado.
En el artículo 13 se cita los derechos de los españoles: expresión, reunión, asociación.
En el artículo 20 se habla de la organización del Senado.
En el 28 se trata de la regulación elección de Diputados.
Otros artículos 18, 19, 50, 51 y 76, versan sobre los poderes del Estado, el legislativo fundamentado en las Cortes (Senado y Congreso) y el Rey, por lo que se establece un sistema en el que la Soberanía es compartida; el ejecutivo encabezado por el Rey y por último el judicial basado en la autoridad de los jueces y tribunales. En esta Constitución no se especifica el tipo de sistema electoral que se va a utilizar, ya que se deja para leyes posteriores, aunque en la práctica se mantuvo el sufragio censitario, hasta 1890, cuando se aprueba el sufragio universal masculino.
El artículo 75 determina un solo fuero para toda España, concepción centralista y unitaria del Estado, al establecer unos mismos códigos, elimina los fueros, causa de nuevos conflictos con los carlistas.
La Constitución de 1876 comparada con su antecesora, la de 1869
La Constitución de 1876 se mantuvo vigente hasta 1931. La anterior tuvo una vigencia mucho menor desde 1869 hasta 1874.
Las características básicas de la Constitución de la Restauración ( 1876 )se pueden resumir en:
-- Soberanía compartida.
-- Amplias atribuciones del monarca.
-- Sistema bicameral.
-- Sufragio no definido (primero censitario y luego universal masculino (1890).
-- Amplia declaración de derechos, aunque permitía que éstos fueran regulados por la legislación ordinaria (así los conservadores restringían y los liberales ampliaban).
-- Tolerancia religiosa en el ámbito privado.
-- Centralismo (eliminación de los fueros).
Las características de la Constitución del Sexenio (1869) fueron:
-- Soberanía Nacional.
-- Separación de poderes (“El Rey reina pero no gobierna”).
-- Sistema bicameral.
-- Sufragio Universal Masculino.
-- Declaración amplia de derechos (sin sujeción a otras leyes posteriores).
-- Libertad de culto con la excepción de los ministros.
-- Centralismo pero sin eliminación de fueros.
Llegada de Alfonso XII al poder
La época anterior al reinado de Alfonso XII se conoce como el Sexenio Democrático o Revolucionario, marcado por sublevaciones populares, los enfrentamientos con los carlistas, las conspiraciones alfonsinas, el cantonalismo y la guerra contra los independentistas cubanos, que comenzó en 1868.
Este clima de inestabilidad política hace que el general Pavía disuelva las Cortes, pretendiendo buscar un sustituto a Emilio Castelar (último presidente de la PRIMERA REPÚBLICA), el 4 de enero de 1874. El general Serrano instaura una República autoritaria que se mantuvo nominalmente pero que en realidad significaba el punto final de la experiencia republicana, Martínez Campos da un golpe de estado el 29 de diciembre de 1874 en Sagunto y proclama a Alfonso XII como nuevo rey de España.
El 31 de diciembre se constituyó el Ministerio-Regencia, presidido por Cánovas del Castillo. Comienza la Restauración, que no sólo significa una vuelta de los Borbones, sino también un dominio del liberalismo dogmático y la preponderancia de la oligarquía y el caciquismo. Dos semanas después de los acontecimientos narrados, hacía su entrada el joven rey Alfonso XII, el pacificador.
VALORACIÓN La Constitución de 1876 es una síntesis entre la Constitución moderada de 1845 y la democrática de 1869, que restablecía la doble soberanía de las Cortes y el rey, omitía el derecho al sufragio universal (sin embargo en 1890, Sagasta, aprueba el sufragio universal masculino), incorporaba el de asociación y reconocía la compatibilidad de la religión católica con la libertad de cultos. El rey se convertía en la fuerza fundamental: nombraba y revocaba a los ministros y decidía cuándo debía ser sustituido un gabinete. El sistema bipartidista seguía el modelo británico, los antiguos partidos moderado y progresista cambian sus nombres por el de conservador y liberal, pero estos grupos no representaban la sociedad real y marginaban al proletariado (el primer diputado socialista a Cortes, Pablo Iglesias, es elegido en 1910), eran partidos parlamentarios, de notables, que utilizando los escaños practicaban la promoción personal.
Las características básicas del sistema de la Restauración son: -Sistema ideado por Cánovas del Castillo, primer jefe de gobierno de la Restauración y durante años se turnó en el poder con Sagasta, gracias al Pacto del Pardo de 1885. -Constitución de 1876.
-Oligarquía y caciquismo. Los turnos a la hora de ejercer el gobierno por parte de conservadores y liberales, determinan que sean las oligarquías y los caciques los que controlen el proceso electoral, para asegurar la alternancia política.
•Con la muerte de Cánovas en 1897 y de Sagasta en 1903, comienza la descomposición del sistema de la Restauración, ya que sus respectivos sucesores no pudieron controlar los diferentes movimientos, como el regeneracionismo, el republicanismo o el nacionalismo; que surgieron en contra de este sistema.
Acontecimientos como la crisis del 98, la Semana Trágica, la Crisis de 1917 o la dictadura de Primo de Rivera, favorecen aun más la descomposición del sistema canovista.
El fin de la Restauración está marcado por la proclamación de la Segunda República y la expulsión del Alfonso XIII.
12.- OLIGARQUÍA Y CACIQUISMO: “EL PUCHERAZO”. V. ALMIRALL:
ESPAÑA TAL COMO ES, 1889.
En España las elecciones no son más que una farsa. Lo mismo si el sufragio es universal que restringido, nunca hay más que un solo y único elector: el ministro de la Gobernación. Éste con sus gobernadores de provincia y el innumerable ejército de empleados de todas clases […] prepara, ejecuta y consuma las elecciones, de cualquier especie que sean, desde el fondo de su despacho, situado en el centro de Madrid.
Para hacer las listas de electores se ponen en ellas algunos nombres verdaderos perdidos entre una multitud de imaginarios, y sobre todo de difuntos. La representación de estos últimos se da siempre a agentes disfrazados de paisano para ir a votar. El autor de estas líneas ha visto repetidas veces que su padre, fallecido ya algunos años, iba a depositar su voto en la urna bajo la figura de un barrendero, o de un policía.
Los individuos que componen las mesas de los colegios electorales presencian muy a menudo semejantes transmigraciones de las almas de sus propios padres. Este sistema de elecciones por medio de la resurrección de los muertos y los agentes de policía vestidos de paisano no es, sin embargo, lo peor de los medios empleados para falsear el sufragio por nuestros pretendidos defensores del parlamentarismo y del sistema representativo. Apresurémonos a decir que ordinariamente no se detienen en esas apariencias de humano respeto, y que lo que hacen es pura y sencillamente aumentar el número de votos hasta tener asegurada la elección del candidato adicto.
1. CLASIFICACIÓN
El texto recoge varios párrafos de una obra de V. Almirall. A modo de ensayo, el autor describe algunos trazos de la situación española a finales del siglo XIX en cuanto a las elecciones fraudulentas en el sistema canovista de la Restauración. Es una fuente directa y primaria para conocer el juicio de los autores regeneracionistas acerca de la situación de España. Es un texto coetáneo a los hechos, de carácter literario y de naturaleza político- circunstancial y de estilo narrativo. Es un documento público. El autor es V. Almirall que se encuadra en el pensamiento regeneracionista y catalanista. Fue abogado, periodista y político. Es la principal figura del catalanismo político de izquierdas y republicano y uno de los principales pensadores catalanes de la segunda mitad del siglo XIX. Promovió acontecimientos concretos muy trascendentales, como la
creación del primer periódico en catalán; la participación en la redacción del Memorial de Agravio presentado a Alfonso XII; la fundación del Centre Catalá, fue uno de los componentes de Unió Catalanista, la primera organización política formal; publicó muchos artículos en los mejores periódicos de la época y, sobre todo, sus grandes obras, "El catalanismo" y "España tal como es", al que pertenece el fragmento que estamos analizando. Almirall impulsó el debate y la ideología que aspiraba a implantar en España la república, el federalismo y el catalanismo progresista. El texto fue publicado en Barcelona en 1889. Y va dirigido al público en general.
El texto recoge varios párrafos de una obra de V. Almirall. A modo de ensayo, el autor describe algunos trazos de la situación española a finales del siglo XIX en cuanto a las elecciones fraudulentas en el sistema canovista de la Restauración.
AUTOR: V. Almirall que se encuadra en el pensamiento regeneracionista y catalanista. Es la principal figura del catalanismo político de izquierdas y republicano y uno de los principales pensadores catalanes de la segunda mitad del siglo XIX. Promovió acontecimientos concretos muy trascendentales, como la creación del primer periódico en catalán; la participación en la redacción del Memorial de Greuges; la fundación del Centre Catalá, fue uno de los componentes de Unió Catalanista, la primera organización política formal; obtuvo la presidencia del Primer Congreso Catalanista; publicó muchos artículos en los mejores periódicos de la época y, sobre todo, sus grandes obras, "Lo catalanisme" y "España tal como es". Fue elegido presidente del Ateneu, con una junta de la que era secretario Enric Prat de la Riba y en la que se incluían personajes como Joan Maragall. Almirall impulsó el debate y la ideología que aspiraba a implantar en España la república, el federalismo y el catalanismo progresista.
2 .ANÁLISIS:
La idea fundamental del texto es el fraude en la elecciones, tras aprobarse el 1890 el sufragio universal para varones mayores de 25 años, ley aprobada durante el mandato de los liberales de Sagasta.
En tono irónico nos habla de como los difuntos pueden llegar a votar en la elecciones, en las personas de funcionarios locales mandados por caciques que a su vez están en conexión con los políticos que desde Madrid tienen el poder de decidir los resultado electoral. Es lo que popularmente llamamos "pucherazo" y está en la base del sistema canovista de la Restauración en el que dos partidos dinásticos se turnan en el poder de una manera pacífica a la manera inglesa.
Los términos más destacados serían:
Sufragio universal:
Tipo de sufragio que establece el derecho de voto para todos los ciudadanos a partir de una determinada edad. En España ya encontramos un sufragio universal indirecto en la Constitución de 1812, pero solo se establecería de manera clara en la Constitución de 1869. Fue instaurado nuevamente en la Ley Electoral de 1890. El sufragio universal incorporó a las mujeres por primera vez en la Constitución republicana de 1931.
La oligarquía:
Grupo reducido que ostenta el poder en una sociedad. En el texto, los oligarcas son los dirigentes del país en la España de la Restauración, cabezas prominentes de los dos partidos dinásticos, con influencia y poder absoluto en cada provincia o región. Desde Madrid dirigen, a través de sus hombres de confianza en cada distrito (los caciques), la vida política en cada territorio y ostentan los altos cargos en los ministerios y en las jefaturas administrativa, militares, bancarias, etc.
Cacique:
Según se describe en el tema, los caciques son individuos que disponen de un poder político y de una influencia social prominente en cada distrito El cacique es el personaje poderoso que gobierna una comarca o distrito electoral e impone su voluntad en la vida política y social. Está ligado a uno de los dos partidos (conservador o liberal) y mediante el falseamiento electoral y la coacción consigue ser reelegido continuamente diputado, él mismo o alguien de su confianza. Los intelectuales del regeneracionismo, denunciaron esta fuente de corrupción política.
Gobernador civil:
Jefe político de cada provincia, nombrado por el Gobierno central. Sus competencias son las de dirigir el mantenimiento del orden público, transmitir y hacer ejecutar todas las órdenes del gobierno de Madrid y coordinar las delegaciones de los ministerios en las diferentes provincias. En cada legislatura y en cada cambio de gobierno se producía un cambio masivo de gobernadores civiles, de acuerdo con el signo del partido (liberal o conservador) que hubiera obtenido la mayoría.
3. COMENTARIO HISTÓRICO
a) ANTECEDENTES
Están en la mecánica de propio sistema canovista con una constitución, la de 1876, donde se hace un reconocimiento vago de ciertas libertades políticas (expresión, asociación, etc.) que fueron reducidas, en la práctica, con leyes restrictivas; así, la Ley de imprenta de 1879 consideraba delito todo ataque al sistema político y social de la Restauración, más lejanamente sus antecedentes están en todos los años de reinado de Isabel II, donde la corriente doctrinaria más conservadora del liberalismo gobernó en forma del partido moderado.
En la primera fase del reinado de Alfonso XII se restringió la participación ciudadana en las elecciones de los cargos, dejándolas en manos de propietarios; se estableció que en las poblaciones de más de 30000 habitantes (casi todas las capitales de provincias y algunas otras ciudades) los alcaldes serían nombrados por el rey, y que los presupuestos provinciales y municipales deberían ser aprobados por él.
En resumen, la Constitución canovista estableció un modelo moderado, censitario, lleno de limitaciones a los derechos políticos de los ciudadanos, conforme a los intereses de la oligarquía conservadora y basado en el turnismo entre dos grandes partidos de notables. Pero su propio carácter flexible y abierto permitiría que, en años sucesivos fuesen introduciendo reformas que le dieron un talante más aproximado a las constituciones democráticas.
Esta Constitución supone un retroceso en cuanto al reconocimiento de derechos y libertades ciudadanas y a la representatividad y división de poderes del Estado, con respecto a la Constitución democrática de 1869, acercándose más al moderantismo de la de 1845.
B) HECHOS
Con la Constitución comenzó lo que se llamó el sistema canovista. Cánovas, para dotarlo de estabilidad, lo sustentó en dos apoyos: la "soberanía compartida" (rey-Cortes) y una práctica política que debía efectuarse con la existencia de unos partidos oficiales que aceptaran la legalidad constitucional. Pensaba Cánovas, siguiendo el modelo inglés que un solo partido no podía mantener la Restauración, sino que eran precisos dos partidos respetuosos de la Constitución para acoger la disparidad de criterios y poder turnarse en el gobierno. Serían unos partidos grandes pero nada tendrían que ver con los partidos de masas, puesto que la ley electoral de 1878 restableció el sufragio censitario, que dejaba la participación ciudadana reducida a no más de un 5% de la población.
Apoyados por un electorado formado por gentes burguesas relevante formaban la "clase política" del país, iban a ser unos partidos de notables y eminentemente parlamentarios, cuyos diputados dominarían abrumadoramente los escaños del hemiciclo. Cánovas, como creador de la nueva práctica política y jefe del partido llamado liberal- conservador, compuesto por diputados de la alta burguesía terrateniente, alto funcionariado militar o civil y nobleza, fundamentalmente del sur de la Península, tenía como contrincante un partido que aparecía como la "izquierda dinástica", el partido liberal-fusionista, formado por progresistas y demócratas que habían votado la Constitución de 1869 y a Amadeo de Saboya, cuyo jefe era Práxedes Mateo Sagasta.
El turno era una fórmula política de ventajas inmediatas que, gracias a la manipulación electoral, daba la posibilidad a ambos partidos de alternarse en el gobierno de forma pacífica. Según estaba ya pactado, se eligió la falsificación permanente. Este turno quedaba asegurado, de una parte, por un liderazgo de los partidos centrado en Madrid y constituido en comités o círculos que se encontraban en manos de "notables" y que organizaban la maquinaria electoral pertinente, y de otra, por la articulación provincial de estos últimos con un "control" del poder local mediante la práctica caciquil, de enorme trascendencia económica y social en una España rural depauperada.
Así, pues, esta realidad política practicaba lo que se llamó el "encasillado" para encontrar un Parlamento adecuado, falseando la voluntad nacional. La fórmula consistía en la elaboración de una lista en la que figuraban aquellos candidatos que contaban con la aquiescencia del Gobierno al lado de la relación de los distritos en los que aparecía dividido el país a efectos electorales. Dichos candidatos "oficiales" tenían prácticamente ganada la elección antes de que esta se realizara, y si el pacto se convertía en algo imposible o inseguro, entonces se ejercía presión para que los resultados no se apartaran de los objetivos previstos; era lo que se denominaba "pucherazo", que consistía en la aplicación de coacción, violencia, fraude, compra de votos, etc. Tras la ley electoral de 1907, esta práctica quedó conformada como la trampa realizada en el interior de un colegio electoral cuando se estaba haciendo recuento de los votos, para alterar los verdaderos resultados y sustituirlos por otros más satisfactorios en favor de un determinado candidato.
C) CONSECUENCIAS
Este fenómeno, denominado "caciquismo", fue un hecho sociopolítico que se manifestó en España desde mediados del siglo XIX hasta cumplirse el primer tercio del XX que consistía en el control del poder en determinadas zonas del país, sobre todo rurales, por individuos de gran influencia y prestigio social. Era un residuo de las antiguas relaciones señoriales, y suponía la dependencia personal y el dominio del cacique sobre los campesinos como un auténtico señor de "vidas y haciendas". Los caciques eran, en principio, miembros de una élite local o comarcal caracterizada por tres notas distintivas: su arraigo en un medio geográfica, económica y socialmente concreto; su predominio personal (frecuentemente único y no compartido) en esa sociedad cerrada, y su función de intermediarios de esta última ante el Estado. Eran, por tanto, los más influyentes de la localidad (no necesariamente los más ricos), y en la práctica, los agentes políticos encargados de recopilar los votos y amañar las elecciones para el correspondiente diputado "encasillado" u "oficial". Relacionados con el gobernador civil respectivo con personajes de Madrid, se convertían en dispensadores de favores prebendas a cambio de votos, en amos y señores de los pleitos rurales y en generadores de un "clientelismo" de adictos.
4. CONCLUSIÓN-VALORACIÓN
Se trata de un documento subjetivo, fruto de la burguesía catalana temerosa de perder sus privilegios económicos y que critica duramente al gobierno madrileño ya que el régimen que surge a partir de la restauración borbónica es rígidamente centralista, en un estado autoritario, fuertemente represor, donde observamos en un primer momento la persecución de las reivindicaciones obreras o nacionalistas, ironiza Almirall que toda la mecánica política esté basada en la corrupción y el falseamiento electoral, cuando el pueblo pudo votar mediante el sufragio universal masculino, la actuación de los caciques manipuló y presionó al votante. Las consecuencias de este estado injusto no se hicieron esperar, así Cánovas autor del sistema, será finalmente asesinado por el anarquismo en 1897, actividad terrorista que tienen parte del movimiento obrero como forma de protesta a las condiciones de vida miserable en la que viven la gran mayoría de la población, y la formación de partidos nacionalistas serán en parte la causa del colapso de la Restauración durante el reinado de Alfonso XIII.
13.- EL NACIONALISMO CATALAN Y LAS BASES DE MANRESA. 1892.
Base 3ª.- La lengua catalana será la única que, con carácter oficial, podrá usarse en Cataluña
Base 4ª.- Sólo los catalanes, ya lo sean por nacimiento o en virtud de naturalización, podrán desempeñar en Cataluña cargos públicos.
Base 7ª.- El poder legislativo Regional radicará en las Cortes Catalanas.
Base 12ª.- Cataluña contribuirá a la formación del ejército permanente de mar y tierra por medio de voluntarios o bien mediante una compensación en metálico.
Base 13ª.- El mantenimiento del orden público y seguridad interior de Cataluña estarán confiadas al Somatén y a los mossos de l´esquadra.
Base 15ª.- La enseñanza pública... deberá organizarse de una forma adecuada a las necesidades y carácter de la civilización de Cataluña.
Base 16ª.- La Constitución Catalana y los derechos de los catalanes estarán bajo la salvaguarda del Poder ejecutivo catalán.
Enric Prat de la Riba. Manresa, 27 de marzo de 1892.
CLASIFICACIÓN
Las Bases de Manresa.
Es un fragmento de una obra de carácter histórico-circunstancial de carácter político. Es histórica directa y primaria y un documento público, que pretende ser la base de una constitución para Cataluña, es decir pasar a ser un texto jurídico o normativo, es eminentemente político y es fundamental para conocer las reivindicaciones del catalanismo. El autor es Prat de la Riba figura clave del catalanismo conservador de la Restauración como teórico y político en ejercicio ya que fue varias veces diputado a Cortes y el primer presidente de la mancomunidad catalana (Gobierno económico de Cataluña) ya durante la monarquía de Alfonso XIII.
Los destinatarios son fundamentalmente los asistentes a la reunión de Unión Catalanista en Manresa y, en general, el pueblo catalán.
La fecha es 1892 y el lugar Manresa tras la fusión del Centre Catalá y la Lliga de Catalunya, propugnada por Prat de la Riba, fundándose la Unió catalanista.
Redactó su programa "Las bases de Manresa". En marzo de 1892, la Unió Catalanista lleva a cabo en Manresa una reunión de delegados con el objetivo de elaborar el programa político de la entidad. El resultado son las Bases per a la Constitució Regional Catalana. Las Bases de Manresa, inspiradas en la fórmula federalista y en las constituciones tradicionales, proclaman la oficialidad de la lengua catalana y establecen la creación de un cuerpo de voluntarios para la formación del ejército. El catalanismo dispone por primera vez de un proyecto político definido, transformación de fenómeno cultural en político.
Más tarde se incorporó a la Lliga Regionalista y pasó a ser el ideólogo de mayor valía. Su obra "La Nacionalidad Catalana".
La obra se edita por primera vez en la época de la Restauración (1906) en plena campaña contra la ley de jurisdicciones y en ella fijó la teoría nacionalista del catalanismo conservador.
ANALISIS Y COMENTARIO
El texto es una presentación de un Estado en forma federativa y defensa y argumentación de los nacionalismos.
En primer lugar alude al concepto de nacionalismo. A continuación hace referencia al concepto Pan-nacionalista: aspiración a que todos los territorios de la misma nacionalidad se agrupen bajo la dirección de un estado único. En base a esta ideología surge en el siglo XIX el Pan-americanismo y el Pan-germanismo.
Más adelante alude al estado federal como solución posible en los estados donde confluyan distintas nacionalidades. Desde la 1ª República el catalanismo giró hacia el federalismo, lo que implicaba su idea fundamental del texto es: "Del hecho de la nacionalidad catalana nace el derecho de un Estado Catalán". Durante más de 600 años, Cataluña fue una entidad independiente y soberana con lengua, En 1715, tras la guerra de sucesión, los catalanes perdieron todos sus fueros, privilegios y derechos históricos, leyes y gobierno propio.. En el siglo XIX se reavivan los sentimientos de diferenciación política y cultural con respecto a otras regiones de España. Más adelante habla del federalismo como sistema idóneo en España, pues respetando la unidad política española, respeta al mismo tiempo las distintas nacionalidades que la integran. Concluye diciendo que el nacionalismo catalán nunca ha sido separatista como, por ejemplo, el nacionalismo vasco que representa en España el nacionalismo desintegrador.
Así, desde el Centro Catalán de Almirall, la Unió Catalanista de Prat de la Riva y posteriormente la Lliga Regionalista, el nacionalismo catalán se presenta como movimiento burgués católico y moderado.
Solo durante la 2ª República, la Ezquerra Republicana representará un nacionalismo de izquierdas, más exaltado y que terminará por dominar la vida política de 1932, Cataluña conseguirá su estatuto de autonomía.
VALORACIÓN
Más tarde, en 1891 se fundó la organización autonomista llamada Unió Catalanista de tendencia conservadora que integraba a intelectuales contrarios al progresismo de Almirall. Un año después ésta organización elaboró el primer programa político del catalanismo que quedó fijado en las Bases de Manresa. Dicho escrito redactado por el propio, Prat de la Riba reclamaba un amplio régimen de autogobierno para Cataluña dentro de la monarquía española. De este modo en 1901, Prat de la Riba, formaría un nuevo partido la Lliga Regionalista que fundía a varios grupos catalanistas moderados.
AMPLIACIÓN
1. EL NACIONALISMO CATALAN
El nacionalismo catalán encontró en el pasado histórico muchos argumentos para respaldar sus reclamaciones políticas, ya que a lo largo de la época medieval y hasta finales del siglo XV —por lo tanto durante más de 600 años— Cataluña había sido una entidad independiente y soberana, con lengua, leyes y gobierno propios. Sin embargo, hasta mediados del siglo XIX —coincidiendo con el impulso industrializador y con el rápido avance del proceso de urbanización en Cataluña— no se reavivaron los sentimientos de diferenciación política y cultural con respecto a otras regiones de España. Entre 1875 y 1900, Cataluña fue la región más desarrollada e industrial de España. El 25% de los fabricantes y el 20% de los comerciantes españoles eran catalanes, y en las cuatro provincias se consumía el 20% de toda la carne vendida en España. En Barcelona trabajaban más de 125.000 obreros en las fábricas de tejidos de algodón y lana. De las 1.500 factorías textiles de España en 1900, nada menos que 1.250 se encontraban en la provincia de Barcelona. Además de la capital, había otros cuatro grandes núcleos industriales y urbanos próximos a la ciudad de Barcelona: Manresa, Tarrasa, Sabadell y Mataró. Hacia 1900, Manresa poseía 20.000 habitantes y más de 100 fábricas; en Tarrasa vivían 16.000 personas y había más de 60 empresas textiles y de maquinaria; Sabadell superaba los 25.000 habitantes y poseía 140 factorías textiles; y Mataró también era un notable centro industrial que tenía 19000 habitantes. Por su parte, en 1902, la ciudad de Barcelona se aproximaba a los 500.000 habitantes (de los cuales cerca de 100.000 eran inmigrantes llegados de toda la Península) y tenía ya 3.000 aparatos telefónicos, así como la sexta parte de las librerías existentes en toda España.
Los momentos más sobresalientes que configuraron el desarrollo del regionalismo y del nacionalismo catalán fueron los siguientes:
1.1.-La aparición de la Renaixença.
Este movimiento intelectual, literario y apolítico surgió a partir de los años treinta del siglo XIX y tuvo su epicentro en la Facultad de Letras de la Universidad de Barcelona. Los propósitos que animaron a sus impulsores —casi todos ellos pertenecientes a la burguesía— fueron el deseo de contribuir a la difusión del pasado de Cataluña entre la población y el intento de recuperar sus señas culturales tradicionales de identidad nacional, especialmente la lengua. Por este motivo, se estimuló la publicación de numerosos libros y revistas (como Lo Verdader Catalá y Diari Catalá) de contenido historiográfico, geográfico y literario en catalán. Dentro de este movimiento catalanista participaron de forma destacada juristas (como Manuel Durán y Bas), historiadores (como Víctor Balaguer y Antonio de Bofarull que escribió Los trobadors nous en 1858), poetas (como CarIes Aribau y Jacint Verdaguer), clérigos (como el obispo Josep Torras y Bages autor del libro La tradició catalana en 1892) y profesores de literatura (como Joaquín Rubió y Manuel Milá, quienes expresaban su convencimiento de que los pueblos poseían características orgánicas semejantes a las de los individuos). La mayoría de ellos eran ultracatólicos, providencialistas y antidemócratas que se mostraban hostiles al materialismo característico del mundo moderno y — como nostálgicos tradicionalistas amantes del romanticismo más medievalizante que eran—sentían una honda preocupación por la pérdida de las viejas costumbres populares catalanas (la sardana, la barretina, los coloristas trajes folklóricos, etc). Sin embargo, todos ellos todavía conciliaban el amor ilimitado a Cataluña con el patriotismo español más entusiasta.
1.2. La creación del Centre Catalá en 1882.
El artífice de esta organización política catalanista que reclamó la autonomía para Cataluña dentro del Estado español fue Valentí Almirall. Este republicano de izquierdas, que también denunció la ineficacia y la corrupción de las oligarquías caciquiles, terminó paradójicamente por abandonar el movimiento nacionalista para integrarse en el Partido Radical del hiper-españolista Alejandro Lerroux.
1.3. La actividad de Enric Prat de la Riba y la fundación de la Unió Catalanista (1891).
Su programa -conocido como Bases de Manresa y redactado por el conservador y católico barcelonés Prat de la Riba— reclamaba un amplio régimen de autogobierno para Cataluña dentro de la monarquía española y proponía un reparto de funciones entre el poder estatal central y el poder regional autónomo. Sin embargo, esta iniciativa excluía el sufragio universal, ya que Prat de la Riba era partidario de la representación corporativa por gremios y profesiones para conceder el derecho de voto solo a los padres de familia.
1.4. La formación de la Lliga Regionalista en 1901.
Este partido surgió tras el acuerdo de varios grupos catalanistas moderados entre los cuales se encontraba la Unió Catalanista y en su creación—que contó además con el importante respaldo del clero— intervinieron de manera destacada los presidentes de las más poderosas organizaciones patronales catalanas (Fomento del Trabajo Nacional, Liga de Defensa Industrial y Cámara de Comercio). El equipo dirigente de la Lliga quedó compuesto por el gerundense Francesc Cambó —como principal líder— y por el mismo Prat de la Riba como ideólogo de mayor valía. Este nuevo partido nacionalista era burgués, católico, posibilista, ultraconservador y estaba distanciado de posiciones independentistas. Los dos objetivos primordiales del programa de la Lliga consistían en demandar la autonomía política para Cataluña y defender los intereses económicos de las cuatro provincias, reclamando una mayor protección para las actividades del empresariado industrial catalán.
Sin embargo, los proletarios jamás simpatizaron con el catalanismo —calificado por ellos como burgués, derechista y clerical— lo que explica que el periódico obrerista Solidaridad Obrera publicara en su primer número un dibujo muy significativo donde aparecía un trabajador adormecido por el opio de la sardana y las cuatro barras. Por su parte, Cambó siempre sintió una mezcla de temor y desprecio hacia los obreros («turbas analfabetas que tratan de empobrecer a Cataluña con las huelgas»).
En cualquier caso, el gobierno desatendió reiteradamente las peticiones catalanistas y los primeros diputados de la Lliga fueron recibidos con recelo en las Cortes de 1901, cuando los portavoces de los diferentes partidos interpelaron a los catalanistas con preguntas malintencionadas acerca de su «amor a España» o si «se consideraban representantes de una nación extranjera».
En 1905 se llegó a producir un grave incidente protagonizado por unos oficiales del ejército, ofendidos por una caricatura aparecida en la revista satírica Cu-Cut, que asaltaron los locales de la publicación y los de otras publicaciones catalanistas. Este tipo de ataques provocaron la aprobación, con apoyo del Rey, de la Ley de Jurisdicciones en 1906, por la que los delitos contra la patria y el ejército serian juzgados por tribunales militares. Las fuerzas políticas catalanas reaccionaron constituyendo Solidaritat Catalana, una coalición de todos los partidos antidinásticos o antimonárquicos que aglutinaba desde los republicanos federales hasta carlistas, y que obtuvo resultados espectaculares en las elecciones de 1907, pese al fraude electoral habitual. Esto suponía que por primera vez el sistema de la Restauración perdía el control político sobre amplios sectores de la sociedad catalana. Sin embargo este grupo se desintegró un año más tarde debido a la multiplicidad de fuerzas e intereses encontrados que existían en su seno. Los enfrentamientos en Cataluña demostraron que las relaciones entre el ejército, que no comprendía el fenómeno del nacionalismo, y el pueblo catalán eran muy difíciles.
1.5. El nacionalismo catalán hasta la dictadura de Primo de Rivera.
La Lliga mantuvo el predominio en la vida política de Cataluña y obtuvo repetidas victorias electorales hasta el inicio de la dictadura militar en 1923. Por su parte, el multimillonario Francesc Cambó —que poseía negocios e inversiones en diferentes empresas y era presidente de CHADE, la compañía eléctrica más importante de toda Latinoamérica— conservó el liderazgo del movimiento nacionalista catalán. Además, los mejores intelectuales catalanes —como los escritores Eugenio D'Ors, Josep Pla y Josep María de Sagarra— también apoyaron a la Lliga durante los primeros años del siglo XX.
Sin embargo, los propósitos y reivindicaciones autonomistas defendidos por la Lliga continuaron chocando con el cerrado centralismo de los gobernantes de la Restauración cuya única, tardía e insuficiente respuesta consistió en la creación —durante el gobierno presidido por el conservador Eduardo Dato en 1914— de la Mancomunitat de Cataluña, un organismo que agrupaba a las diputaciones provinciales catalanas con fines exclusivamente administrativos. En 1918 y ante la desesperación de Cambó, se frustró un anteproyecto de ley —preparado por el gobierno del liberal Romanones— para conceder el Estatuto de autonomía a Cataluña.
Tras la huelga general de 1917 y como consecuencia del incremento de la conflictividad social, de la violencia terrorista anarquista y de la ofensiva revolucionaria del movimiento proletario, los catalanistas de la Lliga tomaron la decisión de posponer sus exigencias autonomistas para conceder prioridad a la defensa de los intereses económicos y de los valores esenciales del conservadurismo burgués: orden, propiedad privada y catolicismo. Así, la Lliga abandonó el antimonarquismo y la táctica de confrontación con el sistema de la Restauración para colaborar con el gobierno conservador de Maura, que incluyó en 1918 como ministros a dos nacionalistas catalanes (Francesc Cambó y Joan Ventosa). Asimismo, se pudo ver al mismo Cambó desfilando por las calles de Barcelona con una escopeta al hombro junto con los somatenistas en 1919. Poco después, la Lliga respaldó el nombramiento como gobernador civil de Barcelona del inflexible general Severiano Martínez Anido, que se encargó de dirigir la represión contra el movimiento anarcosindicalista catalán.
Hacia 1920, los catalanistas conservadores de la Lliga perdieron la hegemonía y fueron desplazados por otros grupos nacionalistas más izquierdistas, extremistas y separatistas. Entre los nuevos líderes destacó Francesc Maciá que en 1922 fundó un partido llamado Estat Catalá. Siguiendo el ejemplo de los nacionalistas irlandeses en su enfrentamiento contra los ingleses, los partidarios de Maciá defendían el uso de la lucha armada para alcanzar la independencia de Cataluña y organizaron una milicia juvenil paramilitar —los escamots— que realizó adiestramiento guerrillero y prácticas de tiro de manera clandestina en territorio francés.
14.-MANIFIESTO FUNDACIONAL DEL PSOE
Considerando que esta sociedad es injusta, porque divide a sus miembros en dos clases desiguales y antagónicas: una, la burguesía, que, poseyendo los instrumentos de trabajo, es la clase dominante; otra, el proletariado, que, no poseyendo más que su fuerza vital, es la clase dominada. Que la sujeción económica del proletariado es la causa primera de la esclavitud en todas sus formas: la miseria social, el envilecimiento intelectual y la dependencia política. Que los privilegios de la burguesía están garantizados por el Poder Político, del cual se vale para dominar al proletariado. Considerando que la necesidad, la razón y la justicia, exigen que la desigualdad y el antagonismo entre una y otra clase desaparezcan, reformando o destruyendo el estado social que tiene sumidos en la más espantosa miseria a los que emplean toda su vida en producir la riqueza que poseen los que muy poco o nada son útiles a la sociedad; (...) El Partido Socialista tiene por aspiración: Primero.-La posesión del poder político por la clase trabajadora Segundo.-La transformación de la propiedad individual o corporativa de los instrumentos de trabajo( la tierra, las minas, los transportes, las fábricas, etc.) en propiedad común de la sociedad entera. (...) En suma el ideal del Partido Socialista es la completa emancipación de la clase trabajadora. Es decir, la abolición de todas las clases sociales y su conversión en una sola de trabajadores libres e iguales, honrados e inteligentes (...)
Manifiesto fundacional del Partido Socialista Obrero Español (20 de julio de 1879)
CLASIFICACION
1.-Clasificación del texto: naturaleza, fecha y autor
Se trata de varios párrafos de un documento fundamental para el conocimiento del movimiento obrero y la España de la Restauración. Es por tanto fuente histórica primaria y directa, de naturaleza histórico-circunstancial de naturaleza sociopolítica, un documento público destinado a las grandes masas de trabajadores.
Data de 1879, suponiendo la fundación formal del PSOE y cuando el régimen de la
Restauración Canovista tiene cuatro años de vida. Está redactado en Madrid, ciudad de implantación de la versión marxista del socialismo dentro del movimiento obrero, frente a la anarquista, más desarrollada en Barcelona y en su área industrial. Siendo autores un conjunto de personas donde hay médicos, obreros y tipógrafos, entre ellos
Pablo Iglesias, secretario general de este partido y de U.G.T, sección sindical marxista, fundada en Barcelona en 1888, consiguiendo la primera acta de diputado para los socialistas en 1910.
2. CONTEXTO
El texto es de naturaleza política, puesto que se trata del manifiesto fundacional del PSOE, uno de los partidos básicos para entender la historia contemporánea de España. Su fecha se encuadra en el periodo de la Restauración, 1879, poco tiempo después de la llegada al trono de Alfonso XII.
Este manifiesto fue redactado el 2 de mayo de 1879, durante una comida celebrada en Madrid, a la que asistieron veinticinco personas, entre las que se encontraban Pablo Iglesias, García Quejido, Victoriano Calderón, Jaime Vera, Francisco Mora y Tomás Robledo. Todos ellos decidieron fundar un partido político que representara los intereses del proletariado y por ello el 20 de julio de ese mismo año procedieron a la firmar el texto.
ANALISIS Y COMENTARIO
La idea principal del texto gira en torno a la ideología y propósitos de los fundadores del PSOE. Para ellos la sociedad es injusta, puesto que la burguesía obtiene todas las ventajas, mientras la clase trabajadora no tiene apenas derechos, sobre todo porque no existe ningún poder político que se ocupe de sus necesidades. Reformar o destrozar el estado social es por tanto uno de sus principales objetivos.
Además de hacerse cargo de representar a los obreros, el nuevo partido pretende transformar la propiedad individual y conseguir la completa emancipación de la clase trabajadora. Por tanto, es evidente la necesidad de sensibilizar a la clase obrera para que luche para acabar con las desigualdades que existían en España a finales del XIX. La necesidad de que los obreros tomen conciencia de sus posibilidades, está relacionado con la obra desarrollada durante la I Internacional, que ya había sido disuelta; y sobre todo con las ideas de Carlos Marx, que falleció en 1883.
Problemas de la época que explican la organización del movimiento obrero
El movimiento obrero español tiene sus orígenes en la segunda parte del reinado de Isabel II, aunque no comienza a tener cierta importancia hasta el denominado Sexenio Democrático. Tas el fracaso de la Primera República, la mayor parte de los obreros, que tradicionalmente habían apoyado al partido progresista y al republicano, comienzan a interesarse por las soluciones que aporta el Anarquismo y el Socialismo. Las causas que motivaron este cambio en la clase obrera española fueron, al igual que en toda Europa, consecuencia directa de la crisis económica de finales del XIX, que provocó un aumento de la marginación, de la pobreza y un endurecimiento de las condiciones de trabajo, ya que los salarios descendieron de forma drástica.
Con la llegada de la Restauración, las organizaciones obreras conocen una dura represión y ante la negativa del derecho de asociación, tienen que refugiarse en la clandestinidad. Con el ascenso de Sagasta al poder, esta represión se relaja y con la promulgación de la Ley de Asociaciones en 1887 pueden salir a la luz numerosas organizaciones.
Con el paso de los años y ante la falta de mejoras sustanciales, el movimiento obrero español se fue radicalizando, sobre todo los seguidores del anarquismo.
-Diferencias entre Socialismo y Anarquismo
Ambas ideologías tienen en común la crítica al capitalismo y la necesidad de destruir el sistema e implantar una sociedad sin clases. La gran diferencia es el método para la consecución de estos objetivos, los socialistas piensan que hay que hacer una revolución, pero antes de implantar la sociedad sin clases habría que implantar una dictadura del proletariado, un Estado, una democracia obrera porque la burguesía no se iba a quedar parada; después se extinguiría y surgiría el comunismo.
Los anarquistas no creen necesario el Estado, se pueden administrar ellos solos, la dictadura del proletariado es otra forma de Estado que no aceptan. Los anarquistas rechazan los partidos políticos, de hecho nunca se organizaran como tal, sino como sindicatos, como la CNT. Por su parte, los socialistas sí que organizan partidos políticos, el PSOE es un ejemplo de ello.
El anarquismo en su lado radical ha defendido el terrorismo, atentando a personas representativas como a Cánovas del Castillo o Alfonso XIII. El socialismo no defiende los atentados, ya que son ineficaces, porque siempre existen sucesores y posteriormente los obreros sufren una dura represión; para ellos lo ideal es que el pueblo se revolucione en conjunto, ya que en esas condiciones sería imparable.
En el Socialismo surgen 2 organizaciones básicas, el Partido Socialista Obrero Español (PSOE) y el sindicato Unión General de Trabajadores (UGT). Ambos basaron su programa en la necesidad de que los trabajadores tuvieran la posesión del poder político, en que se produjera la extinción de la propiedad privada, ya que de este modo se abolirían las clases sociales y todos los hombres serían “libres, iguales, honrados e inteligentes”. Para los socialistas todas las medidas políticas y económicas que debían adoptarse debían tender a que acabara la esclavitud de los obreros, que debían tener libertad de asociación, derecho a voto, jornada de 8 horas, etc.
La primera gran organización anarquista legal fue la Federación de Trabajadores de la Región Española (FTRE), fundada en 1881. Las diferentes asociaciones fueron ilegalizadas frecuentemente y cambiaban de nombre. De 1890 a 1897 practicó atentados, sobre todo en Barcelona como la bomba en el Liceo de la Opera. La respuesta del gobierno fue la represión. La respuesta anarquista fue un atentado más importante, ya que en 1897 asesinan a Canovas del Castillo, provocando represión aún más dura.
Mientras que los anarquistas perdían fuerza en Europa, en España ganaba influencia por la situación de miseria. Siguiendo el lema de la tierra para el que la trabaja, creyendo en una revolución inmediata, a pesar de todo a finales de siglo entró en declive y hubo una reforma doctrinal y práctica, el anarcosindicalismo, por la que se dejaba de lado la acción revolucionaria para aceptar una acción colectiva sin violencia, a pesar de todo no dejarán los actos terroristas definitivamente, ejemplos claros son los dos intentos de atentado sobre Alfonso XIII y el asesinato en 1912 de Canalejas. De especial importancia es el sindicato CNT, fundado en 1910.
CONCLUSIÓN
En su programa fundacional, el PSOE; establece dos tipos de objetivos: Como meta final: obtención del poder político, abolición de las clases sociales y transformar la propiedad individual en colectiva.
Como objetivos inmediatos para acercarse al ideal final y mejorar la vida de los trabajadores: libertades políticas, derecho de huelga, prohibición del trabajo infantil ( menores de 9 años), protección de las mujeres en el trabajo, leyes de salud laboral, protección de la Cajas de socorros mutuos, pensiones para los inválidos, escuelas gratuitas, justicia gratuita y por jurado, servicio de armas obligatorio, reforma de las leyes de inquilinato a favor de los trabajadores, nacionalización de minas, bosques, medios de transporte, etc.
En España, como reflejo de lo que ocurría en Europa, el movimiento obrero se había dividido, durante el sexenio, en dos corrientes ideológicas enfrentadas: marxismo y anarquismo. En España la corriente anarquista fue mayoritaria, de forma que los líderes marxistas madrileños fueron expulsados tras el Congreso de Zaragoza de la Asociación Internacional de Trabajadores ( AIT) en 1872. Éstos un mes más tarde fundaron la Nueva Federación Madrileña, que se convirtió en la sección española del ala marxista de la AIT y en el embrión del que nacerá el PSOE.
Después de la represión de la AIT de 1874, estos socialistas madrileños se reorganizaron en torno al núcleo de los tipógrafos, que junto a algunos intelectuales y otros artesanos fundarán el PSOE en 1879 sobre bases marxistas, constituyéndose pronto en su principal líder Pablo Iglesias.
AMPLIACIÓN
Situación del Socialismo durante la Restauración
• El Partido Socialista Obrero Español (PSOE) fue fundado el 2 de mayo de 1879, por tipógrafos en la madrileña calle de Tetuán, definiéndose como un partido marxista y revolucionario. Sus principales dirigentes fueron: Jaime Vera y Pablo Iglesias, inspirados por José Mesa, un exiliado en Francia que les transmitió las ideas socialistas.
El sindicato Unión General de Trabajadores (UGT) fue fundado el 12 de agosto de 1888, en el salón del Círculo Socialista ubicado en la calle Tallers de Barcelona.
Ambas organizaciones estuvieron muy vinculadas desde sus comienzos, ya que compartieron directiva y todo afiliado del PSOE debía estar afiliado a UGT.
UGT y PSOE tuvieron durante la Restauración influencia en tres zonas: Madrid, Asturias y Vizcaya.
Pablo Iglesias fue el primer diputado socialista que ocupó un escaño en el Congreso, en el año 1910. Entre sus principios programáticos estaban: la abolición de la propiedad privada, la lucha contra el capitalismo y la desaparición de las clases sociales, tras la denominada dictadura del proletariado. Por tanto, era partidario de que se aprobaran medidas políticas y económicas encaminadas a acabar con la esclavitud de los obreros; tenían especial prioridad el derecho a asociarse libremente, la libertad de presa, el sufragio universal, la jornada de 8 horas.
En un principio el PSOE no tuvo muchos seguidores. No obstante, desde la fundación en 1886 del periódico El Socialista y del sindicato UGT en 1888, sus ideas comenzaron a llegar con mucha facilidad a los trabajadores.
Desde 1890 comienza a celebrarse el 1º de mayo con manifestaciones y huelgas. La posición de los socialistas ante la Guerra de Cuba, afianza más su posición, ya que se oponen al sistema de reclutamiento y a la guerra en general.
En 1921 un grupo de militantes escindidos del PSOE fundaron el Partido Comunista Español (PCE), partidario del modelo revolucionario ruso. La escisión fue motivada por la controversia en torno a la inclusión o no en la III Internacional Comunista. El PCE no tuvo mucha importancia hasta la Guerra Civil, aunque su aparición consolidó la división de los obreros en 3 grupos: anarquistas, socialistas y comunistas.
Durante la IPRIMERA REPÚBLICA, los socialistas desarrollaron un papel muy importante en la política española, ya que algunos de sus dirigentes, como Largo Caballero o Indalecio Prieto, formaron parte del gobierno. Además, destaca su papel en la revolución de 1934.
15. EL PROBLEMA NACIONAL, SEGÚN ORTEGA Y GASSET. 1921.
No he comprendido nunca por qué preocupa el nacionalismo afirmativo de Cataluña y Vasconia y, en cambio, no causa pavor el nihilismo nacional de Galicia o Sevilla. […] El propósito de este ensayo es corregir la puntería del pensamiento político al uso, que busca el mal radical del catalanismo y bizcaitarrismo en Cataluña y Vizcaya, cuando no es allí donde se encuentra. ¿Dónde, pues? Para mí esto no ofrece duda; cuando una sociedad se consume víctima del particularismo, puede afirmar que el primero en mostrarse particularista fue precisamente el Poder central. Y esto es lo que ha pasado en España. Castilla ha hecho a España, y Castilla la ha deshecho.
CLASIFICACIÓN
Fuente secundaria una reflexión personal sobre un tema. Un fragmento de la obra de Ortega y Gasset titulada “La España invertebrada” publicada en 1921.Recopila artículos periodísticos publicados anteriormente. Es un texto público. .Prensa diaria con gran repercusión de carácter político.
[Tema]
El autor nos propone una reflexión sobre el problema de la articulación territorial de España en relación con el desarrollo de los particularismos (reivindicaciones de los intereses particulares de las regiones). Ortega invierte el argumento y considera que la responsabilidad recae en el particularismo ejercido por el poder central de Castilla.
CONTEXTO HISTÓRICO:
1917-1921: Periodo de gran inestabilidad política y conflictividad social. Movimientos nacionalistas activos que piensan que el país iría mejor con mayor autonomía pero el gobierno central reprime estos nacionalismos. Hubo intentos de gobiernos de concentración nacional con Maura en 1918, pero la situación general nos llevó en 1923 a la Dictadura de Primo de Rivera y el fin de las reformas para la autonomía. Será con la Segunda República cuando de nuevo se aviven los nacionalismos. Se prohíben con el franquismo y restablecidos en España democrática
En 1921 cuando se escribe el texto la consolidación de los movimientos nacionalistas (Cataluña, Galicia y País Vasco) demandaba una nueva ordenación territorial. Mayor autonomía de esas regiones frente al poder central .Como otros intelectuales del momento Ortega intenta analizar los males del país para motivar que los ciudadanos piensen que hay que hacer cambios y no vivir pensando siempre que el pasado fue siempre mejor..
ANALISIS Y COMENTARIO
(Para mí… la ha deshecho) El autor formula su tesis sobre la responsabilidad histórica del centralismo castellano en el origen de los problemas de España.
El fragmento presenta, por tanto una disposición inductiva, con la tesis al final del mismo. El análisis de la estructura confirma la coherencia del texto: la progresión de las ideas, su relación con la realidad y la no contradicción de las mismas.
Registro
El autor exhibe un registro elevado (formal, planificado, atenido a normas) con una tendencia al uso de términos de carácter abstracto propios de la filosofía política (particularismo, nacionalismo, poder, bizcaitarrismo, catalanismo…).
Estructura
1º apartado (En este esencial sentido… tanto más la íntima adhesión): El autor analiza la diferencia entre el particularismo catalán y vasco, frente al gallego por otro. El origen de esta diferencia estaría en las condiciones de cada región.
2ª apartado (No he comprendido: El autor explica la perplejidad que causa las reacciones del patriotismo hueco (cabezas de cartón) frente a los nacionalismos vasco y catalán.
3ª Apartado (El propósito… ¿Dónde pues?) El autor hace explícito el objetivo de su texto (su intencionalidad perlocutiva) (Acto perlocutivo: es el (o los) efecto(s) que el enunciado produce en el receptor en una determinada circunstancia).:corregir los errores en el pensamiento político vigente.
Pensamiento de Ortega:
En un primer momento, al joven Ortega, el Ortega anterior a 1914, le importaba ya España como nación: España como proyecto nacional, la articulación del país, su estructuración como sociedad moderna, su sitio en Europa, su vitalidad y energía, las formas y manifestaciones de su cultura. La crítica de España, que vertería especialmente en Viejo v nueva política, su conferencia de 28 de marzo de 1914, se le representaba como la única forma de patriotismo posible, como un patriotismo esencial. La España de la Restauración era para él un régimen fenecido, un panorama de fantasmas, una España muerta; la regeneración que el joven Ortega ambicionaba se asoció así a tres ideas sustantivas: europeización, liberalismo y nacionalización. España era el problema y Europa la solución.
En un segundo momento, hacia 1917-20, con una España que lejos de haberse ido vertebrando como nación estaba ya bajo el arco en ruina, España le interesó a Ortega no sólo como un problema inmediato sino ante todo como un problema histórico. Ese fue el tema de España invertebrada, su libro de 1921, en el que examinaba lo que él llama la anormalidad española, la razón última de que España no fuera una nación. La tesis de Ortega era que España no había tenido feudalismo, consecuencia de haber sido conformada históricamente por los visigodos, el más romanizado de los pueblos germanos; y que carente en la historia de minorías selectas suficientes, España estaba condenada a fracasar:
España era puro pueblo, ruralismo, y por ello, y como consecuencia de muchos siglos de imperio imperturbado de las masas, abocada a su propia disgregación como nación.
Finalmente, en un tercer momento, Ortega plantearía su respuesta a los argumentos que había esgrimido en España invertebrada. Lo hizo en La redención de las provincias (escrito en 1927, publicado como libro en 1931), donde planteaba nada menos que la reorganización de España, una gran reforma del país: la organización de España en grandes comarcas —en un Estado regional--.
Ortega quería hacer una nueva España y proyectar una gran política nacional, que entendía que debían hacerse y proyectarse desde las provincias y para las provincias. Por una razón: porque la provincia y no la nación era la verdadera realidad social de España; porque era preciso hacer a partir del localismo del país, el nacionalismo (español) que no había.
PARTICULARISMO
El particularismo que padece España se modula de modo diferente según las regiones: en Bilbao y Barcelona, presenta un carácter más virulento, mientras que en Galicia adquiere una forma de resentimiento. El autor manifiesta no comprender las reacciones adversas que provocan los nacionalismos vasco y catalán, mientras que el nihilismo de Andalucía o Galicia no suscita mayor escándalo; en relación con ello, algunos piensan que la solución del problema nacional pasa por la derrota electoral de los nacionalistas. Para corregir este error de percepción política ha concebido su ensayo: la responsabilidad última de la extensión de los particularismos reside en el propio del poder central, encarnado en Castilla.
CONCLUSIÓN
Desde el punto de vista de la variedad del discurso, es un texto argumentativo. El autor, mediante el procedimiento de la argumentación discursiva, se propone persuadir al receptor de su tesis (el particularismo del poder central como causa de la extensión del particularismo de las regiones) haciendo uso de la capacidad perlocutiva del lenguaje) (Acto perlocutivo: es el (o los) efecto(s) que el enunciado produce en el receptor en una determinada circunstancia). La postura defendida por el autor ha de entenderse en el contexto argumental de la reflexión sobre el problema de España, que arranca con los autores del 98 y continúa con los intelectuales de la generación de 1914, Ortega entre ellos, quien contempla la situación española desde presupuestos y perspectivas diferentes a los de la generación precedente. En este sentido, Castilla ya no aparece idealizada como depositaria del alma y el espíritu de España, sino como el origen de algunos de sus principales problemas. El autor parece recrear la premisa de que la máxima responsabilidad recae en quien detenta el máximo poder.
España se le presentó a Ortega desde un primer momento como un problema, como una preocupación. Ortega se planteó España como una meditación dramática, necesaria. España y su vertebración como nación fueron, en consecuencia, el hecho capital de la preocupación política de Ortega.
Ortega quería hacer una nueva España y proyectar una gran política nacional, que entendía que debían hacerse y proyectarse desde las provincias y para las provincias. Por una razón: porque la provincia y no la nación era la verdadera realidad social de España; porque era preciso hacer a partir del localismo del país, el nacionalismo (español) que no había.(Donde pone provincia pongamos Comunidades Autónomas)
Hoy el pensamiento de Ortega está vigente y permitiría entender el nacionalismo que algunos asocian a independencia cosa que no lo es.
BIBLIOGRAFÍA:
Resumen de la conferencia “El Estado, la nación y las provincias: la visión de Ortega y Gasset” a cargo de Juan Pablo Fussi, catedrático de Historia Contemporánea de la Universidad Complutense de Madrid. Cátedra Cantabria 2009. 3 de Noviembre de 2009.
TEXTO 15. EL PROBLEMA NACIONAL SEGÚN ORTEGA Y GASSET.1921.
1. CLASIFICACIÓN.
El texto que vamos a analizar es un fragmento de la obra “España invertebrada” escrita por José Ortega y Gasset, en las que recoge algunas reflexiones sobre la naturaleza de España. Se trata de una fuente secundaria (ya que no es el testimonio directo de un hecho histórico, del cual es protagonista), de naturaleza literaria, para el conocimiento de algunas de las líneas de pensamiento aparecidas en España en el primer tercio del siglo XX. Habla sobre los movimientos nacionalistas periféricos nacionalistas y la interpretación de la nación españolas que se plantea. Es una interpretación personal sobre un problema social. El autor, José Ortega y Gasset, fue uno de los filósofos españoles de la primera mitad del siglo XX que más influencia han ejercido en España. Miembro de la alta burguesía, recibió una gran formación tanto en España como en el extranjero, principalmente en Alemania. Doctor en filosofía y catedrático de la Universidad de Madrid. Estuvo estrechamente vinculado al mundo del periodismo y la política. Se opuso a la sublevación militar de 1936, por lo que una vez derrotada la República marchó al exilio. Sus obras más destacadas fueron la España invertebrada (a la que pertenece este fragmento) y La rebelión de las masas. Fundó la Revista de Occidente. Murió en el exilio.
Esta obra fue publicada en Madrid en 1921.
El destinatario es el público en general. Este libro fue publicado por capítulos en el periódico ”El Sol”, por lo que tuvo gran difusión y llegó a una gran masa de población. Pero hay que especificar, que este tipo de literatura, de carácter filosófico que da reducida a un número limitado de intelectuales y políticos.
2.- CONTEXTO HISTÓRICO.
Este texto fue escrito y publicado durante el reinado de Alfonso XIII, dentro del periodo conocido como Restauración, que había puesto en marcha Cánovas del Castillo en 1875 y que duraría hasta 1931, en que se proclame la II República. Si bien, desde la fecha de su publicación, faltaban dos años para que se viera interrumpido por la dictadura del general Primo de Rivera (1923-1929)
El primer tercio del siglo XX fue muy convulso en España, tal como sucedía en el resto de Europa. Fue un periodo de revoluciones y auge del movimiento obrero con la convocatoria de huelgas generales. El proletariado exigía reformas. Crítico fue el año
1917 (triunfo de la revolución bolchevique en Rusia) con una serie de crisis que afectan, tanto al ámbito político, económico como social, militar, cuestión religiosa, los nacionalismos y las reivindicaciones de la clase trabajadora. La crisis se agudizó así como la inestabilidad a causa de la consolidación de los movimientos nacionalistas, especialmente en Cataluña, País Vasco y Galicia, solicitando una mayor autonomía con respecto al poder central.
La intelectualidad española no se mantenía al margen de la realidad social. Los escritores pretendían describir los males del pueblo español con el ánimo de incitar al cambio. Muestra de ello había sido la Generación del 98 o el regeneracionismo de Joaquín Costa. Los intelectuales estaban comprometidos con la sociedad española y sus problemas.
3. ANÁLISIS Y COMENTARIO.
El texto se centra en la concepción de la nación y en los problemas que se derivan para hacer compatibles los nacionalismos periféricos con el centralismo. Este es uno de los principales problemas que aquejaban a España, y que el autor considera que se malinterpreta. Según el autor la resolución del problema se encuentra en el correcto planteamiento del problema. El autor parte de la equivocada visión del problema indicando que la opinión general era culpar al catalanismo y al bizcaitarrismo del deterioro de la ordenación nacional, sin darse cuenta que mientras que estos nacionalismos son constructivos, dinámicos y emprendedores, existe una concepción apática y negadora de todo avance en otras regiones del país, como Galicia o Andalucía.
En la última parte del escrito, Ortega plantea como debería enfocarse el problema. Para él, se ha de abordar la propia concepción del poder central. El mal de la nación no está en que existan nacionalismos, sino en la propia concepción de España. Esta se identifica con Castilla, que si bien había sido el germen de España, en la actualidad se necesitaba una revisión de la idea de lo que debía ser la vertebración nacional.
Para el autor el Estado no podía concebirse como la expansión de un núcleo central que acabará con la particularidad de las periferias; muy al contrario, la formación de unidades estatales se hacía por la convergencia de esfuerzos tendentes a la consecución de un fin común. El dinamismo de Castilla en el siglo XVI había empujado al resto de territorios peninsulares a aunar esfuerzos en una misma dirección. Los estados son sistemas dinámicos que mantienen activa la riqueza y fuerza del país. Sin dicha motivación los sistemas se atrofian (nihilismo de Galicia y Andalucía). El problema es que Castilla pretendía imponer su proyecto de España en un momento en el que el dinamismo no era ya convincente y pretendía excluir la pluralidad de otras regiones españolas.
Ortega no defiende el nacionalismo disgregador. Ya que toda exclusión de otra región, suponía el empobrecimiento, ya que cada una dejaba se sentirse a sí mismo como parte de algo. Las regiones periféricas defendían que España era un país plural cultural y políticamente hablando. En estas regiones se había desarrollado un fuerte sentimiento nacionalista avalado con la aparición de partidos políticos (PNV o LLiga Regionalista) que pedían una mayor participación tanto en la región como en el parlamento nacional. En 1917, la crisis parlamentaria vino provocada en parte, por los partidos que quedaban excluidos del sistema de alternancia en el gobierno. Estos nacionalismos coincidieron con la poca fuerza del nacionalismo español, que se encontraba vinculado a un régimen corrupto y caciquil. Pero desde Madrid se actuó con firmeza en la represión de los movimientos nacionalistas, ya que buena parte del ejército se oponía a la concesión de autonomía a estas regiones. Alfonso XIII y el ejército decidieron estabilizar la situación facilitando la dictadura de Primo de Rivera en 1923 y el fin de las reformas para la autonomía de las regiones nacionalistas.
4. CONCLUSIÓN.
Podemos terminar diciendo que el debate sobre la vertebración de España tiene todavía mucha actualidad. La idea de nación, la organización territorial y administrativa plantea debates difíciles de resolver. La obra de Ortega y Gasset sigue teniendo total vigencia, puesto que sus planteamientos podrían ser aplicados y asumidos en la actualidad, y podrían servir para buscar una vía de convivencia en la que todos se vieran representados y comprometidos. Todavía hoy muchos ciudadanos y líderes políticos ven el nacionalismo como algo disgregador y no como una fuente de riqueza cultural, plural y democrática.
16.-FRACASO DEL RÉGIMEN LIBERAL. ESCUELA Y DESPENSA. 1912.
Después de medio siglo de asonadas, pronunciamientos, manifiestos, revoluciones, fusilamientos, cambios de régimen y de dinastía, proclamación de Constituciones...el régimen liberal ha hecho bancarrota.
¿Y sabéis por qué? Porque esa libertad no se cuidaron más que de escribirla en la “Gaceta”, creyendo que a eso se reducía todo; porque no se cuidaron de afianzarla dándole cuerpo y raíz en el cerebro y en el estómago: en el cerebro, mejorando y universalizando la instrucción, en el estómago, promoviendo una transformación honda de la agricultura y mediante la difusión de la propiedad territorial, elevando a los braceros a la condición de terratenientes.
No vieron que por encima de todas las Constituciones y de todos los derechos individuales y de todas las urnas electorales, el que tiene la llave del estómago tiene la llave de la conciencia, y, por tanto, el que tiene el estómago dependiente de ajenas despensas no puede el día de las elecciones votar a quien quiere. El que no sabe es como el que no ve, y el que no ve tiene que ir conducido por lazarillo a donde el lazarillo quiera llevarle…
COSTA, J.: La tierra y la cuestión social. 1912.
CLASIFICACION
El texto es un extracto del libro de Joaquín Costa : La tierra y la cuestión social. 1912, de claro carácter político aunque con contenidos sociales, económicos e ideológicos.
Es una fuente primaria, texto coetáneo y testimonial. Naturaleza histórico-circunstancial .De carácter económico y social. Es un documento público.
El autor: Joaquín Costa, (1846-1911), político y jurista español, figura relevante del regeneracionismo, nació en Monzón (Huesca) de familia muy humilde. Doctor en filosofía y letras y en derecho, de formación krausista, consiguió la titulación como notario, función que desempeñó primero en Jaén (1888), luego en Madrid (1894) y finalmente en la localidad oscense de Graus (1904), a donde se retiró amargado y enfermo, luego de haber colaborado en la creación de la Unión Nacional, de la que formó parte el liberal Santiago Alba. Publicó tres obras clave: Colectivismo agrario en España (1898), El problema de la ignorancia del derecho (1901) y la fundamental Oligarquía y caciquismo como la forma actual de gobierno en España (1902). Fue la principal cabeza del regeneracionismo, movimiento de lucha contra el caciquismo del sistema político de finales del XIX. Su programa de 'despensa y escuela' y total austeridad, era poco atractivo para los partidos. Por ello, en 1903, renunció al escaño para el que había sido elegido en la candidatura republicana, y se retiró de la política. .: La tierra y la cuestión social. (1912) Sus escritos pedagógicos se agruparían en 1916 en la antología Maestro, escuela y patria.
ANALISIS Y COMENTARIO
En este texto podemos observar una de las principales ideas de Joaquín Costa en lo que se refiere al diagnóstico de esa “enferma” España que cada vez se estaba alejando más de su entorno natural, el europeo (“africanización absoluta y relativa “) debido al atraso socioeconómico que llevaba consigo ese mal endémico y crónico de la subalimentación y de la falta de educación. Frente a eso Costa propone su famoso lema “despensa y escuela”, algo que por otro lado ya estaba implícito en los ilustrados del XVIII o incluso en los “novatores” o arbitristas del XVII.
En el clima de la derrota surgieron una serie de críticas tanto hacia el funcionamiento del sistema político como a la propia mentalidad derrotista y conformista del país. Sorprendió especialmente a los diri¬gentes políticos y a los intelectuales la pasividad con que la opinión pública reaccionó a la pérdida del Imperio colonial, pasividad sólo alterada por el dolor y las protestas por las pérdidas humanas. Ni la guerra cubana ni el desastre provocaron en el país un movimiento de exaltación nacionalista. De hecho, los políticos justificaban el sacrificio de la flota en batallas que llevaban a una derrota segura en la idea de salvar la dignidad patria y en evitar al país una humillación nacional, y el resultado sorprendente era que la población española no reaccionaba como se esperaba: se aceptó la derrota 'con resignación y con fatalidad. La convulsión se produjo entre los políticos y los intelectuales, no entre las clases populares.
VALORACIÓN
Se puede decir que hubo varios intentos regeneracionistas: El primero se da como consecuencia de la crisis del 98 (Francisco Silvela (en uno de sus artículos de prensa decía que “España está sin pulso”), nuevo líder conservador, formó un gobierno que presentó un programa regeneracionista, con el propósito de moralizar la vida política y emprender un ambicioso plan de reforma económica y de inversiones. En 1902 Alfonso XIII era proclamado Rey, y comienza un segundo regeneracionismo que caló en múltiples ámbitos políticos y culturales del país con un “leit motiv”: “El problema España”(atraso socioeconómico, divorcio España oficial-real, aumento de los nacionalismos periféricos, de la influencia republicana, socialista o anarquista, el anticlericalismo y el militarismo( cada vez más a la derecha)que paulatinamente iba a sustituir al pretorianismo decimonónico…etc.). Es así como nos podemos encontrar indicios de regeneracionismo en el propio Rey, en los políticos del turno: tanto en los conservadores: Maura. “La Revolución desde arriba” como en los liberales (Canalejas), en socialistas como Pablo Iglesias o incluso anarquistas como Angel Pestaña, y por supuesto de entre la cultura y la intelectualidad de la llamada “Edad de la Plata”: Ortega, Unamuno, Pío Baroja,etc .
….y, finalmente hay quien piensa en Primo de Rivera como el “cirujano de hierro de Picavea”, en un **tercer regeneracionismo que desde la dictadura impulsó esas “reformas quirúrgicas que necesitaba esa querida y sufrida enferma crónica: España”
17. CARTA DEL ENSAYISTA JOSÉ PIJOÁN A JUAN MARAGALL SOBRE LA
SEMANA TRÁGICA. 31 DE JULIO DE 1909.
31 de julio de 1909.
Estimado don Juan.
[…] Se lo explicaré un poco. El lunes comenzó una huelga general a consecuencia del descontento por lo de Melilla y fue aceptada por todo el mundo. Todo el mundo cerró y dejó de trabajar a gusto… Al no saber qué hacer el martes para alborotar, al menos en nuestro barrio, comenzó la diversión de quemar iglesias, y aquella tarde toda Barcelona estaba en las azoteas mirando los fuegos. Una cosa verdaderamente nueva y curiosa. Se veía el gran fuego de los escolapios que tapaba medio horizonte; era un día de fiesta; arriba, en los terrados, la gente bailaba y se pasó el tiempo sin disparar un tiro… Todos se fueron a casa y allí se han estado muy tranquilos.
El miércoles se empezaron barricadas, al no saber qué hacer y se abrió también el fuego de los civiles. En el Portal no hubo una verdadera batalla… Fueron llegando tropas y, conseguidos los barrios del centro, se dirigieron a las afueras. En el Paralelo y el Poblé no cañonearon a las multitudes que recibían la metralla sin un grito. Si el martes los lerrouxistas en el Ayuntamiento proclaman la república y se ponen al frente, las tropas, seducidas por el pueblo, hubieron seguido y ahora todavía tendríamos el alboroto. Yo lo habría preferido a esta revuelta sangrienta sin una palabra ni una idea […]
COMENTARIO
CLASIFICACIÓN:
Texto histórico literario .CARTA DEL ENSAYISTA JOSÉ PIJOÁN A JUAN MARAGALL SOBRE LA SEMANA TRÁGICA. 31 DE JULIO DE 1909.
Documento privado. Descripción de los hechos ocurridos en Barcelona en julio de 1909 Fuente primaria, naturaleza literaria (se trata de una carta), temática político-social. Encuadramiento histórico: la carta está fechada el 31 de julio de 1909, momento en el que está teniendo lugar la Semana Trágica de Barcelona, en el reinado de Alfonso XIII . El autor es individual, el historiador José Pijoán, educado en la Institución Libre de Enseñanza y autor de una célebre Historia del Arte ; el destinatario es también individual, Joan Maragall, destacado poeta catalán cercano al nacionalismo conservador de la Lliga Regionalista de Catalunya respecto a la cual adoptó una posición critica por la responsabilidad que entendía que tenia la burguesía catalana en los hechos de la Semana Trágica. Así pues estamos ante un documento privado.
En 1909 reinaba en España el joven Alfonso XIII. El país era una monarquía parlamentaria, regulada por la Constitución de 1876, en donde el parlamento se elegía por sufragio universal (desde 1885). Pero bajo esta apariencia democrática se agazapaba un sistema oligárquico controlado por dos partidos dinásticos, el liberal y el conservador, que desde 1881 se turnaban en el poder, mediante un sistema de elecciones amañadas gracias a los caciques locales. Este sistema había dado muestras de debilidad tras la crisis internacional de 1898. La convulsión social e intelectual que produjo la pérdida de las colonias fue el origen de un movimiento intelectual conocido como regeneracionismo y del que Joaquín Costa será su máximo exponente. Este movimiento se transmitió a la política en donde se trató de reformar el corrupto sistema electoral.
ANALISIS Y COMENTARIO
Las medidas regeneracionistas no atacaron la raíz del problema. El sistema estaba montado para que la oligarquía (alta burguesía, aristocracia, ejército e Iglesia) se mantuviera en el poder con independencia de la voluntad popular y contra esto no se fue. El régimen va a comenzar su decadencia originada por:
= Falta de líderes carismáticos al frente de los partidos dinásticos. Antonio Maura en el partido conservador y José Canalejas en el liberal no van a tener la altura de Cánovas (asesinado en 1897) y Sagasta (muerto en 1903).
= Intervencionismo de Alfonso XIII. Su pretensión de influir en las decisiones políticas va a ser la responsable de graves crisis.
= Descontento del ejército. El miedo del gobierno a un golpe de Estado había provocado la promulgación de la Ley de Jurisdicciones (sometimiento a la justicia militar de los implicados en delitos contra la patria y el ejército), produciéndose una intromisión militar en la vida política y civil.
En este contexto se va a producir un grave conflicto colonial en Marruecos. Desde 1906 España tiene la tutela del Norte de este país (Conferencia de Algeciras), lo que va a provocar reacciones xenófobas contra la presencia española en la zona. Tribus rifeñas atacan las obras del ferrocarril minero en torno a Melilla. El gobierno conservador de Antonio Maura decide ordenar al ejército la protección de estas obras. La resistencia rifeña y los desastres militares (derrota del Barranco del Lobo en el macizo del Gurugú) obliga al envío de reservistas a la zona.
El envío de estos jóvenes, muchos de los cuales ya había formado familia y tenían trabajo, va a soliviantar a gran parte de la población, especialmente de clase baja (la mayor parte de los soldados pertenecían a este grupo social, pues era posible librarse del servicio militar pagando una redención en metálico), animados por grupos republicanos y del movimiento obrero. La salida de estos reservistas debía hacerse desde el puerto de Barcelona, y aquí las organizaciones obreras y lerrouxistas van a convocar una huelga general el 26 de julio de 1909. Junto con la huelga se convocan manifestaciones que van a degenerar en una insurrección popular con un carácter antimilitarista y anticlerical. Maura proclama el "estado de guerra" y ordena la represión militar de la protesta popular. Es lo que se conoce como SEMANA TRÁGICA, que ocasionó 100 muertos y 500 heridos. Cuando el gobierno consigue controlar la situación se pone en marcha un duro y cruel proceso represivo que culmina con múltiples ejecuciones, entre otras la de Francesc Ferrer i Guardia. Esto va a provocar el desprestigio del gobierno y de la monarquía, causando la dimisión de Antonio Maura, que será sustituido por el liberal José Canalejas en 1910.
VALORACIÓN
El autor plantea que las revoluciones fuera de Barcelona se deben organizar de forma clandestina, y por ello la autoridad puede descubrirlas o no; mientras que en Barcelona, la revolución está preparada siempre, a la luz del día, utilizando hábilmente las libertades de expresión, reunión y asociación.
Si encuentra ambiente para su desarrollo estalla, como en 1909 con la protesta contra la campaña del Rif. Por eso distingue, el autor, en julio de 1909 dos cosas: la huelga general, cosa “preparada y conocida” y el “movimiento anárquico- revolucionario” que surgió sin preparación, pues en los centenares de procesos no ha aparecido ningún tipo de plan, aunque sí se ha mostrado a Ferrer Guardia como “inductor histórico”. Por ello concluye, que no se puede culpar a un gobierno (Maura) de esos hechos o de no haberlos parado cuando se organizaban.
A partir del mes de julio de 1909, Maura, que hasta entonces no había tenido importantes problemas en su gestión de gobierno, tuvo que afrontar una situación muy difícil a causa de los acontecimientos producidos en la Semana Trágica de Barcelona. Desde hacía tiempo, la situación en esta ciudad era difícil debido a la confluencia del movimiento catalanista, con un periodo de fuerte agitación social, animado entre otras causas por los discursos demagógicos, anticlericales y revolucionarios de Alejandro Lerroux, fundador del Partido Republicano Radical en 1908, y con amplios apoyos en las clases populares barcelonesas. En Barcelona, el anarquismo también gozaba de una importante base social, allí las sociedades obreras y sindicatos autónomos de inspiración anarquista habían creado en 1907 Solidaridad Obrera, una federación de asociaciones obreras de carácter apolítico, reivindicativo y favorable a la lucha revolucionaria.
El embarque de las tropas reservistas, movilizadas en Barcelona con destino Marruecos, desembocó en un movimiento de protestas iniciado con una huelga general convocada por las organizaciones obreras y los lerrouxistas. El gobierno declaró el estado de guerra y utilizó el ejército para reprimir la manifestación. Esto desencadenó en una insurrección popular, que tomó un carácter antimilitar y anticlerical. Los hechos de la Semana Trágica fueron seguidos con una dura represión que alcanzó a algunas importantes figuras de la época, como Ferrer i Guardia, fundador de la Escuela Moderna, acusado sin pruebas y en un proceso sin garantías jurídicas.
La Semana Trágica será la primera gran crisis del reinado de Alfonso XIII, y va a marcar el inicio definitivo de la decadencia del sistema de la Restauración que culminará en 1923.
18.- MANIFIESTO DE PRIMO DE RIVERA. 1923.
Españoles: ha llegado para nosotros el momento más temido que esperado (porque hubiéramos querido vivir siempre en la legalidad) de recoger las ansias, de atender el clamoroso requerimiento de cuantos amando la Patria no ven para ella otra salvación que libertarla de los profesionales de la política...
Este movimiento es de hombres: el que no sienta la masculinidad, que espere en un rincón. No tenemos que justificar nuestro acto, que el pueblo sano lo manda e impone.
Asesinatos de prelados, ex gobernadores, agentes de la autoridad, patronos, capataces y obreros; audaces e impunes atracos, depreciación de la moneda, francachela de millones de gastos reservados, rastreras intrigas políticas tomando por pretexto la tragedia de Marruecos. Indisciplina social, que hace el trabajo ineficaz y nulo; precaria y ruinosa la producción agraria e industrial; impune propaganda comunista, impiedad e incultura, descarada propaganda separatista, pasiones tendenciosas alrededor del problema de las responsabilidades...
En virtud de la confianza y mandato que en mí han depositado, se constituirá un directorio inspector militar con carácter provisional... Ni somos imperialistas, ni creemos pendiente de un terco empeño en Marruecos el honor del ejército... buscaremos al problema de Marruecos solución pronta, digna y sensata.
El país no quiere oír hablar más de responsabilidades... La responsabilidad colectiva de los partidos políticos la sancionamos con este apartamiento total a que los condenamos...
Miguel Primo de Rivera, Capitán General de la IV Región.
ABC, 14 de septiembre de 1923.
CLASIFICACIÓN
Nos encontramos ante un texto primario, de tipo político. Se trata del manifiesto que realiza Primo de Rivera, dirigido a la población española, anunciando los motivos de su golpe de estado y las primeras medidas tomadas. El autor es Miguel Primo de Rivera (1870-1930), importante militar que consiguió sus ascensos por la participación en las guerras coloniales (Marruecos, Filipinas...). Desde 1922 era el Capitán General de Cataluña, donde se distinguió por apoyar a la burguesía catalana frente a las protestas sociales. Tras el golpe de estado que protagoniza, gobernará España de forma dictatorial hasta 1930, cuando el rey le retira su confianza. Poco después morirá en el exilio.
En los momentos en que se fecha el texto, el país atraviesa una complicada situación. El sistema político de la Restauración está agonizando, los partidos políticos dinásticos están divididos en facciones que no favorecen la gobernabilidad (fracaso de los gobiernos de concentración). La tensión social es muy alta, debido a los efectos de la crisis de la posguerra y a la presión del movimiento obrero, lo que lleva a la patronal a usar métodos terroristas para contener sus éxitos (pistolerismo en Barcelona). El nacionalismo autonomista, y hasta separatista, está en auge, especialmente en el País Vasco y Cataluña; en esta última región, algunos oficiales han dado muestras de nerviosismo ante lo que ellos consideran ataques a la unidad de España. La monarquía es cada vez más contestada, y su titular, Alfonso XIII, comienza a ser impopular. La situación se agrava con la crisis de Annual (1921). La posterior investigación parlamentaria sobre las responsabilidades parece afectar directamente al monarca. Esta situación de caos social es lo que determina la acción de Primo de Rivera.
ANALISIS Y COMENTARIO
¿Cuáles fueron los motivos esgrimidos por el general Primo de Rivera para justificar el pronunciamiento militar de septiembre de 1923?
El general asume el poder, según él, no de una forma gustosa, sino como un deber, como una obligación que le imponen las circunstancias. De no hacerlo así, el autor augura para España un final trágico. Él, como representante de un estamento encargado de defender la nación, afirma no poder eludir esa responsabilidad.
En el texto se hace referencia al inicio de esos problemas que amenazan el país: se trata de la crisis del 98. Desde entonces el régimen de la Restauración ha ido arrastrando una serie de conflictos, a los que los partidos políticos no han puesto solución. Se habla de inmoralidades, de las cuales la más grave sin duda, y sin considerar otro tipo de corruptelas económicas, es la del caciquismo. El objetivo de Primo de Rivera va a ser reestablecer el orden. Un orden alterado por los conflictos sociales protagonizados por anarquistas (CNT) y socialistas (UGT-PSOE), que usan como forma de lucha las huelgas y las manifestaciones (“indisciplina social” “propaganda comunista”), y en algunas ocasiones los métodos terroristas, estos últimos protagonizados por grupúsculos anarcocomunistas y también por mafias a sueldo de la patronal (pistolerismo). A estos casos se refiere cuando habla de los asesinatos. También las reclamaciones nacionalistas (Lliga Regionalista, que ha conseguido la formación de la Mancomunitat, PNV...) son objeto de preocupación para los militares (“propaganda separatista”) y causa del golpe de estado. Hay también una cita clara entre las causas al problema de las responsabilidades de Annual, problema que envenenaba la realidad política española. La posibilidad de que la comisión parlamentaria encargada de su investigación señalase al rey como responsable de la matanza de 12.000 españoles es, para muchos historiadores, uno de los principales argumentos para dar el golpe de estado, golpe que paralizó la investigación de forma inmediata.
El gobierno del general, que se proyectó como provisional, pasó por dos fases o Directorios claramente diferenciados:
DIRECTORIO MILITAR (1923-25).
Primo de Rivera asume todos los poderes al frente de un directorio militar formado por altos mandos del ejército. Suspende la Constitución, ilegaliza los partidos y sustituye a todos los gobernadores civiles por militares. Las principales medidas fueron:
-- Reestablecer el orden social mediante acciones represivas, especialmente dirigidas contra los anarquistas.
-- Creará una milicia especial de defensa, el Somatén Nacional, en 1923.
-- Postura intransigente ante los nacionalistas:
-- En Cataluña suspende la Mancomunitat y prohíbe el uso del catalán. Esto los radicalizará creciendo el independentismo republicano.
-- Control del Rif.
DIRECTORIO CIVIL (1925-30).
Aprovechando un buen momento, conseguida la paz social y la paz en Marruecos, Primo de Rivera trata de institucionalizar la dictadura. Para ello nombra un nuevo directorio donde hay militares y civiles como José Calvo Sotelo (Ministro de Hacienda), estos últimos pertenecientes a la Unión Patriótica, partido único creado por la dictadura, que no llegó a ser un movimiento de masas. Tratan de justificar la dictadura por el relativo éxito económico y la paz social
* POLÍTICA ECONÓMICA.- Existe un buen contexto internacional. Las principales medidas tomadas serán:
· Fomento de las Obras públicas. (Carreteras, ferrocarriles, confederaciones hidrográficas.)
· Creación de monopolios, como Telefónica (1924) y CAMPSA (1927)
· Proteccionismo.Los problemas de esta política fueron el déficit público y el atraso agrícola debido a la ausencia de una reforma agraria y a la debilidad del mercado interior.
* POLÍTICA SOCIAL.- Se pretendía hacer un reformismo social paternalista.
*INTENTO DE LOGRAR PRESTIGIO INTERNACIONAL
*También serán importantes los intentos de lograr prestigio internacional, con la celebración en 1929 de la Exposición Iberoamericana de Sevilla y la Exposición Internacional de Barcelona.
¿A qué políticos profesionales se hace referencia en el texto y cuáles fueron los principales organismos creados por la Dictadura para perpetuarse en el poder?
Se refiere a los políticos de los partidos dinásticos que habían detentado el poder desde 1875. Cánovas había creado un sistema político fraudulento para mantener una apariencia de sistema democrático, pero el poder sólo podía recaer en manos de los dos partidos dinásticos, el conservador y el liberal. Estos, a través de la manipulación electoral, ejercían, sobre todo en el campo, gracias a los caciques, la compra y coacción de los votantes o la simple alteración de los sufragios. De esta manera conseguían que salieran elegidas aquellas personas que el gobierno había dispuesto a través del encasillado, transmitido a las provincias por medio de los gobernadores civiles.
Las envidias y las disputas por el poder habían ocasionado la disgregación de estos partidos dinásticos en facciones, lo que favorecía el desgobierno y hace caer a la clase política en el desprestigio. Por eso, el general golpista prohibirá los partidos políticos durante su dictadura, incluidos los dinásticos. Y cuando trató de normalizar la vida política española (Directorio civil) lo hizo sin pluralidad de partidos, pues sólo legaliza uno, el suyo, la Unión Patriótica, que pretendía imitar el modelo de partido único italiano.
La Dictadura tratará de crear unas organizaciones corporativas que sustituyan al sistema parlamentario, como la Asamblea Nacional Consultiva (1927), que planeó una Constitución corporativa, pero apenas tuvieron aceptación.
Posicionamiento de Primo de Rivera ante el problema de Marruecos.
El segundo gran objetivo que se plantea el gobierno es dar solución al problema de Marruecos. En principio, Primo de Rivera parecía alejado de las posturas africanistas y algunos medios le consideraban partidario del abandono del Protectorado. Pero cuando Abd el Krim comenzó a atacar el Protectorado francés, la situación cambio. La colaboración francesa, inexistente hasta ahora, hizo posible controlar a los rebeldes. Desde 1925, Petain colaboró con los españoles y esto posibilitó el desembarco de Alhucemas (1925). El ejército español realizó un desembarco en la bahía y se atacó la región central del Rif, núcleo de los sublevados, tomando Axdir, la capital del Abd el Krim. El líder marroquí se rendirá y todo el protectorado será controlado por España. Este éxito militar consolidará la figura de Primo de Rivera y hará crecer la influencia de los militares “africanistas” (Franco, Sanjurjo, Millán Astray...) en el ejército y en la política nacional.
Acciones de la Dictadura de Primo de Rivera en el ámbito social y laboral.
El dictador tratará de realizar un reformismo social paternalista. Para ello tomará una serie de medidas:-- · Reformas legales para mejorar la situación de los trabajadores.-- Se busca la colaboración con algunos sindicatos (UGT) pero a la CNT y a los comunistas (el PCE se había escindido del PSOE en 1921) se les ilegaliza y persigue.-- Se crea la Organización Corporativa Nacional, organización de comités laborales paritarios mitad patronal, mitad sindicatos, para solucionar los conflictos. En este caso se trata de imitar el modelo corporativista de inspiración fascista.
VALORACIÓN
Primo de Rivera plantea en este manifiesto que rompe con la legalidad para recoger las ansias de los que no ven otra solución para la situación de España que liberarla de los profesionales de la política, responsables de las desdichas e inmoralidades que se iniciaron en 1898. Éstos tienen secuestrada la voluntad del Rey, y aunque parecen distintos, “se avienen fáciles y contentos al turno”.
Ha llegado pues, el momento de pedir responsabilidades y de gobernar los militares o civiles próximos a ellos, en un movimiento que es “por España y por el Rey”. Termina con una clásica bravuconada militar: el que no tenga cojones que se quede en casa.
El 23 de septiembre, el general Primo de Rivera se pronunció contra la legalidad constitucional, declaró el estado de guerra y exigió que el poder pasase a manos de los militares. El golpe de estado se justificó con la tesis de que el régimen constitucional estaba bloqueado y desprestigiado y existía un grave peligro de revolución social. Para Primo de Rivera, la toma del poder era algo que debía hacer, una obligación frente a España y los españoles. Criticaba a los “profesionales del política” y al turno político, elementos todos ellos de la Restauración. Señala 1898 como el inicio de los males de la patria, de ahí que añada algunas pretensiones regeneracionistas, de cambio, de limpieza moral, de eliminación del caciquismo y de todas las redes de clientelismo surgida en la restauración, aunque también está de acuerdo con el mantenimiento del orden y con la unidad nacional.
Es importante señalar la implicación del rey en este golpe de estado y en la instauración de este régimen autoritario. Al ver que la oposición crecía y que no contaba con el apoyo de sus propios compañeros de armas, Primo de Rivera presentó al rey Alfonso XIII su renuncia el 28 de enero de 1930, dejando tras de sí todo un cúmulo de problemas: nacionalismo, obrerismo, crisis económica e incluso la misma viabilidad del sistema monárquico. Falleció el 16 de marzo de 1930 en
París.
19.- MANIFIESTO DE LA AGRUPACIÓN DE INTELECTUALES AL SERVICIO DE LA REPÚBLICA. 1931.
... creemos que la monarquía de Sagunto ha de ser sustituida por una República. Pero es ilusorio imaginar que la Monarquía va a ceder galantemente el paso a un sistema de Poder público tan opuesto a sus malos uso, a sus privilegios y egoísmos. Sólo se rendirá ante una formidable presión de la opinión pública. Es, pues, urgentísimo organizar esa presión, haciendo que sobre el capricho monárquico pese con suma energía la voluntad republicana de nuestro pueblo. Esta es la labor ingente que el momento reclama. Nos proponemos suscitar una amplísima agrupación al servicio de la República, cuyos esfuerzos tenderán a lo siguiente:
Primero: movilizar a todos los españoles de oficio intelectual para que formen un copioso contingente de propagandistas y defensores de la República española.
Segundo: Con este organismo de avanzada, bien disciplinado y extendido sobre toda España, actuaremos apasionadamente sobre el resto del cuerpo nacional, exaltando la gran promesa histórica que es la República española.
Tercero: Pero, al mismo tiempo, nuestra Agrupación irá organizando, desde la capital hasta la aldea y el caserío, la nueva vida pública de España en todas sus bases a fin de lograr la sólida instauración y el ejemplar funcionamiento del nuevo Estado republicano.
11 de febrero de 1931.
CLASIFICACIÓN
Texto histórico circunstancial de carácter político Es una fuente primaria y directa. Es un texto público. Tuvo gran repercusión por los personajes que lo firman. Fechado el 11 de Febrero de 1931 antes de las elecciones municipales que dan el triunfo a la República.
Segovia, la tierra de Juan Bravo, una avanzadilla en la instauración de la República en España, fue noticia nacional el 14 de febrero de 1931. Ese día, la Agrupación al Servicio de la República fundada por José Ortega y Gasset, Ramón Pérez de Ayala y Gregorio Marañón presentó su ideario en el teatro que lleva el nombre del comunero segoviano. Antonio Machado ejerció de anfitrión.
Las crónicas de la época subrayaron la calidad de los oradores, en especial de Ortega, «elocuentísimo y rebosante de pasión». El mismo que había firmado en ‘El Sol’ su famoso ‘Delenda est monarchia’, pidió al pueblo segoviano que se rebelara contra los vicios del pasado, arremetió contra la Monarquía de Alfonso XIII y apostó por el acceso a la vida pública de todas las clases sociales. El mitin, que había estado a punto de ser prohibido, resultó un éxito que sus ilustres protagonistas celebraron después en el hotel Comercio Europeo con «brindis fervorosos» por la República.
ANALISIS Y COMENTARIO
La '''Agrupación al Servicio de la República''' fue un movimiento político español creado a principios de 1931 por [José Ortega y Gasset, Gregorio Marañón y Ramón Pérez de Ayala. Su Manifiesto fundacional fue publicado en ''El Sol'' el 10 de febrero de 1931 El 14 de febrero tuvo lugar su primer acto público en el Teatro Juan Bravo de Segovia, bajo la presidencia del poeta Antonio Machado. El día siguiente, 15 de febrero, el jefe del Gobierno, el general Dámaso Berenguer, presentó su dimisión.
La Agrupación al Servicio de la República no fue creada con la intención de ser un partido, sino un grupo de unión de intelectuales y profesionales interesados en construir un nuevo Estado. La ASR debe entenderse como una empresa de Ortega, en la línea del artículo "El error Berenguer “publicado en ''El Sol (España)|'' el 15 de noviembre de 1930, el que Ortega y Gasset concluía, frente a la crisis del régimen de la Restauración y de la Dictadura del general Miguel Primo de Rivera: "¡Españoles, vuestro Estado no existe! ¡Reconstruidlo! 'Delenda est Monarchia'.
Dado el importante apoyo social que consiguió el llamamiento de la Agrupación al Servicio de la República, ésta se fue convirtiendo en partido.
El primer objetivo de la Agrupación al Servicio de la República (ASR) era la convocatoria de elecciones constituyentes, y la construcción de un Estado "auténticamente nacional" integrador de todas las clases de ciudadanos.
En las elecciones municipales del 12 de abril de 1931, la Agrupación al Servicio de la República (ASR) no presentó candidatos pero pidió el voto para la candidatura republicana. Después de la proclamación de la Segunda República española dos días después, José Ortega y Gasset elogió la tranquilidad con la que el Gobierno provisional republicano había llevado a cabo el cambio de régimen.
En vista a las elecciones constituyentes, convocadas para el 28 de junio de 1931, la ASR presentó candidatos dentro de la candidatura republicano-socialista.
Constituyó un programa de signo liberal que incluía en particular:
== una separación clara de los poderes ejecutivo y legislativo
== un Parlamento unicameral elegido por las regiones, asistido por comisiones técnicas
== una estructuración regional (pero no federal) del Estado en grandes provincias gobernadas por asambleas y gobiernos locales
== un estatuto general del trabajo, con sindicación obligatoria de los trabajadores
== una "economía organizada", es decir, cierta planificación económica por parte del Estado, en vista a la construcción de un "Estado social"
== una separación nítida de Iglesia y Estado.
La ASR consiguió 13 escaños de diputados en las Cortes Constituyentes: Justino de Azcárate, Alfonso García Valdecasas, Juan Díaz del Moral, Bernardo Giner de los Ríos, José Fernando González Uña, Vicente Iranzo, Gregorio Marañón, José Ortega y Gasset, José Pareja Yébenes, Ramón Pérez de Ayala], Manuel Rico Avello, Juan José Santa Cruz y Publio Suárez Uriarte.
Las intervenciones de Ortega y Gasset en las Cortes, posteriormente recogidas en el libro ''Rectificación de la República'', eran muy esperadas, comentadas y criticadas, en particular cuando se expresó sobre el problema de la estructura territorial del Estado y el Estatuto catalán. Pese a ello, el partido fue relativamente poco influyente en las Cortes, en parte por causa de las declaraciones del filósofo, que describía su movimiento como un grupo de intelectuales metidos en política sólo por deber y como a disgusto.
Muy pronto el líder de la Agrupación al Servicio de la República mostró su desencanto respecto al nuevo régimen y el cariz demasiado extremista que tomaba.
El "Manifiesto disolviendo la Agrupación al Servicio de la República" fue publicado en el periódico ''Luz'' el 29 de octubre de 1932. Explicaba que la República estaba ya "suficientemente consolidada", por lo cual el grupo había conseguido su objetivo y se disolvía "dejando en libertad a sus hombres para retirarse de la lucha política o para reagruparse bajo nuevas banderas y hacia nuevos combates".
VALORACIÓN
Los miembros de la Agrupación al Servicio de la República continuaron su trayectoria política en distintos partidos. La mayor parte pasó al Grupo Republicano Independiente, pero algunos pasaron al Frente Popular o a la Falange Española.
Cierta falta de claridad y de concreción en el proyecto de la Agrupación al Servicio de la República impidió sin duda que su mensaje fuera bien entendido por la clase política española y adquiriese un amplio respaldo social; la imagen del partido quedó estrechamente vinculada a la personalidad de sus tres fundadores intelectuales preocupados por crear un nuevo estado.
20.- MANIFIESTO DE ALFONSO XIII A LA NACIÓN. 1931.
Las elecciones celebradas el domingo me revelan claramente que no tengo hoy el¡ amor de mi pueblo. Mi conciencia me dice que este desvío no será definitivo, porque procuré siempre servir a España, puesto el único afán en el interés público, hasta en las más críticas coyunturas.
Un Rey puede equivocarse, y sin duda erré yo alguna vez; pero sé bien que nuestra Patria se mostró en todo momento generosa ante las culpas sin malicia. Soy el Rey de todos los españoles y también un español. Hallaría medios sobrados para mantener mis regias prerrogativas, en eficaz forcejeo contra quienes las combaten. Pero, resueltamente, quiero apartarme de cuanto sea lanzar a un compatriota contra otro, en fratricida guerra civil. No renuncio a ninguno de mis derechos, porque más que míos son depósitos acumulado por la Historia, de cuya custodia ha de pedirme algún día cuenta rigurosa.
Espero a conocer la auténtica y adecuada expresión de la conciencia colectiva, y mientras habla la nación, suspendo deliberadamente el ejercicio del Poder Real y me aparto de España, reconociéndola así como única señora de sus destinos.
También quiero cumplir ahora el deber que me dicta el amor de la Patria. Pido a Dios que también como yo lo sientan y lo cumplan todos los españoles.
Alfonso, Rey.
ABC, 17 de abril de 1931.
CLASIFICACIÓN
Nos encontramos ante una fuente primaria y directa, es un texto circunstancial y político, es un documento público. Es el discurso de despedida del que ha sido jefe del estado de 1902 a 1931, publicado en uno de los principales periódicos españoles. La pretensión del autor es explicar a todo el pueblo español la razón de su actitud. El autor es Alfonso XIII, rey de España entre 1902 a 1931, hijo de Alfonso XII, y Mª Cristina de Habsburgo (regente entre 1885 y 1902). Su reinado marca la decadencia del sistema de la Restauración y el fin de la monarquía que había estado implicada en la Dictadura de Primo de Rivera y fue arrastrada por esta en su caída. El texto fue redactado el día 13 de abril y fue presentado por el rey ante el consejo de ministros el día 14, por la tarde antes de marchar al exilio, pero se publicaría unos días más tarde, por prudencia, una vez auxiliada toda la familia real y ante el temor de posibles reacciones por parte de los monárquicos.
Fue publicado en Madrid el 17 de Abril de 1931 en el diario ABC y otros periódicos del país para conocimiento de todos los españoles, que son sus destinatarios.
El texto se publica en la prensa nacional el día 17 de abril de 1931, y es la consecuencia directa de los acontecimientos acaecidos en el país durante la semana precedente. El día 12 se había celebrado elecciones municipales, en las cuales, con una alta participación (66,9% del censo, reservado en este momento a varones mayores de 25 años), resultaron claramente triunfadores los partidos antimonárquicos aglutinados en el Pacto de San Sebastián (PSOE, partidos radicales, republicanos y nacionalistas catalanes y vascos). Por dicho Pacto, acordado en 1930, los partidos citados se comprometían a protagonizar una insurrección que instaurara la república en España, lo que hubiera supuesto la continuación del sistema tradicional de cambio de gobierno en el país desde el siglo XIX, esto es, el pronunciamiento militar. De hecho, en diciembre de 1930 se había producido una sublevación fallida en Jaca (Huesca), protagonizada por los capitanes Fermín Galán y García Hernández.
ANALISIS Y COMENTARIO
En esta ocasión, sin embargo, el cambio no ya de gobierno, sino de régimen, iba a llegar a través de las urnas y no de un pronunciamiento. El sistema caciquil, que hasta ese momento se había encargado de manipular las elecciones a conveniencia, demostraba toda su fuerza en las áreas rurales, pero poco podía hacer en las grandes ciudades. En 41 de las 50 capitales provinciales triunfaron los candidatos antimonárquicos. De esta manera, la consulta electoral se convirtió, en la práctica, en un auténtico referéndum sobre la continuidad de la monarquía.
Nada más conocerse los resultados, varios ministros del gobierno de Juan Bautista Aznar intentan convencer al rey para que abandone el país. Incluso el ministro de la Guerra, el general Berenguer, ordena a los capitanes generales que acepten la voluntad popular. Cualquier duda al respecto se disipa cuando, el día 14, numerosos ayuntamientos españoles, comenzando por el de Eibar, proclaman la República. Esa misma tarde, el rey firma el Manifiesto por el que abandona el trono, y parte hacia el exilio.
El resultado electoral es, en buena medida, la constatación del profundo descontento existente en el país desde hacía años.
El propio monarca, en el texto de referencia, hace alusión a los graves errores de gobierno habidos en la década anterior al afirmar que « un rey puede equivocarse, y sin duda erré yo alguna vez... ». Entre estos graves problemas, podríamos citar el profundo malestar existente entre un campesinado sin tierras y que sufre la opresión del sistema caciquil, la incapacidad del sistema económico para dar respuesta a los anhelos de la burguesía, y, sobre todo, las tres grandes crisis del reinado: la Semana Trágica de 1909, la crisis de 1917 y el desastre de Annual. En las dos primeras, promovidas en gran medida por una importante tensión social, el rey optó siempre por estar al lado de los que mantenían el orden social que defendía los intereses de la oligarquía política y económica del país. En la tercera, al monarca se le relacionó con el desastre militar más importante del estado liberal español fuera de sus fronteras, y todo ello en aras de la defensa de una política colonial de fuerza y prestigio. Con todo ello, la monarquía, que además ha otorgado el poder a un dictador como Primo de Rivera, parece haberse convertido en el elemento a batir.
La recién proclamada SEGUNDA REPÚBLICA será el régimen político español hasta 1936, cuando, con el golpe de estado del general Franco, se inicie la Guerra Civil Española y la posterior dictadura. Será un periodo convulso marcado por toda una serie de intentos de reformas diversas, algunos acabados con más éxito que otros; esta labor se podría resumir en:
La constitución de 1931. De las más democráticas que se han hecho en España. Trataba de establecer un estado social de derecho, en donde no solo quedasen resguardadas las libertades individuales, sino también los derechos sociales y nacionales. Tuvo una cierta tendencia izquierdista fruto de la falta de consenso con la derecha, lo que se muestra sobre todo en su anticlericalismo.
Reforma religiosa. Se establecieron una serie de leyes, algunas de ellas en la propia constitución, para reducir el poder de la Iglesia. Se disuelve la Compañía de Jesús; se realiza una Ley de Congregaciones que regulará las actividades económicas de la iglesia y se le coartará su capacidad docente; se suprimirá el presupuesto para el clero, lo que priva a la Iglesia de su principal fuente de financiación, y en general se pretenderá una laicización de la sociedad al permitirse el matrimonio civil, la secularización de los cementerios y el divorcio. La Iglesia se opondrá frontalmente a la República convirtiéndose en la abanderada de los que se oponen a ella. Reforma Agraria.
Reforma Agraria:
La Ley de 1932 va a pretender acabar con este problema histórico. La Ley pretende eliminar el latifundismo, modernizar la agricultura y acabar con el hambre de tierras del campesinado español formado en gran parte de jornaleros. Se adoptó la forma de la expropiación con indemnización (en la mayor parte de los casos) de los latifundios subexplotados o no explotados directamente. El encargado de realizar estas actuaciones será el IRA (Instituto de reforma Agraria). El proceso de Reforma encontró muchas dificultades repentizándose muchísimo, lo que provocó una fuerte agitación social entre el campesinado. La Reforma se paralizó durante el bienio conservador, devolviéndose incluso algunas tierras a sus antiguos propietarios. Con la victoria del Frente Popular se produce un gran impulso (en algunos casos son ocupaciones que serán legalizadas).
Reforma militar. Se pretendía:
== La profesionalización del ejército. El ejército español padecía de macrocefalia. Demasiados oficiales para tan pocas unidades en efectivo. Para combatirlo se trató de reducir el número de regiones militares y capitanías generales. Se suprimió la academia militar de Zaragoza dirigida por Franco.
== La fidelidad a la República. Se ofreció el retiro voluntario y remunerado a los oficiales monárquicos, se sometió a la jurisdicción civil y se creo un nuevo cuerpo de orden público fiel a la República: los Guardias de Asalto.
Reformas sociales.
Se va realizar una legislación favorable a los trabajadores, especialmente desde el ministerio de Trabajo dirigido por Francisco Largo Caballero. La república, además, se va a preocupar especialmente por la educación.
Se va a realizar una importante reforma educativa centrada en la extensión de la enseñanza primaria. Para ello se van a crear nuevas escuelas (6.000) y se va a dar trabajo a multitud de maestros.
Establecimiento de un sistema de autonomías para las regiones históricas. Se trataba de dar así respuesta a las aspiraciones nacionalistas. En septiembre de 1932 se aprobaba el Estatuto de Cataluña. Gracias a él se formará la Generalitat de Cataluña dirigida durante todo el periodo por ERC (Primero por Macia y después por Companys). Estuvo suspendida entre 1934 y 1936, pero después de las elecciones del 36 volvió a restaurarse. Se negociaron otros estatutos pero el bienio conservador primero y la guerra después impidió su aprobación salvo en el caso de País Vasco que fue aprobado en 1936 iniciada ya la guerra (Gobierno autónomo dirigido por el PNV de José Antonio Aguirre).
VALORACIÓN: La importancia del texto firmado por Alfonso XIII, en el momento en que se escribe, es capital, ya que marca el fin del régimen político por el que se había regido España (con la excepción del breve periodo de la SEGUNDA REPÚBLICA) desde su formación como Estado. La monarquía, sin embargo, volverá a proclamarse en España 44 años después, en 1975, tras la muerte del dictador Francisco Franco, con la coronación de don Juan Carlos I, nieto de Alfonso XIII. Ello nos lleva a fijarnos en otra afirmación del texto: “No renuncio a ninguno de mis derechos…”. Alfonso XIII abandona el trono, pero no renuncia a sus derechos dinásticos. Esta es la razón por la cual, durante la dictadura franquista, una parte del exilio se aglutina en torno a la figura de D. Juan, hijo del rey depuesto, reclamando la reinstauración de la monarquía en España. El propio general Franco parece hacer suya esta idea cuando proclama al príncipe don Juan Carlos como se heredero. Finalmente, don Juan cederá los derechos dinásticos a su hijo siendo éste ya monarca.
21.- ALGUNOS ARTÍCULOS DE LA CONSTITUCIÓN DE 1931.
Art. 1.- España es una República democrática de trabajadores de toda clase... Los poderes de todos sus órganos emanan del pueblo... La bandera de la República española es roja, amarilla y morada.
Art. 3.- El Estado español no tiene religión oficial.
Art. 11.- Si una o varias provincias limítrofes, con características históricas, culturales y económicas comunes, acordaran organizarse en región autónoma... dentro del Estado español, presentarán su Estatuto con arreglo a lo establecido en el Art. 12.
Art. 26.- Una ley especial regulará la total extinción... del presupuesto del clero.
Quedan disueltas aquellas Órdenes religiosas que estatutariamente impongan, además de los tres votos canónicos, otro especial de obediencia a autoridad distinta de la legítima del Estado.
Art. 36.- Los ciudadanos de uno y otro sexo, mayores de veintitrés años, tendrán los mismos derechos electorales...
Art. 67.- El presidente de la República es el Jefe del Estado y personifica a la Nación...
Art. 68.- El presidente de la República será elegido por las Cortes...
CLASIFICACIÓN
Es una fuente primaria. Texto histórico-circunstancial de carácter jurídico. Documento público. Por ser una Constitución es un texto de gran trascendencia para la regulación de la vida de los españoles en ese momento.
--- La Dictadura de Primo de Rivera se mostraba ineficaz para resolver los problemas del país, el régimen dictatorial se encuentra incapaz de solucionar los problemas y el aumento de la oposición hizo que el general mostrará su mano de hierro y tras comprobar que no contaba con apoyos en el ejército ni de las fuerzas sociales, presentó su dimisión el 28 de enero de 1930, dejando a Alfonso XIII como el representante de todos los males de la dictadura que había contribuido a alentar. El gobierno Berenguer fue un parche anacrónico en su intento de resucitar la constitución de 1876 y el sistema caciquil. La monarquía parecía incapaz de sobrevivir y los republicanos comienzan a tomar conciencia de su fuerza tras el pacto de San Sebastián en 1930. Berenguer dimite, ante las discrepancias en una cuestión que luego se demuestra clave para la supervivencia de la monarquía, la conveniencia de convocar primero elecciones generales o municipales. Tras su dimisión se nombra un gobierno provisional del almirante Aznar, que convoca elecciones municipales con el triunfo de las fuerzas republicanas y la inmediata proclamación de la República, produciéndose un periodo de breve en la euforia moral del país. La II REPÚBLICA elabora la Constitución de 1931.
ANALISIS Y COMENTARIO de los artículos reseñados en el texto:
La Constitución de 1931 es semejante a la de otros países europeos que propugnan “una república de trabajadores de todas clases”. Es una Constitución democrática en la que la soberanía emana del pueblo, pueblo al que se iguala ante la ley. Y que defiende los ideales de justicia, libertad e igualdad como defienden otras constituciones de países modernos del escenario internacional.
Afirma la renuncia a la guerra como instrumento de las relaciones internacionales, y se ajusta al derecho internacional, motivado por el escenario internacional y la época de entreguerras en que se produce la proclamación de la República española.
Dos temas fueron especialmente polémicos: las nacionalidades y la cuestión religiosa. El art. 3º “el estado español no tiene religión oficial” era un tema espinoso en un país donde las fuerzas conservadoras estaban muy imbricadas con la jerarquías eclesiásticas. En cuanto al tema de las autonomías que se conceden a las diferentes regiones, llegándose a desarrollar los Estatutos de Autonomía de dos regiones consideradas históricas, Cataluña y el País Vasco, no se renuncia a un “Estado Integral”.
VALORACIÓN
-- En cuanto a las concordancias o discrepancias con la Constitución actual, la primera diferencia fundamental esta en el artículo primero. Es la forma de gobierno. En la primera la forma por la que se opta es la República, en la de 1978 la forma que se consensua es la de una Monarquía parlamentaria.
-- Otra diferencia fundamental es la forma de concepción del Estado. En la constitución de 1931 se opta por un Estado integral aunque con reconocimiento de la autonomía regional, mientras que en la constitución actualmente vigente, la formula adoptada es la del estado de las autonomías.
-- Las banderas, que actúan como emblemas representativos en la psicología de los pueblos, también son diferentes, la franja morada de la bandera republicana, que fue sustituida por la roja con la dictadura de Franco, se mantiene en 1978.
-- La forma de reconocimiento de donde emana la soberanía por parte del pueblo es un rasgo de identidad de ambas constituciones, además de otros temas como el del estado aconfesional, el idioma oficial del estado, la capitalidad y en general todos aquellos principios democráticos básicos, así como la aceptación de las normas del derecho internacional
22.- AZAÑA Y EL PROBLEMA RELIGIOSO DURANTE LA SEGUNDA REPÚBLICA 1931.
... La premisa de este problema, hoy político, la formulo yo de esta manera: España ha dejado de ser católica; el problema político consiguientes es organizar el Estado en forma tal que quede adecuado a esta fase nueva e histórica del pueblo español. Yo no puedo admitir, señores diputados, que a esto se le llame problema religioso. El auténtico problema religioso no puede exceder de los límites de la conciencia personal, porque es en la conciencia personal donde se formula y se responde la pregunta sobre el misterio de nuestro destino. Este es un problema político, de Constitución del Estado... porque nuestro Estado, a diferencia del Estado antiguo... excluye toda preocupación ultraterrena...Se trata simplemente de organizar el Estado español con sujeción a las premisas que acabo de establecer...Que siga entregado a las órdenes religiosas el servicio de la enseñanza. Eso jamás. Yo lo siento mucho; pero ésta es la verdadera defensa de la República.¿Permitiríais vosotros que un catedrático en la universidad explicase la astronomía de Aristóteles y que dijese que el cielo se compone de varias esferas a las cuales están atornilladas las estrellas? ¿Permitiríais que se propagase en la cátedra de la universidad española la medicina del siglo XVI? No lo permitiríais...Pues yo digo que, en el orden de las ciencias morales y políticas, la obligación de las órdenes religiosas católicas, en virtud de su dogma, es enseñar todo lo que es contrario a los principios en los que se funda el Estado moderno. AZAÑA, M.: Discurso en el Congreso, 13 de octubre de 1931.
CLASIFICACIÓN
Es una fuente primaria y directa de naturaleza histórico-circunstancial. Un documento público. El texto es un discurso de contenido político, realizado por Manuel Azaña, político que será ministro de Guerra, Presidente del Gobierno y Presidente de la República, ante las Cortes Constituyentes españolas de 1931, surgidas de las elecciones de junio de 1931. El texto se sitúa en el otoño de 1931 y los destinatarios son los diputados de las Cortes.
ANALISIS Y COMENTARIO
La intención es la defensa de un estado laico, concretamente de los artículos 26 y 27 de la Constitución, y la defensa que el cambio de régimen debe abordar los problemas profundos del país, el dominio oligárquico de los pueblos, la propiedad concentrada y el papel de la iglesia .En primer lugar el autor plantea en su discurso que se está en una revolución iniciada con la caída del máximo culpable de las desgracias de España, el rey y la proclamación de la República. En segundo lugar el problema social derivado de la propiedad de la tierra, en tercer lugar el problema autonómico y en cuarto lugar el religioso, problema que Azaña quisiera ver en el ámbito privado, pero que al hacerse político hay que solucionarlo con la separación entre el Estado y la Iglesia. El problema histórico de este texto es, por un lado, la constatación del problema autonómico y el de la reforma agraria, y por otro, el de la relación Iglesia-Estado, defendiéndose la opción del laicismo con la plena separación de ambos organismos. Por último, el problema religioso: El conflicto más grave se produjo a causa del enfrentamiento entre la Iglesia y el nuevo régimen. Los sectores más reaccionarios del clero hostigaron al Gobierno a través de pastorales por su política laicista en materia de enseñanza y de abandono de la financiación de la Iglesia. La situación desembocó en mayo en la “quema de conventos” y la actitud hostil de la Iglesia hacia la República había despertado el viejo anticlericalismo. La quema de conventos fue utilizada por las clases propietarias, que hicieron de la “defensa de la religión” una eficaz arma de propaganda antirrepublicana. En la “cuestión religiosa” se centraron los más encendidos debates. La Constitución estableció la disolución de las congregaciones religiosas de “obediencia a autoridad distinta de la legítima del Estado”. Desaparecía el presupuesto de culto y clero. Se prohibía a las congregaciones religiosas el ejercicio de la enseñanza, la industria y el comercio, al tiempo que quedaban sometidas a una ley especial. La Constitución proclamaba la libertad de conciencia y cultos y establecía la jurisdicción sobre los cementerios. Este es sin duda el tema principal que plantea el texto. En el documento aparece una argumentación de tipo casi filosófico: anula el problema desplazándolo a la esfera privada e íntima del individuo. Sin embargo esto no es más que una simplificación: España deja de ser católica sí, es decir, el Estado español deja de ser confesionalmente católico, pero la mayoría de los españoles son católicos. Además, el punto de partida del debate para los diputados de derechas es la posición de privilegio de la Iglesia ratificada en la última Constitución, la de 1876 que establecía que el Estado era confesionalmente católico y de los presupuestos del Estado al culto y clero católicos. Había cierta libertad de cultos pero siempre en privado, sin permitir su manifestación pública. Uno de los grandes debates de las Cortes constituyentes, de los que forma parte este documento, fue, el religioso y que se plasmó en la Constitución de 1931. En ella se declaraba que el estado español es laico, se aprobaba la ley de cultos y el matrimonio civil, se suprimía en el plazo de dos años el presupuesto de culto y clero, se prohibía ejercer la enseñanza, la industria y el comercio a las congregaciones religiosas, se suprimía la Compañía de Jesús y la incautación de sus inmuebles por parte del Estado. La aprobación de los artículos religiosos de la Constitución de 1931 provocó la dimisión de los sectores católicos del gobierno como Miguel Maura y Alcalá Zamora, Azaña sustituyó al católico Alcalá Zamora en la Jefatura del gobierno, mientras que éste pasó a Presidente de la República. Amplios sectores de la Iglesia interpretaron estas medidas como una provocación; para ellos el Estado había seguido una trayectoria que iba de la pasividad a la violencia anticlerical y el ataque frontal a la Iglesia tal y como se redactó la Constitución. La cuestión religiosa se convirtió en uno de los ejes de la política de la República, sobre todo por la capacidad de organización política que mostró la Iglesia a través de periódicos, organizaciones sindicales agrarias y partidos. La mayor parte de la jerarquía eclesiástica, encabezada por el cardenal Segura, se manifestaron en contra del régimen republicano.
VALORACIÓN
A modo de conclusión se podría decir que el Discurso de Azaña en las Cortes Constituyentes demuestra una de las contradicciones de la República y la Constitución de 1931. La cuestión religiosa fue tratada sin tacto, quizás, y contribuyó a radicalizar a los españoles que en su mayoría eran católicos, sobre todo los de la España rural y del norte. Se puede decir que la implantación del estado laico fracasó y no fue entendida la libertad religiosa como una más de las libertades para pasar a ser un arma esgrimida por los enemigos de la República y las clases más conservadoras. Estas actuaciones se detienen con los gobiernos del Bienio Conservador (1933-1935), pero se reanudan con más fuerza en febrero de 1936. Cuando comienza la Guerra Civil, la iglesia no duda en apoyar a los sublevados, a los que califica de “cruzados”. Por contra, en la zona controlada por los republicanos, y en el contexto del desgobierno de julio y agosto del 36, muchos eclesiásticos son represaliados y ejecutados por el único delito de profesar(ser católico).
Explicación de Conceptos relacionados con el texto:
Laicismo: Laicismo puede usarse para designar la tendencia a conceder a los laicos una importancia excesiva en detrimento de las prerrogativas de la jerarquía. Pero en el lenguaje corriente designa la posición de aquellos que conciben la religión como un asunto subjetivo y personal. El problema se plantea en Europa en la Edad Contemporánea y da origen a diferentes visiones de la laicidad. Laicidad de la enseñanza: Puede existir una enseñanza laica y una confesional católica. Laicidad del Estado, entendida como separación de los poderes espiritual y temporal, o como neutralidad religiosa, o ateísmo oficial.
República: Sistema de gobierno que preconiza que el jefe del Estado salga de la voluntad popular. Los principios se basan en un régimen constitucional con división de poderes y cuyo dirigente máximo es un presidente. En España ha habido dos intentos de República, pero ambas han fracasado porque se han dado en un contexto de radicalización e inestabilidad progresivas.
Cortes: Órgano de gobierno representativo existente en los distintos reinos de la Península Ibérica desde la época medieval. Convocadas por los monarcas con el objetivo de pedir asesoramiento en algún asunto de estado, solicitar aumento de impuestos o algún nuevo tributo. Son el órgano legislativo y representativo de la soberanía de la nación. En los textos constitucionales españoles predomina el modelo bicameral salvo en las Constituciones de 1812 y la de 1931 que eran unicamerales.
23.- LEY DE BASES DE LA REFORMA AGRARIA. 1932.
Los efectos de esta ley se extienden a todo el territorio de la República. Su aplicación... tendrá lugar en los términos municipales de Andalucía, Extremadura, Ciudad Real, Toledo, Albacete y Salamanca... Las tierras del Estado... podrán ser objeto de asentamientos, sea cualquiera la provincia donde radiquen...
La ejecución de esta ley quedará encomendada al Instituto de Reforma Agraria que... promoverá la formación de organismos de crédito a fin de facilitar a los campesinos asentados el capital necesario para los gastos de explotación...
Serán susceptibles de explotación las tierras incluidas en los siguientes apartados:
1.- Las ofrecidas voluntariamente por sus dueños...
5.- Las que, por no ser explotadas directamente..., deba presumirse que fueron compradas con fines de especulación o con el único objeto de percibir su renta.
7.- Las incultas o manifiestamente mal cultivadas...
Gaceta de Madrid, 21 de septiembre de 1932.
CLASIFICACIÓN
Texto de carácter jurídico. Ley de bases de la Reforma Agraria, publicado en la Gaceta de Madrid (Boletín del Estado) el 21 de septiembre de 1932. Fue un intento del gobierno de Bienio Reformador 1931-1933 de solucionar uno de los problemas seculares de nuestro país: la propiedad de la tierra. Es un documento público : una Ley de la Segunda República Española.
ANALISIS Y COMENTARIO
La Ley de Reforma Agraria pretendía llevar a cabo una redistribución de la propiedad agraria, medida que se juzgaba muy importante y urgente para satisfacer la demanda de los jornaleros sin tierras. Sin embargo, pretendía también la anulación del poder económico de los grandes terratenientes que, en su mayoría, eran monárquicos antirrepublicanos, lo que provocó enormes recelos y la obstrucción sistemática de los partidos de derechas en los debates parlamentarios.
Tras largas discusiones, se aprobó en septiembre de 1932. Sin embargo, en lugar de ceñirse al problema de los latifundios del sur de la península, se aplicó en todo el país de forma simultánea, molestando innecesariamente a muchos pequeños y medianos propietarios, que, sobre todo en Castilla, se opusieron a ella.
Dentro del contenido de esta ley destacaban tres puntos:
• Las tierras pertenecientes a los aristócratas más importantes del país quedaron expropiadas sin indemnización.
• Todos los latifundios, las fincas sistemáticamente arrendadas y los terrenos sin cultivar o abandonados fueron declarados expropiables a cambio del pago de una indemnización por parte del Estado a sus propietarios.
• Las tierras expropiadas pasaban a propiedad estatal para ser destinadas al asentamiento de campesinos, quienes podrían decidir entre la explotación de las fincas recibidas de forma colectiva o el cultivo de parcelas individuales.
Los asentamientos se tramitaron con muchísima lentitud y en medio de una fuerte resistencia, y se interrumpieron casi completamente durante el Gobierno de centro—derecha, a partir de 1934.
Valoración
En resumen se trata de la Ley de Reforma Agraria que se aplicará a los campesinos de las provincias donde predomina el latifundio (Andalucía, Extremadura, Ciudad Real, Toledo, Albacete y Salamanca). Establece que las tierras del Estado y de los antiguos señoríos podrán ser objeto de asentamiento en toda España.
Crea el IRA para ejecutar la ley y promover créditos a los campesinos que se asienten en las tierras expropiadas: las ofrecidas voluntariamente por sus dueños, las mal explotadas o sin cultivar. Quedan excluidos las tierras comunales, los bosques y las fincas bien explotadas.
En 1930, todavía 3,8 millones de personas trabajan en la agricultura, y de ellos, 2 millones eran jornaleros sin tierras y 750.000 aparceros o arrendatarios. Además, el latifundio era muy importante, especialmente en el sur: el 1,8 de las fincas suponían el 44% de las tierras.
Los gobiernos de izquierdas del primer bienio de la Segunda República trataron de encarar el problema mediante decretos que trataban de proteger a los arrendatarios y los campesinos sin tierra: jornada de 8 horas, Ley de Términos Municipales, prórroga automática de los contratos de arrendamiento, sobre todo, con esta ley.
La aplicación de la misma, fue un sonoro fracaso, ya que se tardó un año en completar el registro de propiedades expropiables, además de disponer el IRA de escaso presupuesto para las indemnizaciones (sólo los Grandes de España podían ser expropiados sin indemnización), hicieron que en 1934 sólo 12.000 familias hubiesen sido asentadas. El resultado fue irritar a un campesinado que se alejó de la República y que las derechas se uniesen en contra de la ley.
En total, se produjeron algo más de 10.000 asentamientos, muchos menos de los previstos. A pesar de todo, las relaciones entre los propietarios, que se consideraban amenazados, y los jornaleros, que estaban impacientes por ocupar las tierras, llegaron a un punto de máxima tensión. Las medidas sobre la propiedad agraria crearon una gran alarma entre los terratenientes y unas enormes esperanzas entre los jornaleros y, finalmente, no satisficieron ni a unos ni a otros. Se creó un organismo encargado de llevar a cabo la reforma el IRA (Instituto de Reforma Agraria).
La Reforma Agraria de 1932 queda iniciada pero en el Bienio Conservador 1933-1935 se paraliza lo que provoca una gran agitación en las zonas rurales. En 1936 se pone de nuevo en vigor con el Frente Popular.
24.- PROGRAMA DEL FRENTE POPULAR. 1936.
Los partidos coaligados se comprometen:
A conceder por ley una amplia amnistía de los delitos político-sociales cometidos posteriormente a noviembre de 1933...
Se promulgará una ley concediéndose a las familias de las víctimas producidas por hechos revolucionarios... la adecuada reparación del daño inferido a las personas...
Se restablecerá el imperio de la Constitución.
Los republicanos no aceptan el principio de nacionalización de la tierra y su entrega gratuita a los campesinos, solicitada por los delegados del Partido Socialista...
No aceptan los partidos republicanos el control obrero solicitado por la representación socialista. Convienen en: restablecer la legislación social en la pureza de sus principios... rectificar el proceso de derrumbamiento de los salarios del campo, verdaderos salarios de hambre, fijando salarios mínimos...
Impulsarán, con el ritmo de los primeros años de la República, la creación de escuelas de primera enseñanza, estableciendo cantinas, roperos, colonias escolares y demás instituciones complementarias...
Programa del Frente Popular, 15 de enero de 1936.
CLASIFICACIÓN
Es un texto histórico circunstancial, su temática es sociopolítica y es una fuente directa para el conocimiento de la evolución política de la Segunda República española. Se trata del programa del Frente Popular. Está fechado el 15 de enero de 1936, tras la convocatoria de elecciones por el presidente de la República, Niceto Alcalá Zamora y sería publicado el 16 de enero en el periódico “El socialista”, órgano oficial del partido socialista.Texto histórico-circunstancial de carácter político.
Público. Los partidos de izquierda se unen en el llamado Frente Popular para las elecciones de 1936.
El Frente Popular constituyó una plataforma electoral con un programa mínimo y escasamente revolucionario, que propugnaba la concesión de una amnistía, el restablecimiento de la Constitución de 1931, la recuperación de la legislación del primer bienio (Bienio Progresista 1931-1933) y la aceleración de la reforma agraria y educativa. En Cataluña se creó una formación similar, Front d'Esquerres, liderada por Esquerra Republicana y compuesta por organizaciones nacionalistas, republicanas y obreras catalanas. En febrero de 1936, las elecciones dieron la victoria a los candidatos del Frente Popular, que obtuvieron más del 40 % de los votos en la mayoría de las ciudades importantes.
ANÁLISIS Y COMENTARIO
Entre febrero y julio de 1936 se produjeron los siguientes acontecimientos en el panorama político español: • Se constituyeron gobiernos exclusivamente republicanos, dirigidos por Azaña primero y, a partir de mayo, por Casares Quiroga, ya que en esa fecha Azaña reemplazó a Alcalá-Zamora en la presidencia de la República. Las Cortes habían destituido a Alcalá-Zamora, acogiéndose a un artículo de la Constitución que preveía esta posibilidad en caso de que el presidente hubiera disuelto la cámara legislativa en dos ocasiones durante su mandato. En realidad, los diputados de los partidos del Frente Popular decidieron derrocarlo al considerar que se había extralimitado al quitar o conceder el poder a los diferentes gobiernos. Su desaparición de la vida política alarmó a la opinión pública más moderada.
• Las decisiones políticas más importantes fueron la concesión de una amnistía, la readmisión de los trabajadores represaliados y el restablecimiento del Estatuto de Cataluña y la Generalitat.
Se procedió también a restaurar el programa reformista, en especial la reforma agraria, mediante expedientes de emergencia.
• Los socialistas no participaron en el Gobierno porque así se había acordado previamente y debido también a la división interna dentro de esta formación política.
• El PCE, fiel a la estrategia de unidad antifascista difundida por la Internacional Comunista, opinaba que la defensa de la República y la democracia frente al fascismo era prioritaria incluso por encima de la revolución, y criticaron abiertamente las posiciones «izquierdistas» de la CNT y los radicales del PSOE. Esta postura le permitió aumentar considerablemente su influjo en la vida política y social española.
• El movimiento sindical se lanzó a una ofensiva encabezada por la CNT y la UGT para recuperar las posiciones perdidas durante el bienio anterior. Miles de jornaleros del sur de España ocuparon las tierras de las que habían sido desalojados en esa etapa. El Gobierno se apresuró a respaldar la ocupación con medidas legales, mientras que muchos terratenientes paralizaron las labores agrícolas antes de contratar a trabajadores sindicados. Entre mayo y julio de 1936 se produjeron cerca de 200 huelgas agrarias.
Destacó también la oleada huelguística en Madrid (mayo a julio) y, en particular, el paro convocado en el sector de la construcción, que afectó a más de 100 000 trabajadores; en el transcurso del mismo tuvieron lugar enfrentamientos armados entre afiliados de la UGT y la CNT.
• Los militares presuntamente «golpistas» fueron alejados de los centros de poder: Goded fue destinado a Baleares; Franco, a Canarias; y Mola, a Pamplona, donde aprovechó para contactar con los carlistas.
Sin embargo, la conspiración se reanudó a partir de febrero, y en ella participaron no solo los militares antiazañistas, sino también civiles monárquicos, carlistas y fascistas, a los que se relegaba a un segundo plano corno fuerzas de apoyo del ejército.
En la conspiración intervino un sector de la CEDA, especialmente sus juventudes. El gran partido de masas de la derecha católica estaba tan dividido como el PSOE.
• Se incrementó el terrorismo. La trama golpista fue acompañada de una serie de atentados protagonizados por falangistas, con la intención de desestabilizar el régimen y de crear un clima de alarma social: asesinatos abortados como los de Jiménez de Asúa y Largo Caballero, y consumados, corno los de Manuel Pedregal, Carlos Faraudo o el alférez Antonio de los Reyes, entre otros. Primo de Rivera fue encarcelado, y su partido, prohibido. Por su parte, muchos militantes de izquierda, encuadrados en milicias armadas, se tomaron la justicia por su mano y respondieron a los atentados con represalias. En este contexto, el 12 de julio se produjo el asesinato de José Castillo, socialista y teniente de la Guardia de Asalto. Al día siguiente, sus compañeros policías acudieron a buscar a su domicilio a Calvo Sotelo, que era entonces el parlamentario más famoso de la extrema derecha, y lo asesinaron.
VALORACIÓN
Ni Azaña ni Casares Quiroga pudieron evitar el deterioro del orden público.
El doble crimen impactó sobremanera a la opinión pública y sirvió a los conspiradores como argumento para justificar una sublevación militar.
El ambiente de violencia política e incertidumbre, vivido en muchas naciones europeas desde la Primera Guerra Mundial, y en algunas regiones de España durante la monarquía (por ejemplo, en Barcelona), no significaba, sin embargo, que en el país imperara un «clima de guerra civil» ni que la guerra fuera inevitable. Sin embargo, el desasosiego y la intranquilidad se apoderaron de la mayoría de los ciudadanos, que veían sobresaltados esta oleada de violencia y temían que se produjera una nueva insurrección revolucionaria o un golpe militar. Esto último fue lo que sucedió, ya que una parte importante de los mandos del Ejército estaban firmemente decididos a derribar la República y acabar con el gobierno frentepopulista mediante un golpe de fuerza. La sublevación militar antirrepublicana se puso en marcha el 17 de julio y así comenzó la Guerra Civil.
25.- FRAGMENTO DEL DECRETO LEY DE UNIFICACIÓN. BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO. 1937.
Falange Española y Requetés, con sus actuales servicios y elementos, se integran, bajo mi jefatura, en una sola entidad política de carácter nacional, que de momento se denominará Falange Española y Tradicionalista y de las JONS.
Esta organización, intermedia entre la Sociedad y el Estado, tiene la misión principal de comunicar al Estado el aliento del pueblo y de llevar a éste el pensamiento de aquél a través de las virtudes político-morales, de servicio, jerarquía y hermandad (…).
Quedan disueltos las demás organizaciones y partidos políticos.
BOE. Burgos, 20 de abril de 1937.
CLASIFICACIÓN
Es una fuente primaria, un texto jurídico- fragmento de un decreto-, de contenido político. Su autor es el General Francisco Franco, capitán general de Canarias, que se había hecho cargo del ejército sublevado de África el día 18 de julio de 1936 y que desde el 29 de septiembre del mismo año fue elegido por los generales "Jefe del Gobierno del Estado" y "Generalísimo de los Ejércitos españoles" con el fin de coordinar la acción militar del bando sublevado durante la Guerra Civil (1936-39), tras la muerte en accidente del general Sanjurjo. Es un texto público, escrito el 19 de abril de 1.937 en Salamanca, donde está el Cuartel General de Franco, y publicado al día siguiente en el Boletín Oficial del Estado, con sede en Burgos, ciudad donde se estableció la Junta Técnica del Estado.
ANALISIS Y COMENTARIO
Su finalidad es dar a conocer la creación de un partido único, Falange Española Tradicionalista y de las JONS, que unificaba a los falangistas y carlistas y en el que se integrarían todos los demás del bando nacional (monárquicos y antiguos cedistas). Franco sería el Jefe. Lo hizo por la necesidad de establecer un único poder político y evitar las discrepancias internas (días antes había habido en Salamanca un enfrentamiento a tiros entre diversas facciones falangistas). Es un acontecimiento importante en el camino de la consolidación de la dictadura personal de Franco, que concentrará el poder en su persona: será Jefe del Estado, Generalísimo de los ejércitos y Jefe del partido único. Se ve una clara influencia del fascismo italiano. El nuevo partido, FET y de las JONS, será conocido también como Movimiento Nacional.
Ideas fundamentales :
En el preámbulo del decreto, Franco hace referencia a la guerra civil que se está desarrollando, que él con otros militares ha iniciado con la sublevación militar en Marruecos de 17 de julio de 1936. Se muestra lleno de confianza en ganarla y ve próxima la victoria. En abril de 1937, el bando sublevado va a imprimir un giro a su favor con la conquista del Norte de España, aunque el final de la guerra aún tardará en llegar dos años. En la segunda línea, indica la necesidad de tomar medidas políticas encaminadas a organizar el "Estado nuevo" que vendrá tras la victoria.
Los sublevados contra la República carecían de unanimidad política respecto al futuro Estado: unos querían monarquía parlamentaria (alfonsinos, CEDA), otros monarquía tradicionalista (carlistas), algunos república de derechas, muchos militares una dictadura militar, los falangistas un régimen fascista. Las diferencias ideológicas suscitaban tensiones internas. Franco, convertido en árbitro de la situación gracias a sus éxitos militares con el ejército africano, establecerá un poder personal mediante hábiles maniobras políticas.
El Estado Nuevo será el franquista, que ya se va institucionalizando. Franco dice que dicho Estado seguirá los principios de la Revolución Nacional. Es un concepto propio de la ideología falangista. Falange Española era un partido fascista fundado en 1933 por José Antonio Primo del Rivera que se fusionó con las Juntas de Ofensiva Nacional Sindicalista (JONS) de Onésimo Redondo y Ramiro Ledesma Ramos, de ideología nazi. Querían un régimen totalitario llamado Nacionalsindicalismo, a imitación del fascismo italiano: todos los españoles unidos en un destino común bajo la dirección de un líder. Los falangistas eran antiliberales, antimarxistas, antidemócratas, nacionalistas y decían que iban a hacer la Revolución auténtica. Uno de sus lemas era "Por la Patria, el Pan y la Justicia", de gran carga socializante.
En resumen, su discurso era populista y demagógico, pero atraía a sectores de clases medias y populares, especialmente a jóvenes. Los falangistas uniformados habían protagonizado acciones violentas durante la SEGUNDA REPÚBLICA contra militantes de izquierda y al estallar la guerra civil, habían movilizado a numerosos voluntarios para el frente. Los falangistas, muy pocos en 1936, sólo unos 6000, (los "camisas viejas") crecerán enormemente durante la guerra civil y controlarán la prensa y la propaganda. Franco los necesitaba, de ahí que su "Estado nuevo" se inspire en el ideario del nacionalsindicalismo, pero quería controlarlos. Aprovecha que su líder, José Antonio, había sido detenido y fusilado por los republicanos en noviembre de 1936 para doblegar a los falangistas.
Les obliga a unificarse con los Requetés, las milicias armadas del carlismo, que defendían una monarquía católica y tradicional y el mantenimiento de los fueros. Su líder era Fal Conde y eran fuertes en Navarra. Alaba la actuación de Falange y Requetés en el alzamiento nacional, pero insiste en que éste ha sido iniciado por el glorioso ejército. Es decir, mantiene el protagonismo del ejército y de quien lo dirige: él.
En el tercer apartado explica Franco lo que Falange y Requetés pueden aportar al estado franquista: una, la fuerza nueva de las masas juveniles (las escuadras fascistas) y los otros, el ímpetu guerrero y la tradición española (los requetés y el ideario integrista y reaccionario). Comenta que esta unión de lo nuevo y lo tradicional se ha dado también en otros países totalitarios (se refiere a Portugal, Italia y Alemania). Por todo ello dispone en el artículo 1º del Decreto la unificación de Requetés carlistas y falangistas en un partido único Falange Española Tradicionalista y de las JONS (FET y de las JONS) bajo su Jefatura, que sería intermediario entre el Estado y la Sociedad. Es muy propio de los fascismos resaltar el carácter social y representativo del régimen. La sociedad queda organizada según virtudes militares: servicio, jerarquía y hermandad. Todos los demás partidos y organizaciones quedan disueltos.
El Artículo 2º establece la organización del nuevo partido. A su cabeza, el Jefe del Estado (Franco), un Secretariado y el Congreso Nacional.
El artículo 3º funde las milicias de ambos en una sola Milicia Nacional, de la que se nombra Jefe Supremo, y establece que será auxiliar del ejército. Permite que mantengan sus emblemas y signos exteriores. Se adoptarán los símbolos falangistas (de origen fascista): el saludo brazo en alto, los eslóganes ¡Arriba España!, ¡España, una, grande, libre! los emblemas como el yugo y las flechas, himnos (Cara al sol), el uniforme (la camisa azul) pero con la boina roja carlista.
CONCLUSIONES
Hubo algunas resistencias a este Decreto, como la de Hedilla, jefe de Falange que fue condenado a muerte y finalmente desterrado, igual que el líder carlista Fal Conde. Las ideas fascistas del partido, llamado Movimiento Nacional, fueron la base del régimen franquista en los primeros años (1939-43) y a imitación de Mussolini (Duce) y Hitler (Führer) Franco se hizo llamar Caudillo. FET promovía enormes concentraciones de masas a favor de la dictadura, un rasgo típicamente populista. La Revolución Nacional nunca se llevará a cabo y quedará como Revolución pendiente.
26.- ALGUNOS ARTÍCULOS DEL FUERO DE LOS ESPAÑOLES. 1945.
Art. 1.- El Estado español proclama como principio rector de sus actos el respeto a la dignidad, la integridad y la libertad de la persona humana, reconociendo al hombre, en cuanto portador de valores eternos...
Art. 2.- Los españoles deben servicio fiel a la Patria, lealtad al jefe del Estado y obediencia a las leyes...
Art. 6.- La profesión y práctica de la Religión Católica, que es la del Estado español, gozará de la protección oficial... No se permitirán otras ceremonias ni manifestaciones externas que las de la Religión Católica.
Art. 10.- Todos los españoles tienen derecho a participar en las funciones públicas de carácter representativo, a través de la Familia, el Municipio y el Sindicato...
Art. 22.- El Estado reconoce y ampara a la familia como institución natural y fundamento de la sociedad... El Estado protegerá especialmente a las familias numerosas. El matrimonio será uno e indisoluble...
Art. 28.- El Estado español garantiza a los trabajadores la seguridad de amparo en el infortunio y les reconoce el derecho a la asistencia en los casos de vejez, muerte, enfermedad, maternidad, accidentes de trabajo, invalidez, paro forzoso y demás riesgos que pueden ser objeto de seguro social...
Dado en el Pardo, a 17 de julio de 1945. Francisco Franco.
CLASIFICACIÓN
Nos encontramos ante un texto jurídico, uno de los más importantes del régimen franquista por ser una de las Leyes Fundamentales del Reino. El general Franco, Jefe del estado español que ejercía su mandato de forma dictatorial, encargó al Instituto de Estudios Políticos creado 1939 este texto. Lo promulga en un momento delicado para su régimen. La Segunda Guerra Mundial esta ha punto de terminar, y entre los aliados persiste un clima de entendimiento que hace posible la creación de la ONU. En este contexto los aliados ven a España como un molesto resquicio de las dictaduras filo fascistas en Europa. Es por ello que en Potsdam los líderes mundiales decidieron el cierre de fronteras y el inicio de un bloqueo que debería finalizar con la caída del régimen de Franco.
El Fuero de los Españoles fue promulgado el 17 de julio de 1945, cuatro días antes fue aprobado por aclamación en las Cortes, coincidiendo con el final de la II Guerra Mundial a favor de los aliados. En 36 artículos. Es un catálogo de los derechos y deberes de los españoles En 1967 La Ley Orgánica del Estado introdujo algunas modificaciones. En 1978 fue derogado por la actual Constitución Española de 1978
ANALISIS Y COMENTARIO
Los responsables del gobierno tratan de hacer un “lavado de cara” al sistema para aparentar no ser fascistas, acuñando conceptos como “democracia orgánica” (aparecido en 1942 en la ley constitutiva de las Cortes), y emitiendo una serie de normas, que, a falta de una constitución, recogían los derechos y deberes de los ciudadanos españoles. Una de ellas fue esta ley, la otra fue la ley de referéndum nacional. No debemos de olvidar que en marzo de 1945 Juan de Borbón había hecho público el manifiesto de Lausana, en donde demandaba la vuelta a la monarquía.
Fernando María Castiella, miembro de la Asociación Católica Nacional de Propagandistas (A.C.N.P), entonces Director del Instituto de Estudios Políticos (creado en 1939) fue el encargado de redactar el Fuero de los Españoles, junto a otros intelectuales de dicho Instituto. Profesor de Derecho Internacional. Fue ministro de Exteriores desde 1957 a 1969.Reivindicó Gibraltar.
El texto establece los derechos de los españoles, los cuales, en principio, son los tradicionalmente recogidos en la mayor parte de los textos constitucionales, pero están siempre supeditados a los intereses del régimen. Así, por ejemplo, se reconoce la libertad de expresión, la inviolabilidad del domicilio, la libre asociación, la propiedad privada. Pero inmediatamente se añade una coletilla en cada artículo, que relativiza el ejercicio de estos derechos a que no contradigan los intereses de la dictadura. Lo cual quiere decir que el estado se arroga el poder de limitar estos “derechos naturales” de los ciudadanos españoles (concepto que, todo sea dicho, no aparece en el texto) para proteger el bien común. Esta actitud es muy típica de las dictaduras filo fascistas. No olvidemos que para esta ideología los derechos del hombre se deben supeditar a los de la nación en aras de alcanzar su “glorioso” destino.
En el fragmento de la ley seleccionado, podemos observar que están contenidos elementos pertenecientes a los tres grandes principios de la dictadura franquista:
· Nacional-sindicalismo. Asunción de elementos ideológicos provenientes del fascismo a la “realidad” social y política española.
== En el artículo 10 se establece que el marco de participación política del español deben ser las corporaciones: familia, municipio y sindicato. Principio básico de la democracia orgánica, opuesto radicalmente a la participación directa a través de partidos, que defiende la democracia liberal.
== En el Art. 22.- El Estado reconoce y ampara a la familia como institución natural y fundamento de la sociedad... El Estado protegerá especialmente a las familias numerosas. El matrimonio será uno e indisoluble...
== en el Art. 28.- El Estado español garantiza a los trabajadores la seguridad de amparo en el infortunio y les reconoce el derecho a la asistencia en los casos de vejez, muerte, enfermedad, maternidad, accidentes de trabajo, invalidez, paro forzoso y demás riesgos que pueden ser objeto de seguro social...
== En el artículo 30 la propiedad privada queda supeditada a los intereses del estado. Algo consecuente con el modelo económico fascista, intervencionista y autárquico, que esta funcionando en estos momentos en el país.
== Artículo 33. Supeditación de los derechos individuales a la unidad social de la nación. Hay que evitar la lucha de clases. Los diferentes grupos de españoles deben colaborar en el marco de las corporaciones.
== Articulo 35. Se da la posibilidad al ejecutivo de suspender estos limitados derechos cuando lo vea necesario, lo que supone un reforzamiento del poder del gobierno, propio de los regímenes autoritarios.
Estos derechos se incumplieron continuamente en la España franquista.
Nacional catolicismo. Defensa de la religión y la moral católica como principios fundamentales del estado.
= El estado es confesional. Aún así se permite que se puedan tener otras creencias , siempre y cuando no las hagan públicas. La moral ultra católica se hace ley y durante años la Iglesia impone sus normas a la sociedad española.
= La familia es establece como uno de los pilares del orden social. Dicha familia se concibe bajo el prisma tradicional de la moral católica: Matrimonio indisoluble, elevado número de hijos, etc.
= Supeditación de los derechos individuales a la unidad religiosa. En numerosos textos y discursos se reivindica la figura de los RRCC y Felipe II como defensores de una nación de una sola creencia.
Nacional patriotismo. Defensa de la unidad de España frente a cualquier pretensión autonomista o separatista.
= Supeditación de los derechos individuales a la unidad nacional. Nada puede atentar contra la España unitaria que concibe el régimen
Valoración:
El Fuero de los Españoles fue una medida oportunista, fruto, por un lado de la coyuntura internacional democrática nacida al término de la Segunda Guerra Mundial con la victoria de los aliados; y por otro, del interés de Franco por permanecer en el poder. “Un cambio cosmético, un medio ficticio de ocultar una realidad vergonzante” según J.Tusell, para lo que siguió siendo una dictadura que solo había cambiado su nombre por el de democracia orgánica. Este documento en la práctica no tuvo vigencia .La regulación mediante leyes ordinarias de los derechos y deberes se dejaba para el futuro, y esta no llegó a formularse. Además, en uno de sus artículos se reconocía la posibilidad de suspensión de las citadas garantías por decreto-ley. Por otra parte, las garantías que se formulaban quedaban exclusivamente para aquellos partidarios del régimen leales al Jefe del Estado .Los “rojos” carecían de cualquier libertad.
27.- CONVENIO DEFENSIVO ENTRE ESTADOS UNIDOS Y ESPAÑA. 1953.
Frente al peligro que amenaza al Mundo Occidental, los Gobiernos de los Estados Unidos y de España, deseosos de contribuir al mantenimiento de la Paz y de la Seguridad Internacional... han convenido lo siguiente:1.- Por parte de los Estados Unidos.... la concesión de asistencia a España en forma de suministro de material de guerra... con la posible cooperación de la industria española... y para mejorar el material de sus fuerzas militares y navales...2.- ...el Gobierno de España autoriza al Gobierno de los Estados Unidos... a desarrollar, mantener y utilizar para fines militares, juntamente con el Gobierno de España, aquellas zonas e instalaciones en territorio bajo jurisdicción española que se convenga por la autoridades competentes de ambos Gobiernos...Se autoriza a los Estados Unidos a preparar y mejorar las zonas e instalaciones convenidas para uso militar y realizar las construcciones necesarias a tal fin, para acuartelar y alojar el personal civil y militar indispensables en las mismas...3.- Las zonas que en virtud de este Convenio se preparen para su utilización conjunta, quedarán siempre bajo pabellón y mando español...Hecho en Madrid el día 26 de septiembre de 1953
CLASIFICACIÓN
Texto histórico-circunstancial de carácter político. Documento público de gran importancia para la supervivencia de la Dictadura Franquista.
ANALISIS Y COMENTARIO.
Etapas del franquismo: Aislamiento y autarquía (1939–59).-Aislamiento internacional (1945–1950)
El triunfo aliado en la segunda guerra mundial sobre el fascismo y el nazismo condenó al ostracismo internacional al régimen de Franco.
Una nota oficial de Estados Unidos, Inglaterra y Francia (enero 1946) negaba la legitimidad del gobierno español y confiaba en el triunfo de la oposición interior. Estos países retiraron sus embajadores de Madrid. En diciembre de 1946, la ONU negó la entrada de España en la organización y condenó el régimen franquista.
La Asamblea hace constar que en la Conferencia de Potsdam, los Gobiernos del Reino Unido, de los Estados Unidos de América y de la Unión Soviética declararon que no apoyarían una solicitud de admisión como miembro de las Naciones Unidas hecha por el actual Gobierno español, el cual, habiendo sido establecido con ayuda de las potencias del Eje, no reúne por razón de su origen, de su naturaleza, de su historia y de su íntima asociación con los Estados agresores, las cualidades necesarias para justificar su adhesión.(Resolución de la ONU (1946).
El bloqueo económico internacional alejó a España del Plan Marshall (1948), que facilitaría la reconstrucción y la recuperación económica de la Europa arruinada por la guerra mundial.
Ante este aislamiento internacional, Franco reaccionó con una campaña interior de nacionalismo exaltado, llena de manifestaciones multitudinarias de apoyo al régimen y a su Caudillo, discursos oficiales culpando a Rusia de encabezar una conspiración judeo-comunista contra España.
Apertura internacional (1950–1962)
Después de la contienda mundial, nació un nuevo contexto internacional de guerra fría, de enfrentamiento entre el bloque occidental, liderado por Estados Unidos y Europa occidental, y el bloque comunista sometido ala Unión Soviética. España se ofreció como instrumento útil para Estados Unidos en esta coyuntura. Desde 1947 y el inicio del enfrentamiento con la URSS —bloqueo de Berlín, junio 1948— la posición anticomunista del régimen franquista fue valorada positivamente por los EEUU.
Fruto de esta aceptación internacional y del apoyo norteamericano, la ONU levantó su veto (octubre 1950) contra España, permitiéndole ingresar en organismos como la FAO y la UNESCO, y en 1955 en la ONU.
Los EEUU restablecen las relaciones diplomáticas con España (enero 1951) y firman los Acuerdos Hispano-Norteamericanos (septiembre de 1953). Un nuevo Concordato con la Santa Sede (1953) avanza en el reconocimiento internacional del franquismo a la vez que remarca el carácter católico del Estado y su vinculación con el Vaticano. En febrero de 1962, España solicita su ingreso en la CEE, pero sólo consigue un Acuerdo Comercial (1970).
Análisis acuerdo con los EEUU
A principios de 1951, tras la visita del almirante Sherman, se produjo un cambio de actitud de los EEUU respecto al régimen franquista. La necesidad de obtener bases en España, esenciales en la estrategia global norteamericana para la contención del expansionismo comunista, obligó a que en este cambio de actitud prevalecieran los criterios militares sobre los políticos. La debilidad diplomática del régimen español y su imperiosa necesidad de reconocimiento internacional, que apenas ocultaba, condicionaron muy negativamente el desarrollo de las negociaciones.
El Madrid 26 de septiembre de 1953 el embajador de EEUU e España James Clement Dunn y el Ministro español de Asuntos Exteriores Alberto Martín Artajo tras 2 años de negociaciones se firmó el convenio.
- Los Estados Unidos obtuvieron bases estratégicas de primer orden, vitales para la contención del expansionismo comunista. Las más importantes fueron las de Rota, Morón, Zaragoza y Torrejón de Ardoz, así como otras instalaciones logísticas o de control radio eléctrico (radar, comunicaciones) en otras partes del territorio. Los Estados Unidos habían pretendido nada menos que cesiones territoriales para la instalación de bases militares, exigencia que sólo se pudo compensar con la introducción de la fórmula de la utilización conjunta.
El compromiso de ayuda económica que contemplaban las cláusulas del acuerdo se sustanció en los 456 millones de dólares concedidos en concepto de ayuda militar y los 1.013 millones en ayuda económica, muy inferior, en cualquiera de los dos casos, a la obtenida por la mayoría de los países europeos: un quinto de la prestada a Francia, una séptima parte de la recibida por el Reino Unido y una cuarta parte de la ofrecida a Alemania.
El fiasco del Plan Marshall, cuyos beneficios alcanzaron incluso a la Yugoslavia comunista del mariscal Tito, sólo quedó compensado por la ayuda acordada como contraprestación económica por la instalación de las bases hispano-norteamericanas. Nuestro país, con su histórica dignidad no exenta de sátira, hizo su particular desplante en la espléndida película del director español Luis García Berlanga, Bienvenido míster Marshall, desplante cinematográfico en blanco y negro, donde se plasmaba la realidad gris de una nación famélica, ante la que pasaba de largo, una vez más, la caravana del progreso.
VALORACIÓN
El apoyo de EEUU y de la Iglesia católica hace que el franquismo se estabilice y se afiance y salga del aislamiento. Llegan inversiones de EEUU y también inglesas que permiten salir del bloqueo económico y de la política de autarquía.
La propaganda norteamericana se empleó a fondo en toda España para dar a conocer las excelencias del american way of life (modo de vida americano), el sistema capaz de generar en aquel país tanto bienestar, progreso y poder. Los Estados Unidos, abandonando su anterior postura, apostaban ahora por la reconducción de España al redil del capitalismo occidental. Franco también.
Las consecuencias de esta política no tardaron en dejarse sentir en España, y no sólo por la fascinación que ejercía aquel espejismo, sino por las derivaciones, también políticas y de gran calado, que se iban a operar rápidamente en el régimen, entre ellas el abandono definitivo de la autarquía y la inserción plena del régimen en las corrientes capitalistas occidentales. La Falange quedó reducida a un papel casi ornamental.
En 1963 se prorrogó por 5 años el Convenio Defensivo con los EEUU. Supuso la ayuda de 100 millones de dólares y créditos para la adquisición de armamento por valor de 50 millones de dólares.
Los siguientes acuerdos se firmaron en 1969, 1970, 1976, 1982, 1988, 1992 y 2001.
Las bases que se habían utilizado conjuntamente pasaron a ser propiedad del Estado Español quien autorizaba a EEUU el uso de ellas. Se les prohibió almacenar e instalar armas nucleares en territorio español.
Se redujo la presencia norteamericana en España y en la Declaración Conjunta de 2001 se da un gran paso se pasa del capítulo prioritario defensivo a aspectos económicos, terrorismo, narcotráfico, convenio de extradición y diversas iniciativas de cooperación científica, industrial y tecnológica.
28.- CONCORDATO ENTRE ESPAÑA Y LA SANTA SEDE. 1953.
Art. 1.- La religión católica, apostólica, romana sigue siendo la única de la nación española, y gozará de los derechos y de las prerrogativas que le corresponden en conformidad con la Ley Divina y el Derecho canónico...
Art. 5.- El Estado tendrá por festivos los días establecidos como tales por la Iglesia...
Art. 15.- Los clérigos y religiosos, ya sean estos profesos o novicios, están exentos del servicio militar...
Art. 19.... El Estado, a título de indemnización por las pasadas desamortizaciones de bienes eclesiásticos, y como contribución a la obra de la Iglesia a favor de la nación, le asignará anualmente una adecuada dotación.
Art. 20.- Gozarán de exención de impuestos y contribuciones de índole estatal o local: a) las iglesias... f) los colegios u otros centros de enseñanza dependientes de la jerarquía eclesiástica que tengan la consideración de benéfico-docentes...
Art. 23.- El Estado español reconoce plenos efectos civiles al matrimonio celebrado según las normas del Derecho Canónico.
Art. 27.- El Estado español garantiza la enseñanza de la religión católica como materia ordinaria y obligatoria en todos los centros docentes, sean estatales o no estatales de cualquier orden o grado...”
Art. 147.- Dentro de los términos de la presente Constitución, los Estatutos serán la norma institucional básica de cada Comunidad Autónoma...
CLASIFICACIÓN
Texto diplomático. Un acuerdo entre España y la Santa Sede en 1953.
Documento Público.
ANALISIS Y COMENTARIO
El 25 de agosto de 1953, Alberto Martín Artajo, en nombre de Franco, y Domenico Tardini, en el de Pío XII, firmaban un concordato que se había hecho esperar muchos años. Cuando, el 30 de octubre, Franco lo presentaba en las Cortes para su ratificación, dijo que si había tardado tanto no había sido por desavenencias, sino porque él no había querido comprometer a la Iglesia ante "la torpe conjura internacional contra nuestra patria". En realidad, el concordato obedecía a un giro diametral del contexto político mundial.
En 1945, con la victoria de los aliados contra los fascismos, Franco había pasado por momentos muy difíciles. El 12 de febrero, Roosevelt, Churchill y Stalin, reunidos en Yalta, declaraban que todos los países satélites del Eje tendrían elecciones libres. El 17 de julio, en Potsdam, condenaban explícitamente al régimen franquista. El 19 de junio, Naciones Unidas decidía excluir de la organización a "cualquier régimen que se haya instaurado con la ayuda de los estados que han luchado contra las Naciones Unidas". Incluso algunos generales que habían hecho la guerra con Franco le decían por escrito que, por el bien de la patria, debía retirarse.
Pero estalló la guerra fría entre Estados Unidos y la Unión Soviética, y Franco, vencedor del comunismo en España, iba a convertirse en uno más de la larga serie de dictadores que Estados Unidos protegía con tal de que hicieran de peones de su política. Las sanciones internacionales contra el franquismo iban cayendo y también el Vaticano se sumaba al deshielo. El concordato de agosto de 1953 se enmarcaba entre la entrada de España en la Unesco (30 de enero) y los pactos militares con Estados Unidos (26 de septiembre).
La propaganda franquista explotó el concordato como un gran triunfo. Los canonistas se deshacían en elogios hacia él. El catedrático de Derecho Canónico de la Universidad de Madrid Eloy Montero dijo que era "el más conforme a la doctrina de la Iglesia que haya podido ajustarse a través de todas las épocas de la historia". El famoso canonista moralista P. Fernández Regatillo afirmaba enfáticamente: "Nosotros, después de haber recorrido los 150 convenios o concordatos celebrados entre la Santa Sede y los diversos estados en el correr de los siglos, después de haber explicado muchos años la asignatura de concordatos, no creemos aventurado afirmar que éste se lleva la palma entre todos los de otras naciones y de todos los tiempos".
También en Roma era considerado el modelo de concordato con un dictador que favorecía a la Iglesia y rendía honores públicos a la jerarquía, aunque no respetara los derechos humanos. Trujillo, que desde 1930 gobernaba dictatorialmente la República Dominicana, quería un concordato, preguntó al Vaticano cuál era el mejor modelo. Le respondieron que el de Franco y rápidamente negoció otro por el estilo que fue firmado el 16 de junio de 1954. Trujillo murió asesinado en 1961, en vísperas del Concilio Vaticano II, que pondría fin (al menos teóricamente) a ese sistema de relaciones entre Iglesia y Estado.
Análisis del significado del Concordato
Viviendo ya a todos los efectos en un régimen concordatario, la Iglesia española recibía un nuevo impulso cuando en 1953, un mes antes de los "acuerdos", España y el Vaticano suscribían un concordato.
El régimen hacía numerosas concesiones a la Iglesia, pero, a su vez, recibía el espaldarazo definitivo del mundo católico. Por el Concordato, el Estado favorecía a la Santa Sede con la confirmación de la confesionalidad católica del régimen y con el fuero eclesiástico, según el cual los clérigos gozaban de jurisdicción propia, se dotaba económicamente a la Iglesia pagando un salario a los sacerdotes y se le reconocía amplios derechos en el terreno de la enseñanza.
El Gobierno se reservaba, a cambio, la facultad de intervenir en el nombramiento de los obispos mediante un complicado procedimiento que daba suficientes garantías al Vaticano de la idoneidad de los candidatos. Tras la firma del Concordato, obispos y gobernantes se intercambiaban alabanzas y adjudicaban a Franco calificativos desmesurados -"espada del Altísimo", "enviado de Dios hecho Caudillo"- que reforzaban su vocación de salvador de la patria. El Concordato funcionó mientras no surgieron problemas, derivados de la situación política, entre el régimen y algunos grupos de católicos concienciados, sacerdotes nacionalistas o jerarquías descontentas. En el ámbito del antifranquismo tuvo merecido prestigio un grupo de eclesiásticos vascos por su defensa de los derechos humanos en cualquier foro internacional acreditado. La fórmula más usada como protesta fue la de la carta-denuncia, que en 1960 consiguió reunir las firmas de 339 sacerdotes, mayoritariamente de Guipúzcoa y Vizcaya, para condenar la persecución de las peculiaridades vascas y la politización de los nombramientos episcopales.
Casi todos los instrumentos de los que estuvo dotada la Iglesia del franquismo se crearon o fortalecieron antes de 1960. Fue en el terreno de la enseñanza media donde la Iglesia, con sus abundantes y variados establecimientos, pudo desplegar una gran actividad de notable impacto social.
El rechazo de las doctrinas pedagógicas extranjeras, los recelos ante la libertad de pensamiento, una percepción obsesiva y negativa de la sexualidad, el sometimiento de la mujer al varón o la exaltación de la disciplina constituían los pilares de la educación católica.
La conmoción religiosa de la guerra y el entusiasmo católico de la posguerra fomentaron el reclutamiento masivo de vocaciones al clero secular y a las congregaciones religiosas. Sin embargo, debido a la sangría de la guerra, la Iglesia española no volvería a contar con clero tan numeroso como había tenido hasta entonces. Lo que sí pudo tener durante algún tiempo fue el clero más joven de Europa, bajo la obediencia, por el contrario, de los obispos más viejos del continente. De acuerdo con la Ley de Cortes, cerca de veinte prelados se sentaron en la Cámara por designación expresa de Franco desde 1942 hasta el final del franquismo, si bien, a partir de 1969, la mayoría de ellos renunciaron a sus escaños.
Para sufragar su expansión, la Iglesia se benefició de la decisiva ayuda económica del Estado, que creó en ella un sentimiento de gratitud y dependencia, haciéndole olvidar durante bastantes años el alto precio político que hubo de pagar por la subvención. Al deteriorarse las relaciones entre ambos poderes, en 1972, el almirante Carrero Blanco echaría en cara a la Iglesia los 300.000 millones de pesetas que estimaba que había recibido del franquismo a lo largo de treinta años.
VALORACIÓN
Durante el CONCILIO VATICANO II, un grupo de obispos españoles, conservadores en teología y, en política, franquistas, se opusieron tenazmente al decreto sobre la libertad religiosa. Les parecía herético porque, un siglo antes (1864), el Syllabus errorum de Pío IX había condenado la libertad religiosa y la separación entre Iglesia y Estado. Mantenían la doctrina integrista de que el Estado debía proteger la verdad y reprimir los errores y las inmoralidades, y por ello su modelo era la España de Franco y su concordato.
Cuando una votación indicativa aprobó el decreto por gran mayoría, se les hundió no sólo la teología que habían aprendido en el seminario, sino su idea de España. Entonces enviaron a Pablo VI una carta patética en la que pedían que retirara del debate conciliar ese decreto y que se reservara personalmente la cuestión. Le decían que se habían opuesto al decreto por fidelidad al magisterio. Que de aprobarse regresarían a sus sedes desautorizados ante sus fieles. Insinuaban que nadie sabía cómo reaccionaría el Gobierno español, que tanto había hecho y hacía por la Iglesia. Pablo VI no cedió, el decreto pasó a votación definitiva y fue aprobado por 2.308 votos, con sólo 70 en contra y 6 nulos. El concordato de Franco ya no reflejaba la doctrina de la Iglesia.
El Concordato de 1953 continuó en vigor hasta la aprobación de la Constitución española de 1978 que de nuevo separaría la Iglesia del Estado. La Constitución de 1978 diseño un modelo de Estado aconfesional, proclamando en su artículo 16 la libertad ideológica, religiosa y de culto y afirmando que "ninguna confesión tendrá carácter estatal". Sin embargo la Constitución no quiso establecer un modelo de clara fundamentación laica, en el que el Estado se mostrara indiferente a lo religioso, por entender que sus acciones y objetivos no deben entrar en un ámbito propio de la conciencia individual de las personas, limitándose a garantizar, sin discriminación alguna la libertad de creencias. Un nuevo concordato con la Santa Sede fue negociado en 1976 por políticos vinculados a la Asociación Católica Nacional de Propagandistas, España ha quedado así hipotecada por un Concordato, que tan solo puede modificarse con un nuevo acuerdo entre España y la Santa Sede y que no prevé la posibilidad de renuncia o retiro unilateral, siendo nula cualquier ley o disposición normativa de rango inferior contraria a sus disposiciones. Ante las tres vías hasta entonces posibles de acomodar y reordenar todo el amplio y complejo campo de las relaciones del Estado con la Iglesia católica, con el Acuerdo de 28 de julio de 1976 entre la Santa Sede y el Gobierno español, se optó por la vía de los acuerdos o convenios específicos, desechándose, por un lado, la de un nuevo concordato solemne y completo. En la actualidad, el régimen concordatario en España está compuesto por cuatro acuerdos, firmados en 1979:
• Acuerdo entre el Estado español y la Santa Sede sobre Asuntos Jurídicos
• Acuerdo entre el Estado español y la Santa Sede sobre Enseñanza y Asuntos Culturales.
• Acuerdo entre el Estado español y la Santa Sede sobre Asuntos Económicos.
• Acuerdo entre el Estado español y la Santa Sede sobre la asistencia religiosa a las Fuerzas Armadas y el servicio militar de los clérigos y religiosos.
29.- ADOLFO SUÁREZ EXPLICA LA TRANSICIÓN. 1985.
En la España de 1976 el pueblo español mostraba ansiedad y temor ante el recuerdo de la Guerra Civil y el tránsito que se avecinaba. Yo era consciente de ese temor, como también lo era de la nueva conciencia del pueblo español y de la mentalidad de nuestro Rey.
Era necesaria una acción política audaz y sincera que transformara las estructuras del régimen anterior, conectando con la realidad española, sin violencia, sin traumas, sin vacíos de poder. Y había que hacerlo desde la legalidad vigente, y con serenidad y rapidez, para evitar las reacciones de los sectores más continuistas que detentaban enormes parcelas de poder.
Aquel cambio político desde un sistema autoritario a un sistema democrático, sin traumas, elegido libre y auténticamente, era algo sobre lo que no existían precedentes...
Lo cierto es que constituimos un precedente y la inmensa mayoría del pueblo español ratificó nuestro proyecto político, alcanzando el Estado democrático que hoy disfrutamos sin ajustes de cuentas y sin traumas...
La transición política fue el resultado de un diálogo entre el Gobierno y la Oposición... Fue un proceso difícil en el hubo que ir eliminando, por ambas partes, recelos e incomprensiones acumuladas o heredadas, pero al final se llegó a la convicción de que el proyecto del Gobierno era el mejor entre todos los posibles. Entre otras razones porque no se planteó con seriedad y validez política ningún otro...
Había que utilizar los poderes que la Leyes Fundamentales —entonces vigentes— atribuían al Rey para, renunciando a ellos, establecer una Monarquía parlamentaria y moderna. Bajo la Corona se introdujo como principio legitimador básico el principio democrático de la soberanía nacional...
Era previsible que las Cortes y el Consejo Nacional del Movimiento reaccionaran de forma contraria ante un proyecto que implicaba su disolución. Esto es lo que había que evitar y eso es lo que, por la actuación del entonces presidente de las Cortes, Torcuato Fernández Miranda y de buena parte de los consejeros y procuradores fue posible.
Artículos de Adolfo Suárez publicados en 1985 y 1995.
ANALISIS Y COMENTARIO
Contexto histórico:
1975-1978 LA TRANSICIÓN DEMOCRÁTICA.
Francisco Franco muere el 20 de noviembre de 1975 y es enterrado en el Valle de los Caídos. Aplicando la legislación vigente, don Juan Carlos de Borbón era proclamado rey de España el día 22 de noviembre en un acto solemne en las Cortes.
España entraba así en una nueva época histórica que iba a ser muy distinta de lo que imaginaban los partidarios de un franquismo sin Franco.
La supervivencia a largo plazo del nuevo rey dependía de que pudiese llegar a un compromiso con el deseo de los españoles de vivir en democracia. Franco había establecido un régimen tan personal que las posibilidades de acción del Rey eran muy difíciles. Las instituciones del régimen y las Cortes se hallaban en manos de franquistas convencidos. El sindicalismo vertical, el ejército y gran parte de la guardia civil eran partidarios de posturas inmovilistas.
Junto a ellos, existían grupos que sin llegar a constituir partidos políticos se acercaban a posturas aperturistas.
Fuera del régimen, en la oposición, se presentaban dos tendencias: una moderada, y otra radical, la de la izquierda de tradición obrera, con partidos como el PSOE (Partido Socialista Obrero Español), el PCE (Partido Comunista Español), los sindicatos clandestinos (UGT, CCOO y CNT) y todos los sectores que buscaban el final del franquismo mediante una ruptura y un proceso constituyente.
Por último, en el panorama internacional existía un claro apoyo al posible proceso de democratización.
LOS PRIMEROS PASOS. EL GOBIERNO DE ARIAS NAVARRO.
En primer lugar, el nuevo rey debe decidir quiénes iban a ser presidente del Gobierno, del Consejo del Reino y de las Cortes.
Si optaba por auténticos demócratas, ganaría el apoyo de importantes sectores del capitalismo español que querían salir del franquismo, y también ganaría un amplio apoyo popular. Sin embargo, el búnker (la vieja guardia franquista) seguía teniendo fuerza y el propio rey se veía atado por el mecanismo de las leyes franquistas, pues él era el sucesor del Caudillo. Por ello, en los primeros momentos de su reinado, Juan Carlos avanzó con prudencia y confirmó como presidente del gobierno a Carlos Arias Navarro, el último presidente de Franco. Juan Carlos I de Borbón jura como Rey de España en el Palacio de las Cortes de Madrid. Arias Navarro, haciendo pública la muerte de Franco.
Ese primer gobierno de la Monarquía, en el que convivían militares, viejos franquistas y algunos reformistas, no preparó ningún proyecto de democratización del régimen. Se aprobaron, sin embargo, algunas medidas importantes, tales como las leyes reguladoras del Derecho de Reunión y la Ley Reguladora del derecho de Asociación.
En los primeros meses de 1976 se produjeron manifestaciones masivas en favor de la amnistía de los presos políticos y se produjeron huelgas laborales de grandes dimensiones, lo cual era una respuesta a la exigencia popular de un cambio político.
La amplia coalición de partidos y grupos de oposición, por su parte, denunciaba la falta de coherencia y decisión del gobierno, que parecía tratar a los españoles de manera paternalista, y que apostaba por una democratización moderada que no provocara al “búnker”. La oposición pedía una amnistía política total, la legalización de todos los partidos políticos, sindicatos libres y unas elecciones libres.
Parecía que se trataba ahora de una prueba de fuerza entre ambas opciones. De la amenaza de la agitación popular, por una parte, y de la amenaza del ejército y del “búnker”, por otra, nacería la democracia.
EL GOBIERNO DE ADOLFO SUÁREZ. DE LAS ELECCIONES A LA CONSTITUCIÓN.
El 3 de julio de 1976 el rey prescindió de Arias Navarro y nombró a Adolfo Suárez. Con un gobierno formado por elementos ligados a los sectores más progresistas del capitalismo español, iba a proceder al desmantelamiento de las instituciones franquistas que perduraban, en especial las Cortes, y a la celebración de unas elecciones generales. A todo este proceso se le conoce como la transición democrática posfranquista.
El programa de Adolfo Suárez se basaba en la elaboración de una “Ley para la Reforma Política” que, aprobada por las Cortes y por los españoles en referéndum, permitiría abrir un proceso constituyente para implantar en España un sistema de democracia liberal, es decir, unas nuevas Cortes democráticas y constituyentes, y la convocatoria de elecciones democráticas.
Suárez jura como presidente del gobierno Julio de 1976.
Para conseguir el éxito de su programa, Suárez debía convencer a la oposición para que aceptara las reglas de juego, y al ejército para que no interrumpiera el proceso. Además tenía que controlar la situación en el País Vasco, donde el terrorismo de ETA ganaba terreno.
A pesar de las dificultades indicadas, el proyecto de Suárez se fue aplicando entre julio de 1976 y junio de 1977.
La Ley para la Reforma Política tenía que abrir la puerta a un sistema de democracia parlamentaria en España, eliminando los obstáculos existentes, y por ello supuso el acta de liquidación del franquismo, aprobada por las propias Cortes franquistas en noviembre, bajo la presidencia de Torcuato Fernández Miranda.
Para legitimarla, Suárez sometió la nueva ley a un Referéndum en el que participó el 77,72% del censo electoral: el 94% de los participantes en el referéndum dieron un voto afirmativo. A partir de este momento, y tal como indicaba la propia Ley, se abría un proceso electoral para elegir a los diputados de unas Cortes Constituyentes encargadas de elaborar una Constitución democrática.
A partir de este momento no quedaba claro si los grupos de la oposición aceptarían participar en el proceso de la transición política que Suárez había iniciado sin contar con ellos. Para ello, se legalizaron los partidos políticos para que participaran en las elecciones y formaran el futuro parlamento y por otro, se acordaron pactos con la oposición antifranquista, para conseguir su consenso.
En febrero de 1977 un Decreto-Ley modificó la Ley de Asociaciones Políticas, modificando los requisitos para constituir un partido político. Fue también necesario reformar el Código Penal, que consideraba delito sancionable la pertenencia a partidos políticos.
Autorizados todos los partidos, el panorama político español quedó estructurado así:
Derecha: AP (Alianza Popular), antecedente del actual Partido Popular, fundada por Manuel Fraga. Agrupó a la derecha franquista, en una lenta transformación ideológica hacia la democracia.
Junto a ella había partidos nacionalistas como el PNV (Partido Nacionalista Vasco) y el Pacte Democràtic per Catalunya (PDC), cuyo grupo mayoritario era Convergencia Democrática de Catalunya, de Jordi Pujol. Por último estaba presente la extrema derecha, con pequeños grupos como Fuerza Nueva y Falange Española, que no aceptaban el sistema democrático y pretendían regresar al franquismo.
Centro: Unión de Centro Democrático (UCD) fue un partido creado por Adolfo Suárez que aglutinaba un heterogéneo conjunto de grupos de centro derecha y centro izquierda (democristianos, socialdemócratas, liberales), además de antiguos militantes franquistas de mentalidad aperturista.
Izquierda: Encabezada por el PSOE, o Partido Socialista Obrero Español, el PCE (Partido Comunista de España), de ideas más extremistas, y ERC, Esquerra Republicana de Catalunya.
Había otros partidos más minoritarios como Euskadiko Ezquerra (marxista y nacionalista vasco, surgido de un grupo de militantes de ETA).
Biografia de Adolfo Suárez.
Licenciado en Derecho en la Universidad Complutense de Madrid, se inició y formó como político en el ámbito del Movimiento Nacional. Fue presidente tres veces, en 1976 nombrado por el Rey, y en 1977 y 1978 por elecciones generales libres. Hoy sufre de una terrible enfermedad, alzheimer, por la cual siquiera recuerda haber sido presidente.
Una intensa vida política
Nació en Cebreros (Ávila, España) en 1932. Se recibió de Licenciado en Derecho en la Universidad Complutense de Madrid y se inició y formó como político en el ámbito del Movimiento Nacional. Desempeñó diferentes cargos dentro de las estructuras del régimen franquista de la mano de Fernando Herrero Tejedor. En 1958, pasó a formar parte de la Secretaría General del Movimiento ascendiendo, en 1961, a Jefe del Gabinete Técnico del Vicesecretario General. Fue Procurador en Cortes por Ávila en 1967 y un año más tarde Gobernador Civil de Segovia. En 1969 fue Director General de Radiodifusión y Televisión, donde ya había desempeñado otros cargos entre 1964 y 1968, permaneciendo en el cargo hasta 1973.
En abril de 1975, nuevamente de la mano de Herrero Tejedor, se lo nombró Vicesecretario General del Movimiento, y luego de morir éste -en un accidente de automóvil- Adolfo Suárez fue nombrado Ministro Secretario General del Movimiento el 11 de diciembre de 1975.
Sus presidencias
El 3 de julio de 1976 fue nombrado por el Rey presidente del Gobierno. Comenzó una estrategia destinada a desmontar las antiguas estructuras políticas y establecer las bases jurídico-políticas de un nuevo sistema democrático. A sus 43 años, fue capaz de juntar a un grupo de políticos de su generación que tenían convicciones democráticas tomadas por diversos caminos. Entre ese grupo se encontraban falangistas (ideología de la Falange Española, partido fundado en 1933, de tendencia nacionalista) como él, socialdemócratas, liberales, democristianos, etc. Fue así como entre 1976 y 1979, logró desarmar el régimen franquista.
Desde 1936 que en España no se realizaban elecciones generales libres, siendo el 15 de junio de 1977 la primera vez. En ellas salió victorioso Adolfo Suárez, al frente del partido UCD (Unión de Centro Democrático). Las Cortes salidas de aquellas elecciones, convertidas en constituyentes, aprobaron la Constitución, que el pueblo español ratificó el 6 de diciembre de 1978.
Un año más tarde Adolfo Suárez ganó por segunda vez unas elecciones generales, e inició su tercer mandato como presidente del Gobierno. Se trató de una etapa con dificultades políticas, sociales y económicas, y también con tensiones surgidas en su propio partido, por lo que el 29 de enero de 1981 presentó su renuncia.
Al poco tiempo creó, junto a otros ex dirigentes de UCD, el partido Centro Democrático y Social (CDS), con el que se presentó a las elecciones del 28 de octubre de 1982, siendo elegido diputado por Madrid. Y en 1991, tras el comienzo de la crisis del CDS -que abandonó la principal escena política que ocupaba hasta ese momento-, renunció como Presidente.
En 1996 se le concedió el "Premio Príncipe de Asturias de la Concordia" por su importante contribución a la transición española a la democracia.
Mal final
Ha tenido la mala fortuna de perder a su esposa y a su hija mayor, ambas con la misma enfermedad, cáncer, Su mujer Amparo Illana Elórtegui falleció en el año 2001 y su hija Marian Suárez Illana en 2004. También otra hija suya, Sonsoles Suárez -presentadora de televisión-, sufrió esta enfermedad.
Suárez, además, tiene otros tres hijos: Adolfo, que fue candidato del Partido Popular a la presidencia de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha en 2003, Laura y Javier.
Y hasta el mismo Adolfo Suárez sufre de una enfermedad terrible como es el alzheimer. Fue su hijo Adolfo quien, en el transcurso de una entrevista para un programa de la Televisión Española emitido el 31 de mayo de 2005, hizo público que su padre padecía una demencia senil degenerativa, o alzheimer, desde hacía dos años, por lo que ni siquiera recordaba haber sido presidente del gobierno y no reconocía a nadie, respondiendo únicamente a estímulos afectivos.
También en este año, desde el programa Protagonistas de Luis del Olmo (Punto Radio) se le hizo un homenaje al que se sumaron Suárez Illana, Santiago Carrillo, Presidentes del Gobierno.
VALORACIÓN
Durante la transición, el ambiente en los cuarteles militares era de crítica y tensión con el gobierno. La prensa ultraderechista y algunas revistas militares llamaban abiertamente al golpe. La escalada terrorista aumentaba el descontento entre los militares.
La situación política era también delicada. El consenso que había presidido la legislatura constituyente se rompió en la primera legislatura constitucional. Adolfo Suárez se vio sometido a una operación de acoso sin precedentes, tanto por parte del PSOE, como por parte de líderes de su propio partido ( algunos se integrarán posteriormente en el PSOE). La situación económica también era delicada, ya que la crisis seguía minando la vida del país.
En estas circunstancias se produjo la dimisión de Adolfo Suárez y el intento de golpe de Estado del 23 de febrero de 1981, aprovechando la sesión de investidura del sucesor de Suárez, Leopoldo Calvo Sotelo.
La intervención del Rey en televisión explicando las órdenes que había dado como Capitán General de los ejércitos y dejando clara su posición de defensa de la constitución, aunque tardía, fue decisiva para hacer fracasar el golpe.
La etapa posterior al 23-F transcurrirá bajo el síndrome de sus efectos: sirvió para demostrar la fragilidad del sistema democrático y también para insuflar vida a una democracia que vivía sus horas más bajas.
El papel del Rey fue importantísimo en la Transición. Adolfo Suárez será el artífice de la Transición. Además la oposición legalizada participó en este proyecto que fue el paso de UNA DICTADURA A LA DEMOCRACIA.
El programa de Adolfo Suárez se basaba en la elaboración de una “Ley para la Reforma Política” que, aprobada por las Cortes y por los españoles en referéndum, permitiría abrir un proceso constituyente para implantar en España un sistema de democracia liberal, es decir, unas nuevas Cortes democráticas y constituyentes, y la convocatoria de elecciones democráticas.
Suárez jura como presidente del gobierno.
Para conseguir el éxito de su programa, Suárez debía convencer a la oposición para que aceptara las reglas de juego, y al ejército para que no interrumpiera el proceso. Además tenía que controlar la situación en el País Vasco, donde el terrorismo de ETA ganaba terreno.
A pesar de las dificultades indicadas, el proyecto de Suárez se fue aplicando entre julio de 1976 y junio de 1977.
La Ley para la Reforma Política tenía que abrir la puerta a un sistema de democracia parlamentaria en España, eliminando los obstáculos existentes, y por ello supuso el acta de liquidación del franquismo, aprobada por las propias Cortes franquistas en noviembre, bajo la presidencia de Torcuato Fernández Miranda.
30.- ALGUNOS ARTÍCULOS DE LA CONSTITUCIÓN DE 1978.
Art. 1.- España se constituye en un Estado social y democrático de Derecho, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político.
Art. 2.- La soberanía nacional reside en el pueblo español, del que emanan los poderes del Estado.
Art. 3.- La forma política del Estado español es la Monarquía parlamentaria...
Art. 16.- Ninguna confesión tendrá carácter estatal.
Art. 45.- Todos tienen derecho a disfrutar de un medio ambiente adecuado para el desarrollo de la persona, así como el deber de conservarlo.
Art. 56.- El Rey es el Jefe del Estado, símbolo de su unidad y permanencia... asume la más alta representación del Estado español en las relaciones internacionales...
Art. 125.- Los ciudadanos podrán ejercer la acción popular y participar en la Administración de Justicia mediante la institución del Jurado...
Art. 137.- El Estado se organiza territorialmente en municipios, en provincias y en las Comunidades Autónomas que se constituyan...
Art. 147.- Dentro de los términos de la presente Constitución, los Estatutos serán la norma institucional básica de cada Comunidad Autónoma...
CLASIFICACIÓN
Se trata de un texto jurídico, fuente histórica primaria y directa, y de carácter político que recoge fragmentos de los primeros artículos de la constitución democrática aprobada por los españoles el 6 de diciembre de 1978 después de la etapa franquista, siendo el presidente de Gobierno Adolfo Suárez, líder de la UCD.
El texto es una selección del articulado de la Constitución de 1978, redactado por la asamblea parlamentaria formada tras la subida al trono del rey Juan Carlos ,y elemento clave para la comprensión del periodo histórico conocido como la Transición. Es un documento público y va dirigido a todos los españoles.
Este texto jurídico es la Constitución española de 1978, marco de nuestro actual sistema democrático.(Fuente primaria. Carácter público). Fue elaborada por el parlamento constituyente elegido en Junio de 1977 y será apoyada mayoritariamente por los españoles en el Referéndum del 6 de diciembre de 1978.
Aunque en el Parlamento tenia mayoría la UCD, la constitución es un ejemplo de consenso político entre la mayor parte de las fuerzas políticas de las Cortes. En concreto la comisión encargada de redactar el texto estuvo compuesta por Gabriel Cisneros, José Pedro Pérez Llorca y Miguel Herrero de Miñón por la UCD, Miquel Roca Junyent de CDC, Manuel Fraga Iribarne de AP, Gregorio Peces-Barba del PSOE y Jordi Solé Tura del PCE-PSUC.
ANALISIS Y COMENTARIO
El texto se localiza en la Transición, periodo en donde se produce el paso de una dictadura al actual sistema democrático. Este proceso de desmantelamiento de la dictadura a partir de la propia legalidad franquista va a ser el fruto de un pacto entre fuerzas reformistas procedentes del franquismo y la mayor parte de las fuerzas de oposición a la dictadura. La constitución pretende crear un estado de derecho y libertades en donde queden recogidas las aspiraciones de la mayor parte de los españoles
La idea fundamental del texto es construir en España un régimen democrático a través de la formula de la Monarquía parlamentaria y siguiendo un modelo descentralizado de estado.
Los redactores de la constitución siguiendo la tradición liberal, establecían en España un estado de derecho. Pero también recogían la tradición republicana de la constitución de 1931, por la que no solo se fijaban los derechos individuales de los ciudadanos, sino que se recogían los llamados “derechos sociales” (criterio nacido de la constitución de Weimar en 1919), fundamentados en la protección a los más débiles de la sociedad, ancianos, niños, enfermos... y que reconocían el derecho a los trabajadores a unas condiciones justas de trabajo garantizadas por el estado. Por eso se emplea el término “Estado social y democrático de derecho”.
También establece la soberanía nacional aunque tratándola de entroncar con un término similar, la soberanía popular, de carácter claramente izquierdista, y por eso la hace residir en el pueblo.
La forma de estado elegida, la monarquía parlamentaria, es fruto de uno de los muchos pactos que hicieron posible el proceso de Transición. El franquismo siempre había defendido el concepto de “Reino de España” (Reino pero sin rey, pues este titulo nunca fue adoptado por Franco) frente al de “República” plagado, por nuestra reciente historia, de tonos revolucionarios y socializantes. La sucesión de Juan Carlos de Borbón como Jefe del Estado por parte del dictador en 1969 convirtió al príncipe en una figura fundamental de la política española. Su empeño en que la autocracia se transformara en una democracia a la europea fue lo que acabó convenciendo a la oposición democrática de lo benigno de su proyecto, aunque con claras resistencias de la izquierda aun anhelante de una república.
Un aspecto fundamental de la constitución es la articulación del estado de las autonomías. (Art.137) Para dar solución a la reivindicación de diversas comunidades históricas en el país se decidió dotar a toda la nación de una estructura a medio camino entre la descentralización administrativa y el federalismo. La evolución posterior ha inclinado este proyecto más hacía lo segundo que a lo primero. Fruto de la época, y de los pactos, era imprescindible hacer referencia a la “unidad de la nación española”, concepto sin el que el ejército y gran parte del pueblo español no hubiese aceptado el proyecto constitucional. A la vez reconoce el derecho a la autonomía de sus regiones, lo que pretendía dar satisfacción a los deseos nacionalistas de extensos segmentos de población en las regiones periféricas. Para que este proceso fuese factible había que establecer un reconocimiento de la pluralidad cultural del país, aceptando como patrimonio común su más clara expresión: las diferentes lenguas. Aún así ese establecía al castellano como la única lengua oficial de todo el territorio y se les daba el papel de lenguas cooficiales a las regionales en sus ámbitos territoriales. Básicamente estas lenguas eran el catalán y sus dialectos en Cataluña, Baleares y Valencia, el vasco en País Vasco y Navarra y el gallego en Galicia. La convivencia de estas lenguas ha dado problemas a la hora de establecer su implantación y su uso creando en ocasiones procesos un tanto traumáticos. Pero en general va saliendo adelante el empleo de lenguas cooficiales. La aceptación de esta estructura autonómica ha variado mucho dependiendo del territorio del que se este hablando.
CONCLUSIÓN
En conclusión se puede decir que la constitución española fue el resultado del consenso de las diferentes fuerzas políticas del Parlamento de 1977, que se aunaron en la tarea de crear una democracia plena, enfrentándose tanto con los nostálgicos del franquismo, como contra los radicales, que a través del terrorismo trataban de frustrar el inicio de la convivencia pacifica que en esos momentos se iniciaba. Tras las elecciones de 1979 este consenso se disolvió, pero siempre se mantuvo firme el compromiso de los diferentes grupos políticos de respetar las reglas del juego democrático. La alternancia en el poder desde 1982 (Salvada la crisis golpista de 1981) de diferentes partidos se ha ido produciendo en el marco de la legalidad: UCD (1979-1982), PSOE (1982-1996), PP (1996-2004) y PSOE 2004-2008 y desde 2008 hasta hoy. La CONSTITUCIÓN DE 1978 desde su aprobación y entrada en vigor solo ha sufrido una leve alteración para adecuarse a la UE. En la actualidad los mayores críticos de la constitución son los nacionalistas radicales, que plantean el derecho de autodeterminación para sus autonomías.
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Autor del texto: EMILIO MORA GÓNGORA JEFE
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